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Piden 19 años para un hombre en A Coruña por agredir sexualmente y coaccionar a su pareja

Eran frecuentes los empujones, bofetadas, patadas o golpes en la espalda del acusado hacia la víctima y en ocasiones le obligaba a mantener relaciones sexuales

3 octubre, 2021 12:06

A CORUÑA, 3 Oct. (EUROPA PRESS) –

La Fiscalía pide 19 años de prisión para un hombre acusado de agredir sexualmente y coaccionar a su pareja, con lo que pesan contra él delitos contra la integridad moral, agresión sexual, coacciones y amenazas. La demanda se juzgará en la Audiencia Provincial de A Coruña el 4 de octubre, procedente del Juzgado de Violencia de género de A Coruña.

Según se relata en el escrito del Ministerio Fiscal, el procesado y la víctima contrajeron matrimonio en 2010 y tienen tres hijos, todos menores de edad. Aunque en 2016 se trasladaron a Lugo tras vivir en el extranjero, se señala que el acusado ya adoptaba "un comportamiento violento, humillante e intimidatorio" con la víctima antes de residir en España.

Ya en el país, se acrecentaron estas situaciones de violencia física y psíquica. Se detalla que eran frecuentes los empujones, bofetadas, patadas, golpes en la espalda –incluso con una silla en una ocasión– o en la cabeza. También le llamaba hija de puta, zorra, adúltera y burra, entre otros insultos, y le decía que no era capaz de hacer nada; le mandaba callar, le escupía la comida y le daba golpes a las cosas y mobiliario para amedrentarla, "prácticamente a diario".

Obligada a mantener relaciones sexuales

Debido a este comportamiento, que la mayor parte de las veces se producía en el interior del domicilio familiar y en presencia de los niños, "la convivencia era insoportable, pues el acusado creaba este clima de violencia física y psicológica para imponer su voluntad y someter a la víctima, viviendo ella en continua angustia". El acusado incluso llegó a obligar a la mujer a mantener relaciones sexuales completas, en contra de su voluntad, echándose encima y separándole las piernas, teniendo que ceder a esa imposición la víctima "pues de no hacerlo, temía ser agredida e intimidada con quitarle a su hijo mayor, como hizo el procesado en alguna ocasión".

Estas situaciones, según se apunta, pasaron a ser frecuentes en las fechas anteriores a la denuncia, "haciendo que la víctima se sintiese como una cosa, sin derecho alguno y sin capacidad de respuesta". La situación continuó empeorando y en el mes de marzo de 2019, en presencia de los niños, la obligó a bajarse del vehículo en el que iban tras una discusión por la música que llevaban puesta.

Así, el 24 de octubre de 2019, la víctima, "harta de la situación descrita", comunicó al procesado que había hablado con una letrada para separarse. Él reaccionó de forma agresiva, por lo que ella tuvo que refugiarse primero en una habitación, y después en casa de una vecina. Antes el procesado le dijo que la mataría y que se llevaría al hijo mayor, y golpeó la puerta de la habitación en la que se había refugiado.
Tras presentar la denuncia, la mujer renunció a las acciones civiles y penales.

La Fiscalía ha recalcado que, debido a estos hechos, la víctima presenta indicadores de malestar emocional, alteraciones del sueño y conductas de alerta y miedo, que reflejan una dinámica relacional de pareja asimétrica. Si bien uno de los menores no tiene afectación emocional ni psicológica, otro de ellos sí presenta indicadores de afectación emocional y psicológica compatibles con el comportamiento de su padre hacia él, reflejando un estilo educativo punitivo y con excesiva y agresiva normatividad.

El acusado estuvo detenido desde el día de presentación de la denuncia hasta el día siguiente en que se concedió a la víctima la orden de protección, y se acordó además la prisión provisional del procesado.
A la víctima se le atribuyó la guardia y custodia de los hijos, así como el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

Por auto dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial se acordó la libertad provisional del procesado y la prohibición de aproximarse a la víctima en un radio de 200 metros, y a su domicilio, y lugar de trabajo, la de comunicar con ella, y residir y acceder al término municipal; acciones vigiladas por medios telemáticos. Se le impuso también la prohibición de abandonar España y se le retiró el pasaporte.

El escrito indica además que la situación descrita, presenciada por los menores, "hace que el procesado no sea idóneo para ejercer la patria potestad y tomar decisiones respecto a sus hijos de forma conjunta con la mujer".

Penas

Así las cosas, la Fiscalía pide, por delito contra la integridad moral, una pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante cinco años, con pérdida de la vigencia de la licencia, en su caso, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad de sus tres hijos durante cinco años y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros medidos en línea recta y comunicarse con la víctima durante ocho años.

Por un delito continuado de agresión sexual, una pena de 14 años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y comunicarse con la víctima durante 16 años; así como la prohibición de acudir y residir al lugar en el que resida la mujer, y libertad vigilada durante ocho años.

Por el delito de coacciones, una pena de un año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 3 años, con pérdida de la vigencia de la licencia, en su caso y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y comunicarse con la víctima durante tres años.

Y por útimo, por un delito de amenazas, una pena de un año de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 3 años, con pérdida de la vigencia de la licencia, en su caso y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y comunicarse con la mujer durante tres años. Con todo, se solicita que se establezca la ejecución de la pena privativa de libertad por ocho años y que el resto se sustituya por la expulsión del territorio nacional del procesado por 10 años. En concepto de costas, se abonarán las medidas cautelares.