El Ayuntamiento de Málaga pone en marcha el proceso para la contratación de un nuevo responsable de la Dirección General de Recursos Humanos y Calidad. Para ello, la Junta de Gobierno Local ha dado luz verde a la convocatoria, que va a ser por el sistema de libre designación, así como las bases de van a regularla. El salario fijado es de 87.000 euros.
Conforme a los detalles aportados desde el Consistorio, pueden participar funcionarios de carrera del Estado, de las comunidades autónomas, de las entidades locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.
Las solicitudes deberán ser presentadas dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Málaga, en el que se publicarán de forma íntegra las bases, además de en la página web del Ayuntamiento de Málaga.
Por otro lado, se ha aprobado el cese de Juan Ruiz López como director general de Deporte (su nombramiento fue aprobado también por Junta de Gobierno Local el 13 de diciembre de 2019).
Además, hoy se ha dado luz verde a la modificación de la relación de puestos de trabajo (RPT) del Ayuntamiento para 2023, creándose los puestos correspondientes a las plazas de 1 coordinador/a general, 3 director/as generales y 17 asesor/as.
De esta forma se da cumplimiento a las resoluciones relativas a la estructura directiva y a la estructura municipal, así como al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, el pasado 17 de junio, relativo a la determinación del número y régimen del personal eventual; todo ello anunciado los pasados 16 y 17 de junio en sendas notas de prensa:
Asimismo, se ha aprobado el proyecto de modificación del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Málaga (ROM) que contempla la modificación de la disposición adicional única del mismo, relativa al régimen jurídico del personal directivo.
En el anterior mandato se estableció dicha disposición que, aún partiendo del principio legal básico del nombramiento de los órganos directivos de entre funcionarios de carrera, establecía la posibilidad de que las personas titulares de una serie de órganos directivos, en atención a las características específicas de las funciones de los mismos, no reúnan dicha condición de funcionario. Y se mencionaban los puestos directivos concretos a los que se aplicaba.
Con este proyecto de modificación hoy aprobado, se deroga dicha disposición y se modifica señalando que "el nombramiento de las personas titulares de las coordinaciones generales y de las direcciones generales deberá efectuarse por la Junta de Gobierno Local atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia, entre el personal funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1, salvo que, en atención a las características específicas de las funciones de tales órganos directivos, su titular no reúna dicha condición de funcionario".
Por último, en materia de organización, se ha dado luz verde a la designación de los representantes municipales en los órganos colegiados de gobierno o administración de los entes en los que el Ayuntamiento participe.