En estos primeros días de constitución de las Cortes estamos siendo testigos, por enésima vez, de algo inaceptable en un Estado democrático de derecho: la constitución fraudulenta de grupos parlamentarios.
La práctica de "prestar" diputados por unas horas como si fueran objetos (¿o quizá lo son?) se ha repetido en numerosas ocasiones en las últimas décadas tanto en el Congreso y en el Senado como en algunos parlamentos autonómicos.
La cuestión no es baladí. Los grupos parlamentarios son un factor clave para la organización del trabajo de las cámaras legislativas. Sin ellos, parlamentos con 300, 400, 500 (o como en el caso del Parlamento Europeo, 705) diputados no podrían funcionar.
Los grupos parlamentarios, con su estructura interna, son los que administran el trabajo político. Fijan posición para las negociaciones y votaciones sobre los dosieres legislativos y no legislativos, designan a los ponentes que lideran los trabajos legislativos y seleccionan a los participantes en los debates parlamentarios y en las comisiones.
Y es por el papel que tienen en los parlamentos que los grupos no son meras reuniones accidentales de diputados de distintos partidos. Es la afinidad política entre ellos (la pertenencia a una organización que permite una cierta disciplina interna) lo que permite a los grupos parlamentarios ejercer las funciones que los Reglamentos del Congreso y el Senado les otorgan.
"Los grupos parlamentarios deben trasladar los programas y los compromisos de los partidos en los procesos electorales a las Cortes, haciendo realidad de esta manera el contrato firmado con los votantes"
Y de ahí también que los reglamentos de todas las cámaras legislativas establezcan ciertas condiciones para poder formar un grupo parlamentario. Un número mínimo de diputados para asegurarse su relevancia a la hora de administrar el trabajo y la afinidad política entre los diputados que los conforman.
Por eso el artículo 23.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados establece que no pueden constituir grupo separado diputados que pertenezcan a un mismo partido, y que tampoco podrán formarlo los diputados que, en el momento de las elecciones, pertenecieran a formaciones políticas que no se hayan presentado como tales ante el electorado (por ejemplo, Podemos).
Los grupos parlamentarios, por lo tanto, deben trasladar los programas y los compromisos de los partidos en los procesos electorales a las Cortes, haciendo realidad de esta manera el contrato firmado con los votantes.
Teniendo en cuenta esta indispensable labor de los grupos en las Cortes, los reglamentos les otorgan ciertos derechos, precisamente para poder desempeñar la acción política necesaria comprometida con los ciudadanos.
El más significativo es el del artículo 26 del Reglamento del Congreso, que establece que se pongan a disposición de los grupos locales y medios materiales suficientes. También les asigna, con cargo a su presupuesto, una subvención fija idéntica para todos y otra variable en función del número de diputados de cada uno.
Esta subvención, según la última actualización del Régimen Económico y de Ayudas a los Miembros de la Cámara, es de 30.346,72 euros mensuales fijos por grupo, a los que se sumarían 1.746,16 euros por diputado.
Tanto Junts como ERC percibirían 42.569,84 euros al mes, 510.838,08 euros al año, a los que hay que sumar otras ayudas económicas, tales como los 0,18 euros por cada voto a cada grupo parlamentario.
"La labor de los grupos no es la de cobrar más dinero, sino la de administrar la acción política dentro de las cámaras legislativas con la relevancia que les han otorgado los electores"
Más ventajas de pertenecer a un grupo parlamentario: tener mayores tiempos de intervención, participar en todas las comisiones legislativas (incluyendo Secretos Oficiales y Gastos Reservados), tener voz propia en la Junta de Portavoces, capacidad de contratar más asistentes y presentar enmiendas a la totalidad.
Múltiples ventajas, es evidente, concedidas a partidos que no cumplen los requisitos establecidos en el Reglamento para disfrutar de ellas.
La maniobra que hacen ahora el PSOE (con Junts) y Sumar (con ERC) para prestarles los diputados que necesitan para llegar al número necesario para constituirse y después volver al grupo parlamentario formado por sus respectivos partidos es un fraude legal y político. Se desprende del Reglamento del Congreso que esta "provisionalidad" no está prevista ni es deseada. Tal y como hemos explicado, la labor de los grupos no es la de cobrar más dinero, sino la de administrar la acción política dentro de las cámaras legislativas con la relevancia que les han otorgado los electores.
El Tribunal Constitucional se desdijo de esta cuestión y la dejó a la discrecionalidad de la Mesa del Congreso, y dado que tanto el PSOE como el PP han hecho estas maniobras ya en varias ocasiones, y además están negociando sus respectivas investiduras con los partidos nacionalistas en cuestión, no se puede confiar sin más en que defiendan el ordenamiento jurídico, el sentido común y el respeto a las normas propio de una democracia liberal.
Que forme parte de la discrecionalidad de la Mesa decidir cómo se configuran los grupos y la trashumancia de los diputados no quiere decir que no sea algo opuesto al Reglamento. Porque, en el caso contrario, establecería la libertad para su constitución, lo que no hace imponiendo ciertos límites. ¿Qué sentido y finalidad tiene, entonces, que se requiera cierto porcentaje de votos?
Además, no hay que olvidar que la Mesa del Congreso no está disponiendo de un dinero propio, sino del dinero de los contribuyentes. La presidenta del Congreso y el resto de los miembros de la Mesa podrían pagar la subvención a estos grupos parlamentarios fake de sus propios bolsillos, si así lo desean.
¡Hagan el favor, apliquen el Reglamento! Es monstruoso que la sede de la soberanía popular, la Cámara de las leyes, lo sea de la arbitrariedad.
*** Eva Poptcheva es eurodiputada de Ciudadanos y vicepresidenta del Comité Económico del Parlamento Europeo.