El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Málaga publicó ayer viernes la convocatoria para la concesión de ayudas económicas de los servicios sociales de la Diputación correspondiente a la adecuación funcional de viviendas de las personas con discapacidad (igual o superior al 33%) y mayores de 65 años, que residan en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia.
La diputada de Igualdad, Servicios Sociales y Familias, Lourdes Piña, ha manifestado que la finalidad de esta convocatoria es sufragar gastos para cubrir necesidades específicas de movilidad para garantizar a los beneficiarios la máxima integración familiar y social, su normal desenvolvimiento y la mejora de su calidad de vida.
En este sentido, Piña ha recordado que la institución supramunicipal cuenta con un presupuesto inicial de 200.000 euros para estas ayudas, que se prevé que mejoren las condiciones de habitabilidad de más de 50 viviendas de la provincia.
Los solicitantes deberán acreditar haber estado empadronados durante, al menos, el último año en un municipio de la provincia menor de 20.000 habitantes y una renta anual en 2020 no superior a 15.000 euros. La convocatoria puede consultarse en el BOP número 193, de 8 de octubre, y las solicitudes pueden presentarse hasta el 11 de noviembre, ha informado en un comunicado.
Entre los conceptos subvencionables se encuentran los gastos derivados de la licencia de obras y tributos asociados a éstas; en los cuartos de baño, cambio de las bañeras por platos de ducha, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y grifería, o la colocación de pasamanos en pasillos.
También incluye mejoras en la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica, gas y fontanería a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante; adecuación del ancho de puerta y/o eliminación de barreras arquitectónicas, incluyendo la colocación de plataforma salva-escaleras; adaptación de cocina y mobiliario; así como cualquier otra obra cuya realización se justifique para una adecuación eficaz de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.
En ningún caso serán objeto de subvención las obras de nueva construcción, actuaciones que impliquen la rehabilitación integral de la vivienda, ni aquellas que afecten a elementos decorativos u ornamentales.
La cuantía de la ayuda será del cien por cien de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 4.000 euros y, en caso de ser superior el coste de la actuación a desarrollar, la diferencia será sufragada por la persona beneficiaria. Para la valoración de las solicitudes será necesario aportar el correspondiente presupuesto o factura proforma.