Parte de la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid./

Parte de la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid./ Arte EE

Tribunales

La Audiencia enmarca la investigación a Begoña Gómez en el "ámbito de la moderna delincuencia"

Los magistrados aluden la necesidad de determinar las circunstancias de los hechos denunciados en el marco de la "corrupción pública".

30 mayo, 2024 02:27

La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid enmarca la investigación judicial de la actividad de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en "el ámbito de la moderna delincuencia socioeconómica o relacionada con el concepto amplio de corrupción pública".

Así figura en la resolución en la que la Audiencia respalda la decisión del juez Juan Carlos Peinado incoar unas diligencias previas por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios en relación con actividades desarrolladas por Begoña Gómez en los años 2020 y 2021.

La investigación se inició el pasado 16 de abril tras la admisión a trámite de una denuncia de la entidad ultraderechista Manos Limpias por tres hechos: la supuesta influencia de la mujer del presidente del Gobierno en el rescate de Air Europa, compañía perteneciente a Globalia; el supuesto ascendiente de Gómez en la adjudicación de contratos públicos a las sociedades de Carlos Barrabés, profesor de un máster dirigido por ella; y la percepción de subvenciones por parte de esta empresaria.

[La Audiencia ve "indicios objetivos" de que Begoña Gómez "medió" a favor de Barrabés en dos contratos]

Esta última parte de la denuncia se basa en una información falsa del digital The Objetive y ha sido descartada por la Audiencia Provincial por su carácter "inverosímil" o "erróneo".

También considera una "mera conjetura" la vinculación de Gómez con el rescate de Air Europa, acordado por el Gobierno el 3 de noviembre de 2020 por un importe de 475 millones de euros.

No obstante, la Sala no cierra la puerta a la investigación de ese hecho al señalar que las "llamativas coincidencias temporales y personales que, en su momento, puedan deparar nuevos datos", en referencia a posibles contactos entre Begoña Gómez y el exconsejero delegado de Globalia, Javier Hidalgo, en fechas previas al rescate.

Los hechos que, para la Audiencia, claramente deben ser investigados son los relativos a la adjudicación de contratos de la empresa pública Red.es a Barrabés. En esa parte de la denuncia "sí aparecen ya datos objetivos suficientes que legitiman el inicio de la investigación".

La empresa de Barrabés Innova Next logró, en UTE con otras sociedades, tres contratos de Red.es por importe de 10,6 millones de euros. En los expedientes de dos de esos contratos hay cartas de declaración de interés y apoyo firmadas por Begoña Gómez como codirectora de un máster, denominado Máster Propio en Dirección de Fundraising Público y Privado en Organizaciones sin Ánimo de Lucro, en la Universidad Complutense de Madrid.

"Para la admisión de la denuncia basta la verosimilitud, la mera posibilidad fundada" de que Gómez hubiera intermediado a favor de Barrabés, afirma la Audiencia. 

"En todo este ámbito de la moderna delincuencia socioeconómica
o relacionada con el concepto amplio de corrupción pública, tiene reiteradamente afirmado el Tribunal Supremo que 'lo ético, lo lícito y lo punible son puntos concéntricos de todo enjuiciamiento criminal.
Criterio habitualmente repetido en sentencias específicamente referidas a delitos de tráfico de influencias cuando se indica que la adecuación social de las conductas sometidas a enjuiciamiento necesitará conocer las circunstancias concurrentes", explica.

Para la Audiencia, en los delitos de tráfico de influencias hay que determinar las circunstancias de los hechos para "delimitar lo antijurídico de lo que no lo es, con independencia de su valoración ética".

En la misma resolución, la Audiencia madrileña hace una alusión al artículo 14 de la Constitución, "que proclama la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, recordando también las garantías que configuran el proceso penal, como el del juez imparcial, el principio acusatorio, la igualdad de partes y el derecho de defensa que asiste a las partes".