Irene Montero, ministra de Igualdad.

Irene Montero, ministra de Igualdad.

LA TRIBUNA

¿Para qué queremos jueces?

Que las naciones occidentales sigan siendo democracias liberales, y no dictaduras de partido e ideología única, va a depender de nuestra capacidad para defender el Estado de derecho.

20 diciembre, 2021 02:42

Adivinen cuál de los tres poderes del Estado desaparecerá primero. Apuesto que va a ser el judicial. El legislativo y el ejecutivo ya vienen a ser la misma cosa. De manera que, dentro de poco, los gobernantes absorberán un poder omnímodo como en el antiguo régimen. De momento, no se conforman con nombrar a los jueces, pues quieren sustituirlos y enmendarlos en el ejercicio de sus funciones.

Abogo por la supresión de las facultades de Derecho, por ser nidos de racionalismo incompatibles con los tiempos que corren. Donde se pueda aplicar una buena moral ideológica (e incluso política), ¿para qué queremos el Derecho? Durante la prehistoria, y hasta que aparecieron los romanos con sus Doce Tablas, a los humanos les fue bien sin jueces ni Derecho. Para impartir justicia estaban los chamanes y los sumos sacerdotes. De hecho, todavía en muchos lugares en la Tierra tienen bastante con versículos y supersticiones.

El otro día, el BOE (ese lugar en el que se puede imprimir cualquier cosa bajo la apariencia de Derecho) publicó una resolución del Ministerio de Igualdad sobre la acreditación de situaciones de violencia de género. Tal norma, en principio, no debería tener nada de particular; se supone que da cumplimiento al último párrafo del artículo 23 de la Ley Orgánica sobre la materia.

Sin embargo, en la retahíla de situaciones en las que cabe la solicitud de la acreditación administrativa (según la resolución) que pueden presentar las mujeres supuestamente víctimas de la violencia de género se incluye la de quienes la presenten a pesar de haber recaído “una sentencia absolutoria o cualquier otra causa que no declare probada la existencia de la violencia”. Es decir, una NO víctima, según una resolución judicial, va a poder presentar su solicitud a los efectos de que se le reconozcan los beneficios que tiene aparejados tal condición, a pesar de no serlo.

"Si el contenido de las resoluciones judiciales se deja de considerar cosa “probada”, “valorada” o “juzgada”, ¿en qué va a quedar nuestro sistema judicial?"

Alguien argüirá que los jueces se pueden equivocar y que lo que no ha visto un tribunal lo puede ver un funcionario autonómico o estatal a quien se haya delegado la función acreditativa sobre violencia machista.

Pero el mismo argumento podría servir para todos los asuntos judiciales e incluso respecto de las resoluciones del Tribunal Constitucional. ¿Se imaginan a ese funcionario omnisciente revisando las sentencias de las audiencias provinciales e incluso del Tribunal Supremo (sobre toda suerte de crímenes, arrendamientos, hipotecas, sociedades, actos administrativos, etcétera), e incluso las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional respecto de recursos de amparo o la inconstitucionalidad de las leyes? ¡Qué gran garantía para todos los ciudadanos!

Seríamos la admiración del mundo, salvo para esos países, también omniscientes, que no aplican la separación de poderes por ser innecesaria y porque no añade ningún plus ni garantía en favor de los ciudadanos.

Donde haya una buena administración y funcionarios al servicio del poder establecido, y políticamente correctos en el sentido que Mao Tse-Tung prescribió para China en 1929, y León Trotsky para Rusia en 1932, no hacen falta jueces ni resoluciones judiciales que incordien.

Paulatinamente se va desmantelando el Estado de derecho, sin que la oposición ni (lo que es más grave) los profesionales del Derecho se atrevan a decir esta boca es mía. Si el contenido de las resoluciones judiciales se deja de considerar cosa “probada”, “valorada” o “juzgada”, ¿en qué va a quedar nuestro sistema judicial y jurídico?

"Me niego a admitir que las resoluciones administrativas estén por encima o puedan obviar las sentencias"

Puedo entender que se reconozca el estatus de víctima a una mujer que se encuentra en el trance de decidir denunciar o no. Puedo admitir que se conceda tal condición a supuestas víctimas “respecto de las cuales el procedimiento judicial haya quedado archivado o sobreseído”, e incluso a las que se les haya denegado “la orden de protección, pero existan diligencias penales abiertas” o “hayan retirado la denuncia”.

Sin embargo, me niego a admitir que las resoluciones administrativas estén por encima o puedan obviar las sentencias. Según el artículo 106 de la Constitución, son los tribunales quienes controlan “la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican”, y no al revés.

Al parecer, en el Pleno de la Conferencia Sectorial de Igualdad, compuesto por representantes del Gobierno y de las Comunidades Autónomas, se diseñaron “de común acuerdo los procedimientos básicos para poner en marcha los sistemas de acreditación de las situaciones de violencia de género”, porque es lo que se afirma en el preámbulo de la resolución.

No me cabe en la cabeza que los representantes de las comunidades autónomas firmasen el acuerdo que sirvió de base a la resolución (y que van a tener que aplicar) sin una previa valoración de su contenido. Quizá respecto de ciertos temas, y el de la violencia de género es sin duda uno de ellos, todo vale y el ordenamiento jurídico (y con él el sistema judicial) debe quedar supeditado a la ideología. Tanto si es la propia del partido que gobierna en la respectiva comunidad autónoma, como si no.

"Que las naciones occidentales sigan siendo democracias liberales va a depender de nuestra capacidad de defender el Estado de derecho"

Si este es el camino que se pretende tomar, ¿para qué queremos jueces? No sé si atreverme a decir que se le rescinda el estatus de víctima a quien una sentencia no ha reconocido tal condición, ¿pero que pueda solicitarla esa misma persona una vez ha recaído la sentencia absolutoria?

Al día siguiente de que se publicará la resolución del Ministerio de Igualdad, Habi Zhang publicó, en un conocido digital norteamericano, un artículo cuya tesis central es: la nueva guerra fría a la que estamos asistiendo entre China y Estados Unidos no es, como antaño, entre una dictadura comunista y una democracia occidental (la URSS y USA, respectivamente), sino entre dos regímenes totalitarios fundados en dos ideologías contrapuestas.

A saber: el capitalismo de Estado chino y the woke anarchic tyrany norteamericano. Discrepo de tal opinión, por mucho que venga de alguien que parece conocer bien ambos sistemas. Estados Unidos todavía no ha llegado ahí, aunque falta poco. No obstante, que EEUU y el resto de las naciones occidentales sigan siendo democracias liberales, y no dictaduras de partido e ideología única, va a depender, sobre todo, de nuestra capacidad de defender el Estado de derecho, el último baluarte y requisito para que exista democracia.

*** Juanma Badenas es catedrático de Derecho civil de la UJI y miembro de la Real Academia de Ciencias de Ultramar de Bélgica.

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