La primera querella contra el juez Peinado por su investigación a Begoña Gómez, rechazada por el tribunal
- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid no admite a trámite la querella del periodista Máximo Pradera /Aún no se ha pronunciado sobre las querellas de Pedro Sánchez y de su mujer.
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Madrid ha acordado no admitir a trámite la querella interpuesta por el periodista Máximo Pradera contra el juez Juan Carlos Peinado, instructor de las diligencias en las que se investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
En una resolución con ponencia del magistrado Francisco José Goyena -el mismo que ha elevado al Tribunal Supremo una exposición contra el fiscal general, Álvaro García Ortiz, por una denuncia por revelación de secretos del novio de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid-, el TSJM rechaza abrir una causa penal a Peinado por un supuesto delito de prevaricación.
La querella se centraba en que Peinado, pese a haber decretado el secreto de las diligencias sobre Begoña Gómez, dio traslado a la acusación popular que ejerce Vox de las declaraciones de los primeros testigos de la causa.
Esta decisión "no contradice ni vulnera el secreto de las actuaciones decretado pues mantienen dicha situación procesal, si bien modificada puntualmente para establecer una situación de secreto parcial de las actuaciones, ya desde el inicio, con
respecto a la defensa y, más adelante, a los efectos de dar traslado de las
actuaciones a tres partes y cumplir con el principio de igualdad de armas,
evitando su indefensión", dice el TSJM.
Se refiere a que Peinado permitió a la defensa asistir a las declaraciones testificales y después, tras la personación de Vox en la causa, dio traslado de esos testimonios a la acusación popular en respeto al principio de igualdad de armas, una decisión que el instructor "justifica razonadamente" aunque lo hiciera en providencias en vez de hacerlo en un auto.
La Sala rechaza la comparación del querellante entre este asunto y la revelación de secretos denunciada por el novio de Díaz Ayuso.
"En absoluto asistimos a supuestos ni figuras equiparables por mucho que ahora parece que pretenden relacionarse sobre la base del carácter general confidencial de las actuaciones penales", indica el TSJM, que añade que "la argumentación de la querella es más que escasa al respecto" y "pretende forzar lo dicho por
este Tribunal en aquel caso y cuanto sucede en que ahora nos ocupa".
"La confusión conceptual que asiste al querellante es patente", afirman los magistrados, que explican que en el caso de Alberto González Amador el TSJM hizo hincapié "en la evaluación del daño que se causaba a una parte con la difusión de contenidos concretos de las actuaciones hasta entonces secretos", ya que se difundieron en los medios datos de la investigación seguida contra él por presuntos delitos tributarios y su disposición a llegar a un acuerdo con la Fiscalía, conformidad que pasaba por asumir los delitos.
"Nada de esto se suscita en el presente", zanja el TSJM.
Dos querellas más
Ésta era la primera -y más endeble- de las querellas promovidas contra Peinado. El Tribunal Superior de Madrid aún tiene pediente pronunciarse sobre la admisión o no a trámite de la acción penal promovida por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra el juez que investiga a su esposa.
Esta querella, interpuesta por la Abogacía del Estado en representación del jefe del Ejecutivo, se basa en que Peinado, buscando el "fin extraprocesal" de dañar al Gobierno, acudió a Moncloa a tomarle declaración presencialmente en lugar de hacerlo por escrito, como, al parecer del querellante, indicaba la ley.
La fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, ha pedido al tribunal que admita a trámite esa querella y abra una causa a Peinado por supuesta prevaricación.
La querella más armada es la interpuesta por la defensa de Begoña Gómez, sobre la que aún no ha informado la fiscal superior.