Precintos de la Junta de Andalucía colocados en una zona de Paterna, en Cádiz.

Precintos de la Junta de Andalucía colocados en una zona de Paterna, en Cádiz. Junta de Andalucía

Tribunales

El TC avala a la Junta: los andaluces podrán construir viviendas aisladas en suelo rústico

El tribunal sí anula la construcción de viviendas vinculadas con equipamientos de usos industriales, terciarios o turísticos.

24 febrero, 2024 03:31
Sevilla

Los andaluces sí podrán construir una vivienda unifamiliar en suelo rústico siempre que esté aislada, no esté en suelo protegido y no induzca a la formación de nuevas urbanizaciones.

Era una de las grandes apuestas de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista), aprobada por el Gobierno de la Junta de Andalucía a finales de 2021, y que el Tribunal Constitucional ha avalado, según la sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.

Estas edificaciones se permiten por primera vez, pero no de cualquier manera. Se podrán construir siempre y cuando sean diseminadas en el terreno. Hasta ahora, estas construcciones estaban ligadas a la actividad agraria y al campo.

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Ahora, con la nueva normativa, se podrán edificar casas como segunda residencia, pero la superficie edificada no podrá exceder el 1% de la parcela, que a su vez tendrá una superficie mínima de 2,5 hectáreas.

Eso sí, los servicios básicos que demande la vivienda deberán garantizarse de forma autónoma y preferentemente mediante instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable. Excepcionalmente se permitirá el suministro a través de las redes de infraestructuras cuando cuenten con la autorización sectorial correspondiente y para ello sólo se precisen las obras de acometida.

De igual forma, avala también la constitucionalidad de las viviendas unifamiliares vinculadas a usos agrícolas, ganaderos y forestales, y las viviendas para temporeros.

Hace unos días el TC informó a través de una nota de prensa que declaraba inconstitucional un inciso del artículo 22.2 de la ley. En el mismo, tras considerar la posibilidad de autorizar en suelo rústico equipamientos, usos industriales, turísticos o terciarios, el Gobierno andaluz también incluía edificaciones destinadas a uso residencial, debiendo garantizarse la proporcionalidad y vinculación entre ambas.

El TC justifica su postura en "la insuficiencia de las garantías previstas por el legislador autonómico para evitar un uso del suelo rústico incompatible con sus valores".

En concreto, considera además que ese matiz puede rebajar el nivel de protección que la ley otorga al suelo rústico, de ahí que lo haya considerado inconstitucional. Es decir, no estarían autorizadas aquellas edificaciones de uso residencial vinculadas a esos usos que por sus características tienen que estar en esta clase de suelo. 

Sostiene el TC que en este aspecto la norma andaluza no se ajusta a los criterios fijados por la ley de suelo y rehabilitación urbana, ya que el mismo dispone que las instalaciones o construcciones se vinculen directamente con el medio rural y no que sirvan, por vía indirecta, para su transformación. 

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Así, considera que la protección de los valores ambientales que es propia de la norma estatal y que hace que "los usos serán permitidos en tanto no se ponga en riesgo el objetivo último de preservar los valores del suelo rústico", no se ve asegurada por la norma autonómica.

Igualmente, el TC vulnera la legislación básica el artículo 137.2.f de la ley andaluza porque excluye a la industria minera de la exigencia de licencia urbanística municipal para el desarrollo de la actividad.

Cree que los usos mineros y de la energía deben ser considerados como extraordinarios, requiriendo una cualificación previa de los terrenos con un proyecto del ayuntamiento al que corresponda.

Desestima el resto del recurso

Salvando estas tres cuestiones, el TC desestima por unanimidad prácticamente en su integridad el recurso contra la norma andaluza que fue elevado por más de 50 diputados de los grupos de la izquierda.

Sin embargo, las viviendas unifamiliares con las citadas condiciones sí estarían permitidas, según reza en la sentencia del alto tribunal.

El mismo avala que mientras no induzcan a la formación de nuevos asentamientos, ni impidan el normal desarrollo de los usos ordinarios del suelo rústico y se cumplan también los criterios fijados reglamentariamente, "no se vulnera la normativa básica".

Por un lado, considera que en la ley andaluza se incluye la prohibición legal expresa de formación de nuevos asentamientos y, por otro, se determina la imposibilidad de impedir el normal desarrollo de los usos ordinarios del suelo rústico, extremos ambos desarrollados en la propia norma.

De ambos deriva que no exista aquí el riesgo de incumplir las finalidades de la norma básica, por cuanto se excluye cualquier posibilidad de urbanización y tampoco se impide el uso del suelo rural, conforme a sus valores a proteger.

Eso sí, "deberán ser adecuadas y proporcionadas al uso al que se destinen y presentar características constructivas, tipológicas y estéticas adecuadas para su integración en el entorno donde se ubican". Por lo demás, desde el TC aprecian la numerosa regulación autonómica que regula esta cuestión, sin que haya sido controvertida por los motivos que han alegado los diputados recurrentes.

En cualquier caso, las actuaciones extraordinarias sobre suelo rústico requieren, para ser legitimadas, de una autorización previa a la licencia municipal que cualifique los terrenos donde pretendan implantarse, conforme a los criterios que se establezcan por la legislación o por la ordenación territorial y urbanística. De ahí que el TC tampoco crea que la norma vulnere la autonomía local, tal y como habían denunciado los recurrentes.

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"Esta nueva norma favorecerá a quien quiera vivir en el campo", aseguró la entonces consejera de Fomento, Marifrán Carazo, hoy alcaldesa de Granada. Especialmente, hizo hincapié en que aunque se abría la mano al respecto, a la vez, se elevaba los controles.

Precisamente fue este punto el que más controversia causó a la hora de su aprobación. La bancada de la izquierda defendió que se abría la puerta a la construcción indiscriminada. Sin embargo, en 2023, la Consejería superó el millar de actuaciones en materia de disciplina urbanística.

Además, la Junta de Andalucía está llegando a acuerdos con las diputaciones provinciales para reforzar la inspección urbanística y erradicar las nuevas viviendas ilegales que puedan construirse.

Precisamente han sido los ayuntamientos, muchos de ellos gobernados por el PSOE, los más insistentes. Llevaban décadas solicitando un mayor margen de maniobra en este sentido. De hecho, esta normativa no se renovaba desde los gobiernos de Manuel Chaves y permitió el desbloqueo de cientos de planes urbanísticos municipales.

Además de Unidas Podemos, también el Gobierno de Pedro Sánchez recurrió la norma, aunque finalmente llegó a un acuerdo con la Junta a cambio de añadir una serie de matizaciones que garantizan que la ley autonómica no pisa a la estatal. Ahora es el Constitucional quien lo corrobora.