Los números 'secretos' de las multas de la DGT: míralos bien para librarte de una buena sanción
La DGT tiene un plazo límite para comunicar las multas de forma oficial y depende del tipo de infracción que hemos cometido.
4 octubre, 2022 08:26Noticias relacionadas
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Es importante respetar en todo momento las normas de Seguridad Víal en las carreteras españolas para evitar accidentes. La Dirección General de Tráfico (DGT) no se cansa de hacer diferentes campañas para concienciar a los ciudadanos. Si, por ejemplo, un radar nos pilla infringiendo los límites de velocidad establecidos, además de que puede causarnos un susto, podemos ser sancionados con hasta 600 euros. La DGT, en este sentido, tiene un plazo límite para comunicarnos las sanciones dependiendo del tipo de infracción que hemos cometido y si, llega tarde, se puede recurrir.
El Real Decreto Legislativo 6/2015 regula el plazo de emisión de las multas. Si se considera leve, el organismo tiene hasta 3 meses para hacérnoslo saber. Si, por el contrario, se considera grave o muy grave tiene hasta 6 meses desde el momento de la infracción.
Sin embargo, hay una serie de excepciones: si comunicamos a la DGT que no éramos nosotros los que íbamos al volante, al organismo le tocará detectar al infractor hasta identificarlo. Por tanto, hasta que lo haga, se pararán los trámites. También, cabe destacar, que las multas de tráfico pueden dejárnoslas en el parabrisas a través de un boletín (lo que se considera no oficial) o que nos lo entregue en mano el agente que nos ha pillado y, en ese caso, ya se consideraría notificada y oficial.
Multas con retraso
A veces, también puede ocurrir que las multas de tráfico nos lleguen a casa por retraso por dos motivos: o porque la Administración no tenía nuestra dirección postal actualizada o porque el cartero no ha venido a nuestro domicilio o, lo ha hecho, pero no estábamos en casa.
En esas situaciones puedes recurrir la multa alegando que te ha sido notificada tarde. Pero, esto tiene un problema: si la DGT desestima tu recurso, tendrás que abonar la totalidad de la multa sin tener la posibilidad del pago bonificado durante los primeros 20 días.
También puede suceder que hayas recibido la multa en tu casa y que, al abrir la carta compruebes que el plazo de 20 días ha caducado. Pero esto es imposible porque el tiempo no empieza a contar hasta que te hayan notificado la multa y puedes reclamárselo al organismo.
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