Una manifestación violenta en la AP-7 durante el 'procés' catalán.

Una manifestación violenta en la AP-7 durante el 'procés' catalán. Efe

Tribunales CDR

El tribunal de los CDR duda de la legalidad de la Ley de Amnistía y consulta a la Justicia europea

Presentará una cuestión prejudicial ante el TJUE tras considerar que la norma "contradice" la lucha europea contra el terrorismo.

6 septiembre, 2024 02:35

El tribunal encargado de juzgar por terrorismo a los 12 radicales independentistas  detenidos en la Operación Judas consultará a la Justicia europea acerca de la legalidad de la Ley de Amnistía.

Según ha podido saber EL ESPAÑOL, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional preguntará, a través de una cuestión prejudicial, por la polémica norma al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Los magistrados Félix Guevara, Jesús Eduardo Gutiérrez y Carlos Fraile ya plantearon sus dudas sobre la legalidad de la amnistía que aprobó el Gobierno de Pedro Sánchez para beneficiar a los independentistas catalanes investigados en ciertas causas judiciales. Especialmente, en lo relativo al delito de terrorismo.

La medida afectaría a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por, supuestamente, fabricar explosivos con los que planeaban cometer actos violentos en favor del secesionismo.

En una resolución fechada el pasado mes de julio, la Sección Tercera ya subrayó que la Ley de Amnistía "contradice" la "firme" lucha "unitaria" de la Unión Europea contra todas las formas de terrorismo, delito por el que fueron procesados los 12 CDR. En aquel auto, el tribunal daba un plazo a las partes personadas en la causa para pronunciarse sobre la posibilidad de acudir al TJUE.

Previamente, la Fiscalía ya había solicitado tajantemente que la amnistía fuese aplicada para beneficiar a estos doce radicales independentistas, entre cuyos planes estaba el de asaltar el Parlament catalán para reivindicar la desconexión de la comunidad autónoma del resto de España. No obstante, fueron detenidos por la Guardia Civil, que descubrió que habían organizado un laboratorio-cocina de explosivos.

En una vista celebrada a finales del pasado mes de junio (denominada vista de previo pronunciamiento), la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez, pidió la aplicación de la amnistía en favor de estos encausados. Las acusaciones se opusieron, al igual que el fiscal que hasta la fecha se había encargado de este caso, a quien Durántez tuvo que sustituir en aquel acto.

Ahora, los magistrados dirigirán al TJUE una cuestión prejudicial, la herramienta con la que los tribunales nacionales pueden consultar al Tribunal de Justicia de la UE acerca de si una norma o una parte de ella contraviene o infringe o no el Derecho europeo.

En aquella resolución de julio, el tribunal ya enumeraba varios motivos para hacerlo. A su juicio, la amnistía "podría suponer una infracción patente del Derecho de la Unión Europea". En especial, de la directiva dedicada a la lucha contra toda forma de terrorismo, la número 541/2017.

"A este tribunal le ofrece serias dudas que dichos textos comunitarios puedan ser limitados en su aplicación para establecer una Ley de Amnistía", exponía la Sección Tercera hace poco más de dos meses.

Asimismo, la Sala de lo Penal criticaba que la polémica norma aprobada por el Congreso de los Diputados e impulsada por el Gobierno de Sánchez sea contraria a la "política unitaria" de la Unión en su lucha contra el terrorismo, que considera como "de extrema gravedad" todas las formas del mismo.

Imagen de un informe de la Guardia Civil con las vigilancias a uno de los miembros de este grupo radical.

Imagen de un informe de la Guardia Civil con las vigilancias a uno de los miembros de este grupo radical.

No obstante, la Ley de Amnistía distingue un tipo de terrorismo de otro e incluye entre las exclusiones que impiden su aplicación a aquellas formas de este delito que hayan causado "graves violaciones de los derechos humanos". La Sala recordaba en el auto de julio que la voluntad de las directivas europeas es la de considerar todas estas conductas "como actos de extrema gravedad", sin diferenciaciones.

Por ello, tras analizar la Ley de Amnistía y las directivas de la UE sobre terrorismo, los magistrados ya avanzaban sus "serias dudas" acerca de si la norma, "al excluir solamente determinadas formas de terrorismo, las que hayan causado de forma intencionada graves violaciones a los derechos humanos (...), ello no suponga, en cierta forma, una derogación tácita de una parte esencial de la Directiva comunitaria y en definitiva esté en contra de esa voluntad del legislador comunitario expresada en su articulado". Y así se lo consultarán ahora al TJUE.

"En cambio, [la Ley de Amnistía] deja que (...) puedan ser objeto de perdón otras formas de terrorismo (...) que también pueden constituir acciones graves, como pertenencia a organización criminal o tenencia y fabricación de explosivos", reprochaba el tribunal el pasado mes de julio.