De izquierda a derecha, los cinco acusados: Diego Montaña, Catherine Silva, Kaio Amaral, Alejandro Míguez y Alejandro Freire 'Yumba'.

De izquierda a derecha, los cinco acusados: Diego Montaña, Catherine Silva, Kaio Amaral, Alejandro Míguez y Alejandro Freire 'Yumba'. EFE

Galicia

Magistrada del caso Samuel al jurado popular: "Es un puzzle que van a tener que componer"

Publicada

Uno de los casos más mediáticos de los últimos años en España y que conmocionó a Galicia y más concretamente a A Coruña, donde ocurrió, está más cerca de conocer la condena impuesta a los cinco implicados.

Se trata del crimen del joven Samuel Luiz en una noche de julio de 2021, cuando murió tras varios minutos de golpes en lo que la fiscal ha considerado durante el proceso como una especie de "cacería".

El juicio se ha estado desarrollando bajo una gran expectación en la Audiencia Provincial de A Coruña estas semanas y este lunes el jurado del juicio dispone ya del objeto del veredicto, es decir, las preguntas que deberán contestar los nueve miembros del jurado popular para determinar la culpabilidad o no de los implicados en los trágicos hechos que tuvieron lugar aquella noche del 3 de julio en el Paseo Marítimo a la salida de un local de ocio nocturno.

Todo comenzó cuando uno de los principales acusados y en prisión desde hace varios años, Diego Montaña, increpó a Samuel por supuestamente estarle grabando, cuando el joven realmente estaba haciendo una videollamada junto a su amiga Lina con Vanesa al otro lado del teléfono, enseñándole el entorno donde se encontraban en una de las primeras noches de regreso del ocio nocturno tras el confinamiento por el coronavirus.

Este lunes 18 de noviembre, la magistrada-presidenta ha reivindicado la importancia de un "veredicto justo" un mes después de iniciarse las sesiones de este proceso judicial. El objeto del veredicto, consensuado entre las partes personadas, se ha entregado al término de la audiencia celebrada hoy y en la que la juez ha comunicado una serie de instrucciones.

Ha sido sobre todo en relación a aspectos procedimentales, especificando cuestiones a tener en cuenta como "el principio de presunción de inocencia, principio acusatorio y el principio in dubio pro reo". "Es un puzzle que van a tener que componer", ha resumido en referencia a las preguntas que deben contestar de cara a conformar un veredicto.

"Nadie puede decidir por ustedes y lo único que pueden tener en cuenta es lo practicado aquí", les ha insistido sobre el juicio y para incidir en que el jurado es el que debe determinar "qué ha quedado probado y qué no". 

Asimismo, la entrega del objeto del veredicto no se produjo por la mañana como estaba previsto sino por la tarde, dadas las incorporaciones de preguntas o exclusiones de otras que se pueden plantear por las partes personadas.

Incomunicación y custodia policial 

Desde hoy, los miembros del jurado pasarán a la sala deliberaciones estando incomunicados y con custodia policial, también en el hotel donde estarán alojados. Deberán determinar si hubo o no un "ataque grupal", si los procesados son o no autores o en algún caso cómplices y si tuvieron o no intención de matar frente a la inocencia que proclaman parte de las defensas.

La mayoría de las defensas niegan la participación de sus clientes y las peticiones de penas van desde lesiones a homicidio imprudente u homicidio en otras. A mayores, en el caso de dos implicados se debe dilucidar si actuaron o no por la orientación sexual de la víctima.

Diego Montaña

Diego M.M. es la persona que, según acusaciones y testigos que declararon en la Audiencia Provincial de A Coruña, inició la agresión, con insultos de "maricón" a la víctima. Fiscalía; acusación particular (la familia) y la popular, ejercida por el colectivo LGTBI Alas Coruña, solicitan 25 años de cárcel por asesinato con alevosía y ensañamiento y agravante de discriminación por orientación sexual.

La defensa plantea que los hechos sean considerados homicidio por imprudencia grave y delito de lesiones con pena de dos y un año, respectivamente o, subsidiariamente, homicidio con agravante de abuso de superioridad y condena de 10 años. A ello, suma atenuante de consumo de alcohol.

Katy Silva

La misma pena de asesinato y agravante piden las acusaciones para la entonces novia de Diego, Catherine S.B, al alegar que fue la que señaló a Samuel cuando hacía una videollamada pensando su novio que les grababa y que impidió a la amiga de la víctima que lo auxiliase. Alternativamente, reclaman una pena de 14 años y medio como cómplice de asesinato frente a la absolución de su defensa.

Alejandro Freire

Alejandro F.G., el que testigos sitúan como el que agarró por el cuello a Samuel con una técnica del 'mataleón', según sostienen las acusaciones y él rechaza, se enfrenta a 22 años de cárcel por asesinato. Su defensa plantea condena por lesiones y, de no estimarse, homicidio imprudente u homicidio, sin agravante o, en todo caso, de superioridad. Como atenuantes, incluye consumo de alcohol y drogas.

Kaio Amaral

Para Kaio A.S.C., la persona que algún testigo citó como el que cargó la pierna para lanzar una patada (los policías argumentan que por cómo lo hizo tuvo que impactar, él niega haberlo hecho y dice que solo separó), se piden 27 años de cárcel por delito de asesinato y robo de móvil del fallecido. Su abogado solicita solo condena por un delito contra el patrimonio al admitir su cliente que se "encontró" un teléfono y se lo llevó.

Alejandro Míguez

Absolución o delito de lesiones, en caso de considerarse que tiene alguna implicación, reclama la defensa de Alejandro M.R. para su cliente. Este ha negado, como el anterior y como Catherine S.B., cualquier participación en la agresión y sostuvo, como ellos, que trató de separar. Los policías y algún testigo lo situaron en el núcleo de la agresión, pero sin poder ratificar que golpease. Para él, acusaciones reclaman 22 años de cárcel o, subsidiariamente, 13 años de prisión como cómplice.

Veredicto "complicado"

De veredicto "complicado" ha calificado, en declaraciones a los medios, alguno de los abogados de la defensa lo que ahora queda al imputarse a los procesados unos "hechos comunes para todos", pero con participación o no de unos y otros, según la tesis acusatorias o de las defensas.