Una trabajadora en una oficina, en una imagen de archivo.

Una trabajadora en una oficina, en una imagen de archivo. Europa Press

Empleo Hoy TRIBUNALES

Un juez eleva 20 puntos el grado de discapacidad de una trabajadora al valorar su depresión y su cefalea

El magistrado tiene en cuenta los "factores sociales" que afectan a su vida cotidiana para reconocerle a la mujer la condición de discapacitada.

22 junio, 2024 02:20

Una sentencia judicial ha tenido en cuenta varias dolencias de una empleada, como su cefalea o su trastorno ansioso depresivo, para elevar su grado de discapacidad en 20 puntos porcentuales, hasta el 39%. La mujer, además, sufre una incapacidad laboral permanente en grado total.

La resolución, que adelanta EL ESPAÑOL-Invertia, la firma el Juzgado de lo Social número 28 de Madrid, del que es titular el juez Pablo Rodríguez González. Y detalla que la empleada, cuyo cargo es de administrativa, solicitó varias revisiones del grado de discapacidad que sufría.

Desde el año 2020, dicho nivel estaba cifrado en el 0% por parte de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad, dependiente de la Consejería de Juventus, Familia y Políticas Sociales de la Comunidad de Madrid.

La trabajadora, en varias ocasiones en los últimos años, había solicitado a la Administración que revisase su caso y elevase su grado de discapacidad. Pero no había tenido éxito. Hasta en tres ocasiones, dicha dirección general había mantenido el diagnóstico en el 0%.

Posteriormente, a finales de 2021, fue elevado hasta el 19%, que la enferma consideró insuficiente. Por ello, tras la última negativa de la Administración, fechada en septiembre de 2023, la trabajadora, asesorada por el despacho Parrado Asesores, recurrió a la Justicia, que le da ahora la razón.

Grado superior al 33%

La legislación marca que serán consideradas personas con discapacidad las que obtengan un grado superior al 33%, por lo que la demandante pasa a tener esta consideración y derecho a las prestaciones y beneficios tributarios que acarrea.

La sentencia recoge que la mujer sufre una "fibromialgia severa" tratada con ketamina que, no obstante, no le impide caminar a diario y practicar bicicleta estática. Ahora bien, también padece un "trastorno ansioso depresivo cronificado resistente al tratamiento" y consume antidepresivos y analgésicos. También sufre problemas discales y "síndrome de intestino irritable".

El juez señala en la resolución que la cefalea crónica supone para la mujer una "limitación funcional importante" que interfiere en su actividad diaria y su vida cotidiana. También constata el dolor que le provoca la fibromialgia severa. Por todo ello, el magistrado considera adecuado, como solicitaba la demandante, cifrar estas dolencias en un 25% de discapacidad, el mínimo de puntuación del rango (de 25% a 49%) con los que pueden cuantificarse estos problemas. 

La sentencia señala que este diagnóstico le provoca "cansancio desde por las mañanas, tras un descanso nocturno escasamente reparador", que se traduce en una "migraña crónica con cefalea", un "dolor muy incapacitante para su actividad diaria y su vida cotidiana". "Incluso, podría haber sido puntuado con mayor numeración", sostiene el juez.

Por otro lado, la resolución suma a ese 25% otros cinco puntos porcentuales, debido a la "lesión en columna vertebral cérvico-dorsal" que padece la mujer y que le provoca "protusiones discales". Asimismo, el juez eleva hasta un 39% el grado de discapacidad de la mujer al tener en cuenta los "factores sociales" que la rodean y el trastorno ansioso-depresivo que sufre.

"En conclusión, se acredita un grado de discapacidad del 39% (33% por la limitación de la actividad global y 6% por factores sociales que deben ser tenidos en cuenta)", concluye el magistrado. Por todo ello, obliga a la Comunidad de Madrid a elevar el nivel con el que había cuantificado las dolencias a la mujer.

Un detalle relevante de esta sentencia es que la demanda que da origen al procedimiento judicial es previa a que entrara en vigor la última reforma de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad. No obstante, pese a las fechas, el juez destaca que "no podemos obviar su consideración orientativa"

Tras conocerse la noticia, desde el despacho Parrado Asesores destacan la importancia de "este enfoque del agravamiento [del grado de discapacidad] a partir de enfermedades mentales".

"Se trata de una sintomatología emocional que causa importante sufrimiento emocional y un leve recorte de su capacidad funcional", recalcan.