Sede central de Telefónica en Madrid, en una imagen de archivo.

Sede central de Telefónica en Madrid, en una imagen de archivo. Juan Medina Thomson Reuters

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El Tribunal Económico estima que Hacienda debe devolver impuestos a Telefónica

La compañía confirma a la CNMV que la estimación de la justicia “dará lugar a la devolución de impuestos satisfechos en exceso” entre 2008 y 2011.

23 enero, 2019 11:00

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Telefónica ha confirmado este miércoles a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que el Tribunal Económico-Administrativo Central ha estimado parcialmente sus reclamaciones económico-administrativas interpuestas frente a las liquidaciones que pusieron fin a la inspección del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los ejercicios 2008 a 2011.

En sus cuentas de 2017 la compañía confirmó que respecto al criterio de utilización de bases imponibles negativas en los ejercicios objeto de liquidación de la inspección de los ejercicios 2008 a 2011, aún en litigio, en noviembre de 2017 “impuso un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la reclamación económico-administrativa”.

El recurso estimado parcialmente dará lugar, según Telefónica a “la devolución de impuestos satisfechos en exceso en dichos ejercicios”. En los últimos ejercicios Telefónica ha pagado unos 998 millones de euros de impuestos en España, por lo que las fuentes consultadas cifran esta devolución en “varias decenas de millones de euros”.

No es la multa de 206 millones

En cualquier caso, esta resolución no es firme, por lo que según la operadora “en este momento no resulta posible cuantificar con exactitud el importe de dichas devoluciones”. El propio Tribunal Económico-Administrativo Central establece en su resolución que la cuantificación definitiva de lo que se resuelve deberá hacerse en ejecución del fallo, tanto en lo que se refiere a las cuotas tributarias pagadas en exceso como a los intereses de demora que Telefónica habrá de percibir.  

En la compañía han explicado a este diario que esta resolución nada tiene que ver con la multa de 206 millones que la Agencia Tributaria cursó a Telefónica en 2016 tras las inspecciones realizadas para estas mismas fechas: 2008 a 2011. “Son procesos totalmente distintos”, han indicado a EL ESPAÑOL.

En esa oportunidad se investigó el impuesto de sociedades, junto con el IVA retenciones e ingresos sobre rendimientos del trabajo temporal, sobre capital mobiliario e inmobiliario y sobre rendimientos de no residentes para los periodos referidos. Hacienda estimó que estos impuestos estaban mal contabilizados.

Telefónica firmó las actas en disconformidad y recurrió precisamente al Tribunal Económico-Administrativo Central. En su momento, Telefónica indicó que compensarían esta multa con créditos fiscales futuros para no tener que hacer un desembolso en efectivo.