A Coruña deberá pagar al Puerto 1,6 millones por la urbanización de O Parrote
Estima el recurso de la Autoridad Portuaria contra una resolución, de 2017, que le denegaba el pago
17 septiembre, 2019 19:05A CORUÑA, 17 Sep. (EUROPA PRESS) –
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 ha condenado al Ayuntamiento de A Coruña a pagar a la Autoridad Portuaria de A Coruña 1.605.244 euros correspondientes a la urbanización de O Parrote, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
La magistrada estima, de esta forma, el recurso interpuesto por el Puerto contra la resolución de la Administración municipal, de julio de 2017, en la que le denegaba el pago.
La sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación, explica que la entidad portuaria y el Ayuntamiento acordaron en 2012 –cuando gobernaba el PP– modificar y ampliar el modelo de urbanización de la superficie de O Parrote pactado anteriormente en el convenio de ejecución de las obras del vial subterráneo y del aparcamiento de la zona.
El cambio fue debido a que en el primer convenio los trabajos de la superficie que debía de afrontar Copasa, la concesionaria de las obras del túnel y del parking, consistían únicamente en la reposición de los pavimentos existentes antes de iniciar los trabajos.
La jueza recalca que la Administración local, al modificar el convenio original, se comprometió "a abonar los gastos de los trabajos, dentro del importe que se había pactado, 16.500.000 euros, siempre que existiese conformidad de la Comisión de Seguimiento de las Obras".
"El Ayuntamiento, en la adenda segunda añadida al convenio, aprobó la redefinición de la superficie y la variación de las obras a ejecutar para que formaran una unidad de superficie con la Marina, Puerta Real y el acceso a los muelles de trasatlánticos, asumiendo el gasto que ello conllevaba".
"Enriquecimiento injusto"
"De lo contrario, habría un enriquecimiento injusto del Ayuntamiento, que exige una variación en lo pactado en un primer momento, pero no quiere asumir el incremento del gasto que ello supone y a cuyo gasto se había comprometido", destaca la magistrada en la sentencia.
La titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 también subraya que la ejecución y la medición de la obra fue comprobada por la comisión de seguimiento del convenio a través de una inspección realizada por una asistencia técnica externa.
"En cuanto a la afirmación del Ayuntamiento relativa a que se desconoce si los gastos reclamados pertenecen únicamente al reformado de la urbanización de la superficie o puede contener gastos del vial o del aparcamiento, en el expediente constan los presupuestos de los tres elementos con el proyecto aprobado, el final y la diferencia, y dichos presupuestos no han sido desvirtuados por el Ayuntamiento", señala.
La jueza advierte, además, a la Administración local de que "no cabe mantener que no existe justificación de las obras ejecutadas por la concesionaria", sostiene en el fallo.