El juez Manuel García-Castellón, que investiga la contratación del excomisario José Manuel Villarejo por Iberdrola, ha exonerado a Pablo Insunza, director del departamento de administración de la compañía, de los supuestos delitos de cohecho y coacciones por los que le dio la condición de investigado en junio de 2020.
Insunza se vio implicado en el procedimiento judicial por las declaraciones de un antiguo controller y exsubordinado suyo, José Antonio Olmo. Éste asegura haber elaborado en diciembre de 2004 un documento interno para "informar" a la dirección de administración, control y regulación -en aquel momento a cargo de José Luis San Pedro- de que siete meses antes el director de seguridad, Antonio Asenjo, le habría puesto al corriente de "ciertas actividades anómalas".
Se trataría de "trabajos de vigilancia especiales" que habría ordenado el entonces consejero delegado, Ignacio Sánchez Galán, y que los investigadores relacionan con el primer proyecto que Asenjo encargó a Villarejo, el llamado Proyecto Arrow, para contrarrestar la oposición surgida en el Ayuntamiento de Arcos de la Frontera a una central termoeléctrica de Iberdrola.
Según Olmo, los pagos se habrían encubierto con facturas de otra empresa, Casesa, ya que Asenjo le habría dicho que "son pagos a un tercero a quien Iberdrola no puede pagar directamente", algo contradictorio con el hecho -acreditado en el procedimiento judicial- de que la empresa de Villarejo, Cenyt, fue dada de alta como proveedora de Iberdrola en octubre de 2004, cuando se contabilizaron sus primeras facturas, visadas además por el propio Olmo.
Iberdrola ha denunciado la "falsedad" del documento que Olmo asegura haber realizado en diciembre de 2004.
El propio Insunza presentó en los Juzgados de Bilbao un acto de conciliación previo a una querella por injurias y calumnias contra Olmo, afirmando que, pese a ser su jefe como responsable de Administración, nunca recibió el documento supuestamente elaborado en diciembre de 2004, tampoco tuvo información de los hechos que se reflejan y no presionó a Olmo para que se sumara al informe que Iberdrola adjuntó en la denuncia negando la veracidad de esos hechos.
En una resolución conocida este miércoles, el instructor admite que la intervención de Insunza "se circunscribe a la firma de las facturas emitidas por Casesa a Iberdrola SA, al estar ausente Olmo".
"Aunque de su posición de director de administración de Iberdrola, al tiempo de firmar las facturas podría inferirse una presunción de diligencia, como sugiere la representación de Florentino Pérez [personado como acusación particular], que le situarían más allá del automatismo propio de un trámite administrativo, de mantener
la imputación sobre la base de esta presunción estaríamos objetivando su condición de director como fundamento de la responsabilidad penal, circunstancia que ya ha sido tenida en cuenta por este magistrado para decretar el archivo de otros
investigados".
El juez se refiere a su decisión de levantar la condición de investigados a otros tres directivos o exdirectivos de la energética, Francisco Martínez Córcoles, Fernando Bécker y Rafael Orbegozo, el pasado marzo, cuando, en cambio, acordó mantener como investigado a Sánchez Galán.
En el caso de Insunza, García-Castellón señala que "los indicios aportados hasta el momento no permiten sustentar que instara la contratación de Villarejo, más allá de las manifestaciones del testigo Olmo, quien en refiere un posible conocimiento del investigado".
Pero, para el juez, elcargo de Insunza en Iberdrola "no puede transmutarse en una suerte de responsabilidad penal objetiva que permita sostener su continuación en el procedimiento".
"Existiendo en la entidad mecanismos concretos de prevención del delito", afirma, el "simple hecho" de ostentar una posición directiva no es suficiente para mantenerle en el procedimiento.
Insunza "no era el responsable último de la entidad, por lo que tampoco estaba en sus manos la adopción de todas las medidas legales necesarias para evitar la contratación de Villarejo".
"Al no existir indicio alguno de la intervención en los hechos de Insunza, ni de forma directa ni indirecta, no se le puede atribuir la creación de un riego jurídicamente desaprobado, máxime cuando, no tiene el control sobre la fuente de peligro, es decir, el responsable de seguridad de la mercantil, quien, al parecer, fue responsable de la contratación de Cenyt", concluye.
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