"Ana Julia me hacía daño desde el primer día”: las frases de los padres reveladas por la sentencia
El fallo de la Audiencia Provincial de Almería recoge parte de la declaración de los progenitores del niño asesinado, así como de forenses y psiquiatras.
30 septiembre, 2019 17:46Noticias relacionadas
La sentencia hecha pública este lunes de la Audiencia Provincial de Almería que condena a prisión permanente revisable a Ana Julia Quezada ha desvelado algunos pasajes del juicio que hasta el momento se desconocían. Aunque la mayor parte del mismo se celebró a puertas abiertas para la prensa y para el público, varias sesiones se llevaron a cabo sin la presencia en la sala de vistas de periodistas y de ciudadanos de la calle.
Fue por expreso deseo de Patricia Ramírez y Gabriel Cruz, los padres del menor al que Quezada asesinó el 27 de febrero de 2018 en Las Hortichuelas, una pedanía de Níjar (Almería). En concreto, hasta el momento nada -o casi nada- había trascendido acerca de la declaración de los dos progenitores ni tampoco sobre el testimonio de los médicos forenses que realizaron la autopsia al cadáver del niño.
Una vez conocida la sentencia que condena a Quezada por un delito de asesinato con alevosía con el agravante de parentesco, dos delitos de lesiones psíquicas a los padres de Gabriel Cruz y otros dos por atentar contra la integridad moral de ambos, ahora se conocen datos significativos de la autopsia y de la relación que Patricia y Ángel mantuvieron con la asesina durante los 12 días que duró la búsqueda del niño.
“Sentí que Ana Julia me hacía daño desde el primer día”, explicó la madre del niño muerto el día que ella declaró como testigo durante el juicio oral. [Lea la sentencia íntegra aquí].
La “resistencia extraordinaria” de Gabriel
Los peritos forenses que practicaron la autopsia del niño explicaron que la asesina no le propinó ningún golpe con un hacha y que Gabriel opuso “una resistencia extraordinaria” mientras lo asfixiaba.
Los médicos, quienes descartaron que el niño agonizara durante un largo espacio de tiempo (la acusación, en un contrainforme, sostenía que estuvo vivo entre 45 y 90 minutos después de la agresión), señalaron: “No es fácil asfixiar a un niño sano de ocho años, es una lucha importante. Para tapar la nariz y boca hacen falta las dos manos. Si el niño estuviera inconsciente hubiera sido menos violento. El niño se defendió muchísimo antes de morir”.
El jurado que declaró culpable a Quezada dio validez al informe oficial de la autopsia. Sus nueve miembros declararon no probado por unanimidad el contrainforme del abogado de los padres del niño. En él se señalaba que Gabriel fue golpeado con un objeto contundente en la cabeza, que lo dejó moribundo durante casi hora y media y que Ana Julia intentó descuartizarlo antes de enterrar el cuerpo. Nada de ello quedó acreditado, aunque la mujer, de 45 años y origen dominicano, sí seccionó parte del brazo derecho de Gabriel mientras lo inhumaba.
La sentencia de la jueza Alejandra Dodero señala que durante el juicio quedaron probadas las lesiones psíquicas que padecen Patricia Ramírez y Gabriel Cruz. El informe psiquiátrico de ambos señala que sufren estrés postraumático y trastorno de adaptación. Sin embargo, la raíz de ambos tiene un matiz que los diferencia: la “vivencia” de Patricia “es diferente” a la de Ángel, que llega a dormir 12 días con la asesina de su hijo.
Patricia pensó hasta el final que estaba vivo
“Ella sospecha de alguien, se lo dice a la policía, que le pide sigilo, y eso incrementa su estrés. Sufre un impacto final, pues creía que su hijo estaba vivo y ahora está muerto. En Ángel es diferente, sufre una situación de estrés por la desaparición de su hijo, y se mantiene la esperanza de la aparición, finalmente el niño aparece y está implicada su pareja”, sostuvo el informe psiquiátrico. “La secuela es un daño permanente, no se espera recuperación”.
El fallo de la jueza, basado en el veredicto del jurado, da por acreditados también la comisión por parte de Ana Julia Quezada de dos delitos contra la integridad moral de los padres de su víctima. Uno de ellos, Ángel Cruz, era su pareja.
En la sentencia se explica que el delito contra la integridad moral tiene como bien jurídico protegido la integridad moral como manifestación de la dignidad humana. Lo que este artículo del Código Penal "prohíbe es tratar a una persona como una cosa, degradarla a la condición de animal u objeto".
“Me sentí maltratada por ella”
Durante los 12 días de búsqueda, Quezada actuó de esa forma hiriente con los progenitores del niño. De ahí que la resolución judicial desvele parte del testimonio de Patricia Ramírez y de Ángel Cruz. La madre del niño explicó: “Sentí que Ana me hacía daño desde el primer día. Estuvo jugando con nosotros, me hacía comentarios que percibía como hirientes y para hacerme daño. Me sentí maltratada por ella”.
Por su parte, Ángel manifestó: “En un principio creí que Ana quería apoyarme y estar a mi lado animándome con que el niño iba a aparecer. Después he tenido la sensación de que ella quería ser protagonista”.
Para motivar la culpabilidad de Ana Julia Quezada en estos dos delitos, la jueza Alejandra Dodero muestra la existencia de jurisprudencia al respecto. En concreto, se basa en una sentencia de 7 de enero de 2011 que dice que “la integridad moral se identifica con las nociones de dignidad e inviolabilidad de la persona y que, exigiendo el tipo que el autor inflija a otro un trato degradante, por éste habrá de entenderse ‘aquel que pueda crear en las víctimas sentimientos de terror, de angustia y de inferioridad susceptibles de humillarles, de envilecerles y de quebrantar, en su caso su resistencia física o moral’”.