La Inspección de Trabajo vuelve a poner el foco en las disfunciones laborales que se producen en el campo de las trabajadoras del hogar. El Ministerio de Trabajo ha anunciado una campaña de cartas para que los empleadores (generalmente familias) regularicen la situación salarial y de cotizaciones de este colectivo antes de abril de acuerdo con el salario mínimo interprofesional (SMI), con el punto de mira puesto en los casos que tengan contratos a tiempo parcial

Fuentes del departamento que dirige Yolanda Díaz indican que la campaña se mantendrá hasta finales de marzo y hasta entonces existirá una regularización que será voluntaria y sin castigo. A partir de ahí, actuará la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social con toda su fuerza, pudiendo recurrir a multas de hasta 225.000 euros

Esta campaña es la 'segunda parte' de la iniciativa que se puso en marcha a principios de 2021. Por entonces, se mandaron alertas a los empleadores de trabajadoras del hogar a jornada completa que no pagaran ni cotizaran los mínimos correspondientes, es decir, lo que corresponda al salario mínimo. 

En esta ocasión la campaña está destinada a abordar esta problemática en las profesionales que trabajen a tiempo parcial. Según indican fuentes del Ministerio de Trabajo, se enviarán unas 35.000 cartas de advertencia a las personas empleadoras para motivar la "regulación voluntaria" tanto de salarios como de cotizaciones. 

A partir del 1 abril, y si no se han cumplido los mínimos salariales y de cotización según el SMI (que debería subir en febrero, por cierto), los empleadores se podrían enfrentar a una actuación inspectora, aunque en caso de darse la situación dispondrían de 15 días para alegaciones. 

Sanciones

Por otro lado, las sanciones a las que se exponen los empleadores son de muy diferente pelaje. "Podría haber por falta de cotización, con el acta de liquidación que corresponda, y si también hay impago de salarios, habría otra infracción".

En este caso, en el de impago de salario, la infracción puede ser grave o muy grave, que es como aparece tipificado en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que recoge también a cuánto se pueden elevar las multas. 

En el caso concreto de las infracciones muy graves, las multas van de los 7.501 euros en grado mínimo hasta los 225.018 como máximo. En el caso de las infracciones graves, se parte de los 751 euros como mínimo para llegar hasta los 7.500 euros como tope.

En cualquier caso, desde Trabajo aclaran que hay una importante variabilidad de sanciones dependiendo de lo que decida la Inspección de Trabajo. 

La vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz. EP

El saldo de la anterior campaña que el Ministerio de Trabajo llevó a cabo en este colectivo profesional, concentrado en situaciones en las que hicieran jornada completa, fue positivo y por encima de lo esperado. Se envió un total de 45.019 cartas para la regularización de 47.749 relaciones laborales y más del 82% de los empleadores regularizó la situación laboral de la persona empleada sin reducir su jornada de trabajo.

Además, el 93,1% de las regularizaciones llevadas a cabo se produjo con un incremento de la retribución respecto a la declarada antes de la recepción de la carta.

Se transformaron 2.351 contratos temporales en indefinidos. El incremento de las bases de cotización ascendió a 21 millones de euros y se estima un crecimiento en salarios de 83 millones de euros.

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