La mayoría progresista del TC niega el derecho del PP a acceder a los expedientes de los indultos del 'procés'
Seis magistrados propuestos por PSOE, UP y Gobierno tumban la ponencia que proponía amparar a los diputados por haberse dificultado sus funciones.
26 octubre, 2023 02:31El grupo progresista del TC ha vuelto a imponer este miércoles su mayoría para tumbar la ponencia del magistrado Ricardo Enríquez en la que proponía amparar a los diputados del PP a los que el Gobierno negó el acceso a los expedientes de los indultos a los condenados del 'procés'.
Enríquez ha optado por retirar su ponencia a la vista del rechazo expresado por los seis magistrados propuestos por PSOE, Podemos y el propio Gobierno, partidarios de desestimar la demanda interpuesta por la portavoz del PP en el Congreso, Cuca Gamarra, y otros diputados populares.
El magistrado Juan Carlos Campo no ha intervenido en el debate al haberse abstenido en este proceso dada su relación personal con Meritxell Batet. El recurso se dirigía contra la negativa de la expresidenta del Congreso a respaldar la petición de los parlamentarios del PP, aunque las cuestiones de fondo eran más amplias al referirse al derecho de los diputados a acceder a la información que consideran necesaria para controlar al Gobierno y al papel de la Presidencia de la Cámara para amparar el ejercicio de la función representativa de los parlamentarios.
Negativa del Gobierno
El recurso de los diputados del PP tiene su origen en la petición que dirigieron el Gobierno el 23 de junio de 2021 -un día después de indultarse a los condenados por el 'procés' catalán- para conocer "todos los informes y documentos que integran los expedientes" de la medida de gracia.
El Gobierno rechazó dar esa información alegando que los expedientes "contienen circunstancias personales, familiares y sociales, así como datos de ilícitos penales que no se pueden divulgar sin contar con el consentimiento expreso del afectado", citando a esos efectos la ley de protección de datos.
Los diputados del PP solicitaron entonces el amparo de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, que respaldó al Gobierno. "No considera esta Presidencia que el Gobierno haya dejado sin contestación su solicitud de informe, sino que manifiesta las razones fundadas en derecho que impiden facilitar la información solicitada", señaló Batet en su acuerdo.
La ponencia de Ricardo Enríquez proponía estimar el recurso de amparo y declarar la nulidad del acuerdo de la Presidencia del Congreso por haber "desconocido" el derecho de información de los diputados, información sin la cual "se imposibilita o al menos se dificulta injustificadamente el ejercicio de las funciones que la constitución encomienda a las Cámaras y a sus miembros".
Apoyo del fiscal
El fiscal también apreció que el acuerdo de la presidenta del Congreso vulneró el derecho de representación política que garantiza el artículo 23.2 de la Constitución.
El Ministerio Público pidió la estimación del recurso al apreciar que el acuerdo de la Presidencia de la Cámara "valoró y validó las ‘razones fundadas’ del Gobierno" para negar la información pedida por los diputados del PP.
El fiscal consideró insuficientes los motivos dados por el Gobierno para denegar la información y afirmó que se debieron valorar medidas alternativas para respetar el artículo 23, como la anonimización de los datos personales que aparecen en los expedientes de los indultos o que el Ejecutivo recabara el consentimiento a los afectados.
El Reglamento
Para la mayoría del TC, sin embargo, del Reglamento del Congreso no se desprende que la Presidencia tenga una obligación que tenga que ir más allá de trasladar la respuesta del Gobierno a los peticionarios de la información.
Según el artículo 7 del Reglamento de la Cámara Baja, "para el mejor cumplimiento de sus funciones parlamentarias, los diputados (...) tendrán la facultad de recabar de las Administraciones públicas los datos, informes o documentos que obren en poder de éstas. "
Y añade: "La solicitud se dirigirá, en todo caso, por conducto de la Presidencia del Congreso y la Administración requerida deberá facilitar la documentación solicitada o manifestar al Presidente del Congreso, en plazo no superior a treinta días y para su más conveniente traslado al solicitante, las razones fundadas en derecho que lo impidan".
Fuentes del sector minoritario del TC rechazan una interpretación "tan formalista" del Reglamento que limita el papel de la Presidencia del Congreso al de "mero buzón", en vez de "proteger el derecho a la información de los miembros de la Cámara".
Las mismas fuentes lamentaron que "una vez más" se haya aplicado el "rodillo progresista", pese a que se trataba de un amparo meramente declarativo. Al haber concluido la legislatura, la ponencia no proponía ninguna medida de reparación del derecho que, a su juicio, fue vulnerado.