Una persona habla por teléfono

Una persona habla por teléfono Shutterstock

Ofrecido por:

Empresas

Esta es la multa que le puede caer a tu jefe en Galicia si te llama en vacaciones

La sanción puede ser de varios miles de euros en los casos más graves.

17 julio, 2024 14:58

Terminas la jornada laboral y llegas a casa pensando que, por fin, comienzan tus deseadas vacaciones. Tienes la maleta lista y sales con el coche rumbo a un destino con playa, pero en el trayecto recibes varias llamadas y mensajes de tu jefe. "¿Qué querrá?", te preguntarás. Pues bien, esta actuación podría ser motivo de multa (para tu jefe, por supuesto). 

Así queda recogido en la LeyLey Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales. En concreto, el artículo 88 dice que "los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar". 

De esta forma, los trabajadores no están obligados a contestar mensajes (ya sea por correo electrónico o WhatsApp) y responder llamadas durante sus vacaciones, excepto en casos de fuerza mayor, como ser la única persona de la empresa que tiene la copia de seguridad de un proyecto muy importante que ha sido eliminado.

Pero salvo excepciones justificadas, los trabajadores pueden denunciar sus casos a la Inspección de Trabajo, que examinará si se ha vulnerado el derecho a la desconexión digital. En caso afirmativo, la multa puede ir desde los 751 a 1.500 euros en su grado mínimo, de 1.501 a 3.750 euros en su grado medio y de 3.751 a 7.500 euros en los casos más graves.

El derecho a la desconexión digital también aparecer reflejado en el artículo 7.5 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Se trata de una "infracción grave", según la norma.

¿Puedo trabajar en vacaciones?

El artículo 38.1 del Estatuto de Trabajadores expresa que está prohibido trabajar en vacaciones y si lo haces, estarás cometiendo una irregularidad. "El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual". En caso de tener dos trabajos, sí podrías tener vacaciones en un empleo y continuar trabajando en otro.