Un aerogenerador de Endesa.

Un aerogenerador de Endesa. ENDESA

Galicia

La Xunta declara de interés público superior los parques eólicos autonómicos

Esta medida, que facilitará su apertura, se produce en un contexto en el que hay varios suspendidos en los tribunales por recursos de organizaciones medioambientales y plataformas vecinales

20 octubre, 2023 20:26

El proyecto de ley de acompañamiento de los presupuestos de la Xunta para el próximo 2024 incluye la declaración de interés público "superior"· de la planificación, construcción y explotación de parques eólicos de competencia autonómica. Lo hace con el objetivo de facilitar su autorización y apertura.

De esta forma, si se presenta recurso administrativa con la autorización del proyecto de un parque eólico y se solicite su suspensión, "se tendrá en cuenta lo establecido en este este artículo en la ponderación que debe efectuarse de acuerdo con lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo", según recoge Europa Press.

Esta medida se produce mientras que está pendiente la puesta en marcha de varios parques eólicos, algunos de ellos suspendidos por los tribunales tras los recursos de organizaciones medioambientales y plataformas vecinales.

Lo Xunta lo enmarca "de conformidad con lo establecido" en un reglamento europeo de 2022 por el que se establece un marco "para acelerar el despliegue de energías renovables". Los parques eólicos que entran en esta medida son los de competencia autonómico con fecha de inicio entre el 30 de diciembre de 2022 y el 30 de junio de 2024, además de aquellos que se iniciaran con anterioridad y en los que no recayese resolución definitiva en la vía administrativa antes del 30 de diciembre de 2022.

"Se presumirá que se trata de proyectos de interés público superior y que contribuyen a la salud y a la seguridad públicas a los efectos previstos en el artículo 3 del referido reglamento", destaca la ley.

"En particular, la presunción indicada en el apartado anterior, sin prejuicio de lo indicado respecto de determinada normativa ambiental en el reglamento (UE) 2022/2577 del Consejo del 22 de diciembre de 2022, se tendrá en cuenta en los procedimientos de evaluación ambiental necesarios para la autorización de los proyectos, de tal modo que se dé prioridad a la construcción y explotación de los parques y al desarrollo de sus infraestructuras de evacuación, salvo cuando existan elementos probatorios suficientes que acrediten que dichos proyectos tienen efectos adversos importantes sobre el medio ambiente y sobre el paisaje que no pueden mitigarse ni compensarse", subraya.

Así, "no se podrá perjudicar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las poblaciones de especies silvestres que, en su caso, puedan estar afectadas, en su área de distribución natural". Por otro lado, "se presumirá que la evaluación ambiental realizada resulta válida, de conformidad con lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo, y que en la declaración de impacto ambiental se ha efectuado una valoración adecuada de los efectos significativos del proyecto en el medio ambiente y sobre el paisaje, así como que son suficientes las medidas preventivas, correctoras y compensatorias establecidas, todo esto sin perjuicio de la existencia de prueba suficiente en contrario".

La Consellería de Industria se encargará de seguir y analizar los efectos de los parques eólicos en el medio ambiente para identificar con prontitud "los posibles efectos adversos no previstos" y llevar a cabo medidas para evitarlos.