Begoña Gómez, durante un acto en la Universidad Complutense celebrado en 2022.

Begoña Gómez, durante un acto en la Universidad Complutense celebrado en 2022. UCM

Tribunales

Begoña pide a la Audiencia que no demore al 30 de septiembre el examen de las 'graves irregularidades'

Se queja de que, mientras tanto, "esa endiablada investigación vulneradora de los más esenciales principios del derecho de defensa continúa".

26 julio, 2024 14:00

La defensa de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, ha pedido este viernes a la Audiencia Provincial de Madrid que no demore hasta el 30 de septiembre la resolución del recurso que ha interpuesto por la "indeterminación" del objeto de las diligencias que instruye el juez Juan Carlos Peinado.

El recurso fue interpuesto el pasado 8 de julio, pero la Sección 23 de la Audiencia de Madrid ha señalado su examen para cerca de tres meses después.

Mientras tanto, dice la defensa se está causando "un perjuicio de imposible reparación" a la investigada y al resto de los intervinientes en el proceso.

El defensor de Gómez, Antonio Camacho, no objeta el sistema de señalamientos de la Sección, pero "no puede dejar de poner en conocimiento de la Sala" las "graves violaciones" del derecho de defensa que, en su opinión, se están produciendo "no solo respecto de mi clienta sino de todos los investigados en este procedimiento, dada la errática deriva procesal y material que está tomando el mismo".

"Desafortunadamente", señala, el recurso de apelación ya interpuesto es "el único remedio" que cabe "para intentar evitar irreparables daños en el derecho de defensa".

"Trasladar la resolución del recurso de apelación interpuesto por esta
parte, ante la falta de objeto sobrevenida del procedimiento, a casi tres meses después de su interposición lo único que va a permitir es que esa endiablada investigación vulneradora de los más esenciales principios del derecho de defensa continúe", afirma el defensor.

"En definitiva", añade, "el procedimiento es el camino para hacer
Justicia pero no debe ser un obstáculo para su efectiva materialización".

"Graves irregularidades"

El escrito enumera más de una decena de "graves irregularidades" cometidas por Peinado, entre ellas las siguientes:

- Estando la causa declarada secreta totalmente, el magistrado
instructor dio traslado de la documentación presentada por los dos
periodistas, así como del contenido de sus declaraciones, únicamente a la única acusación personada en ese momento: el partido político Vox, "en una violación grave patente y perfectamente documentada del secreto de las actuaciones".

- A dos personas que depusieron como testigos y, por ello, con obligación de decir la verdad [el rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyeche, y el empresario Carlos Barrabés] se les modificó su condición a investigados en unos pocos días, "sin que ni de su declaración ni de lo actuado existiera ningún dato concreto distinto a los que había en el momento que se recogió su declaración testifical y sin que se justificara en el auto modificando su condición ese heterodoxo cambio de su situación procesal".

- El magistrado "ha ido uniendo al procedimiento sistemáticamente escritos de distinta índole, en los que se daba cuenta de noticias publicadas por medios de comunicación, aportando documentación diversa y proponiendo diligencias, por aquellos que no eran parte".

- En el momento de tomar la primera declaración a Begoña Gómez se
le hizo saber, en el mismo acto, que existía una segunda querella
contra ella. Querella que no había sido notificada en el seno del procedimiento de Peinado porque se había admitido en unas diligencias previas distintas.

- Begoña Gómez "se ve puntualmente informada de las resoluciones
que se dictan por el magistrado a través de la prensa y, solo días
después, su defensa recibe las notificaciones".

- Ante una declaración señalada como prueba preconstituida de entonces testigo Carlos Barrabés, el juez citó a Góméz apercibiéndola de que, si no concurría, sería detenida, "a pesar de que la ley configura esa presencia del investigado en la declaración como un derecho y no como una carga u obligación".

- La defensa, al estimar que no existe objeto del procedimiento, ha
venido recurriendo las providencias que acordaban las distintas declaraciones. "En una parte importante de los casos los recursos de reforma se han empezado a tramitar una vez que las declaraciones habían sido efectuadas, haciendo con ello decaer el objeto de los recursos (...). Eso es una anulación 'de facto' del esencial sistema de recursos"

- "Lo más grave", afirma, es el "mutante" objeto del procedimiento.  A pesar de que el 1 de julio el juez determinó que la investigación se limitaba a los hechos narrados en la denuncia inicial presentada por el sindicato de funcionarios Manos Limpias, luego "ha ido extendiendo la investigación sin concretar, o concretando de forma contradictoria, el objeto del procedimiento y sin llevar a cabo una
delimitación rigurosa del objeto del mismo".