El rey emérito, en una imagen de archivo./

El rey emérito, en una imagen de archivo./ Efe

Tribunales

La viuda de Saramago, exjueces del Supremo, exfiscales y periodistas se querellan contra Juan Carlos I por delitos fiscales

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La viuda de José Saramago, Pilar del Río; el primer fiscal jefe anticorrupción, Carlos Jiménez Villarejo, y los exjueces del Supremo Clemente Auger y José Antonio Martín Pallín han presentado, bajo la dirección letrada de este último, una querella contra el rey emérito Juan Carlos I por cinco presuntos fiscales. Consideran que las regularizaciones que llevó a cabo en 2020 y 2021 para legalizar el dinero que tenía en el extranjero oculto a la Hacienda española no debieron ser admitidas.

La querella ha sido interpuesta en ejercicio de la acción popular y la suscriben también el exfiscal superior de Cataluña José María Mena; los juristas Javier Perez Royo, Joaquín Urías, Eduardo Ranz y Blanca Rodríguez Ruiz; el filósofo Santiago Alba y los periodistas Josep Ramoneda y Miguel Mora.

"Nos mueve la defensa del interés general en cuanto que estimamos que existen delitos contra la Hacienda Pública que vulneran no solo los preceptos del Código Penal sino también los principios de igualdad y de solidaridad, además de obligaciones legales y éticas exigibles especialmente a aquellas personas que ostentan cargos públicos de relevancia constitucional, en este caso la Jefatura del Estado", afirma la querella en su arranque.

Los querellantes piden a la Sala Penal del Tribunal Supremo que abra una causa contra Juan Carlos I como presunto autor de cinco delitos fiscales agravados (por su cuantía) cometidos en los ejercicios de 2014 a 2018 por el dinero que tuvo en las cuentas suizas de la Fundación Lucum y los fondos que recibió de la Fundación Zagatka.

La querella pide que, además de la declaración como investigado del que llaman "rey honorífico", comparezcan como testigos, entre otros, Álvaro de Orleans-Borbón, primo de Juan Carlos I y fundador de Zagatka; al abogado del rey emérito, Javier Sánchez Junco; el empresario Allen Sanginés, que corrió a cargo de diversos gastos; Arturo Fasana y Dante Canónica, que crearon la estructura Lucum, y Nicolás Murga, asistente personal de don Juan Carlos. 

Regularización "indebida"

Los querellantes sostienen que los efectos de la regularización de la situación tributaria que llevó a cabo el rey emérito "se han aplicado indebidamente, ya que no concurren los requisitos legales previstos para que pueda aplicarse la excusa absolutoria que lleva aparejada una regularización correcta".

El 9 de diciembre de 2020, Juan Carlos de Borbón legalizó donaciones por valor de más de 800.000 euros recibidas del empresario británico-mexicano Allen Sanginés-Krause entre 2017 y 2019 mediante la presentación en la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid de una "declaración fuera de plazo sin requerimiento previo". Satisfizo una deuda tributaria de 678.393,72 euros, incluyendo intereses y recargos.

En febrero de 2021 hizo una segunda regularización por el pago de vuelos y viajes privados con fondos de la Fundación Zagatka, constituida por su primo, Álvaro de Orleans-Borbón.

Explican que la primera regularización "se realiza a los siete meses de la primera notificación de la Fiscalía y después de un mes de la segunda notificación, es decir, cuando ya se tenía constancia de la existencia de las diligencias de investigación incoadas por la Fiscalía del Tribunal Supremo".

Ese conocimiento impediría tener en cuenta la regularización con efectos absolutorios, afirman. 

Este asunto ya fue abordado por la Fiscalía del Tribunal Supremo y por la Fiscalía Anticorrupción cuando archivaron las diligencias sin entablar acciones penales contra Juan Carlos I. Aceptaron que la regularización se hizo en tiempo y forma ya que las notificaciones no se indicaron los hechos que se investigaban.

Para los querellantes, "el argumento de la Fiscalía resulta absolutamente artificioso, carente de sustento legal y choca frontalmente con los datos temporales que constan en su propio documento" de archivo. Y sostiene que hay que descartar los efectos despenalizadores de la excusa absolutoria "si se regulariza después de tener un conocimiento formal, no necesariamente pormenorizado, de la iniciación de diligencias".