Una protesta contra las cláusulas suelo.

Una protesta contra las cláusulas suelo. EFE

Empresas LA DISPARIDAD CONTABLE DE UN CONFLICTO

La banca deja sin provisionar 500 millones en costas por cláusulas suelo

Cubre la devolución estimada de intereses, pero no el coste de los gastos judiciales gracias al blindaje del Gobierno.

23 marzo, 2017 01:46

Los bancos confían en que ni siquiera tengan que afrontar los aproximadamente 2.500 millones de euros que han provisionado al cierre del ejercicio 2016 para hacer frente a la devolución de intereses abusivos cláusulas suelo. Una cantidad que, según la media de 8.000 euros por hipoteca, daría para atender a unos 35.000 hipotecados, el 10% de los hasta 3,5 millones de afectados.

El Banco Sabadell ya dejó claro tras la aprobación en enero del Real Decreto-ley de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo que las medidas “ni tienen un efecto económico directo ni presuponen ni prejuzgan la validez de las cláusulas suelo” de sus contratos hipotecarios, y que los 410 millones provisionados cubren la totalidad de máximos riesgos por esta contingencia. “Una provisión que se puede dedicar a este o a cualquier otro fin”, apuntan desde la entidad vallesana.

La cantidad finalmente provisionada por el conjunto de la banca queda muy por debajo de aquellos 7.500 millones de euros barajados en un principio ante la eventual retroactividad de las cláusulas, y también de los 4.000 que barajaba el Banco de España cuando, a finales del pasado mes de diciembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenciaba sobre la retroactividad total de estas cláusulas. Y, aún así, los bancos confían en que buena parte de esas provisiones acaben siendo recuperadas.

Las costas por cláusulas suelo no se contemplan

En esas aportaciones realizadas por los bancos no se incluyen las costas judiciales. Un coste de unos 500 millones de euros -aproximadamente el 20% del importe de los intereses a reintegrar- que los bancos evitarán pagar si, finalmente, fueran condenados por un juez tras no llegarse a un acuerdo extrajudicial.

Según la letra pequeña del Real Decreto-ley,  que los bancos lleguen a tener que pagar costas resulta harto difícil. “Es algo que no contemplamos porque no pensamos llegar a la vía judicial en la mayoría de los casos”, apuntan desde uno de los grandes bancos.

En el caso de que un cliente afectado rechazara la oferta extrajudicial de la entidad financiera, esta solo sería condenada en costas si el consumidor obtuviera una sentencia cuyo resultado económico fuera más favorable que la cantidad consignada por el banco.

Evitar pleitos para ahorrar costas a la banca

Algunos juristas lo tienen claro. Con el decreto “se ha intentando evitar pleitos y ahorrar costas a la banca. No han obligado a la banca a proporcionar soluciones, han obligado a los consumidores a aceptar un procedimiento que diseñará e impondrá la banca y por el camino han ahorrado unas posibles costas a las entidades bancarias”, comentaba Miguel Guerra, del despacho de abogados OH y director técnico de Sepin, en un análisis reciente realizado para esta editorial jurídica.

La sentencia del TJUE sobre retroactividad total tampoco parece que pueda tener mucho recorrido en pleitos sobre cláusulas suelo ya finalizados por sentencia firme. El principio de cosa juzgada prevalecerá y no habrá nada que hacer, estiman los expertos.

En esos litigios, la mayoría de las Audiencias Provinciales consideraban que no había lugar a la imposición de costas, al tratarse de una estimación parcial y no total, al tratarse de intereses cobrados de más desde el 9 de mayo de 2013.

Otro asunto es ver qué sucede con las costas en procesos sobre cláusulas suelo pendientes en cualquier instancia. Aquí la jurisprudencia es dispar.

Jurisprudencia dispar

Aunque una sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, de julio de 2016, se muestra proclive a la imposición de las costas a los bancos “por no haber evitado el inicio de un pleito cuando era sabedores del resultado, provocando a la parte demandante unos gastos tan considerables como innecesarios", lo cierto es que existe una jurisprudencia que sostiene que no se puede poner las costas a la banca al existir dudas de derecho sobre los efectos retroactivos de la nulidad.

A estas dudas se están agarrando algunas entidades para, aunque no conlleven un coste muy alto, recurrir la condena en costas para demorar el cierre del pleito y, de paso, provocar que algunos demandantes acaben por desistir de seguir adelante. Así lo acaba de hacer el BBVA sobre una sentencia de un tribunal de primera instancia de la ciudad pacense de Mérida, sobre la que el banco aceptaba la devolución de los intereses pero no la condena en costas.

Facua denuncia trabas de los bancos

Que la banca va a poner mil y una trabas a la devolución de los intereses cobrados de más por cláusulas suelo abusivas lo acaba de poner de manifiesto la asociación de consumidores Facua, que ha trasladado sus quejas al Banco de España y al Ministerio de Economía sobre siete entidades (Bankia, CaixaBank, Sabadell, Popular, Laboral Kutxa, Credifimo y Banca Pueyo), por las trabas impuestas a la recepción de reclamaciones para acometer la vía extrajudicial.

"Los bancos no sólo están gozando de los hasta cuatro meses de tregua para la interposición de demandas judiciales, sino que muchos están intentando ampliarlos rechazando la tramitación de reclamaciones enviadas directamente por los usuarios o a través de asociaciones de consumidores y despachos de abogados", denuncian desde Facua.

En casi todos los casos denunciados, las entidades se niegan a aceptar la tramitación de reclamaciones que no hayan sido redactadas a través de los formularios que ofrecen en sus oficinas.

Entre esas prácticas denunciadas, la obligación de que los hipotecados acudan personalmente a las sucursales, aunque en sus localidades -debido al cierre de oficinas- no exista ya sucursal alguno y, además, en muchos casos, se trate de personas ancianas, enfermas o con discapacidades que les dificultan o imposibilitan desplazarse.