Una vivienda okupada en un barrio de Burgos

Una vivienda okupada en un barrio de Burgos Ricardo Ordóñez ICAL

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Así es cómo puedes desalojar tu casa de una ocupación con la nueva ley 'antiokupas': las primeras 24-48 horas son clave

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Según una encuesta realizada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), un 34% de los españoles consideraba que la ocupación ilegal era un problema muy importante para el país. Sin embargo, todo apunta que, con la nueva enmienda en la Ley de Enjuiciamiento Criminal aprobada por el Congreso de los Diputados, la 'okupación' tiene los días contados.

Con la nueva enmienda, para poder echar a los 'okupas' el procedimiento es muy sencillo. Si descubres que tu casa está ocupada ilegalmente y se trata de tu vivienda habitual, se trataría de un delito de allanamiento de morada. Por tanto, las primeras 24-48 horas serían clave ya que con avisar a la policía y probar la posesión de la casa, las autoridades podrían desalojar la vivienda en el mismo momento.

Sin embargo, si ese plazo se supera o es una segunda residencia, el procedimiento sería distinto. Lo primero sería colocar una denuncia en comisaría donde se certifique la posesión de la vivienda demostrando que esa casa es tuya. Al haber pasado más de 48 horas, la policía no podría desahuciar la casa instantáneamente y pasaría a ser un proceso legal. Por ello habría que colocar una demanda en el juzgado. Tras el juez admitirla, se le da un plazo de 72 horas al 'okupa' para que compadezca y acredite las escrituras de la propiedad.

Al no presentarlas por obvias razones, a partir de ese primer día en el que el infractor declara, habría que esperar 15 días para que se lleve a cabo el desahucio. Una vez se emita la sentencia, el desahucio será inmediato.

Anteriormente todo este trámite podría tardar incluso un año y se tenía en cuenta el estudio de vulnerabilidad económica del 'okupa', que podía llegar a suspender el proceso durante dos o cuatro meses, pero con los juicios exprés esto no es posible, lo que hace que el procedimiento sea mucho más ágil.

Cabe mencionar que no todos los delitos de 'okupación' se incluyen dentro de este cambio legal. Los famosos 'inquiokupas' no tendrán un proceso rápido, ya que en estos casos al acceder legalmente a la vivienda y contar con un contrato en el que se certifica que esa vivienda alquilada es la residencia del 'inquiokupa', no hay delito de allanamiento de morada. Por tanto, no se podrían aplicar los procedimientos abreviados.

Aprobado por el Congreso

A través de esta enmienda se modificará el artículo 795.1 para que los delitos de allanamiento de morada y usurpación de morada, regulados en el artículo 202 y 245 del Código Penal respectivamente, pasen a ser tramitados a través de procedimientos abreviados, es decir, con juicios rápidos. Otros delitos que pueden ser tramitados así son coacciones, hurto o delitos contra la seguridad del tráfico.

Esta modificación ha recibido popularmente el nombre de Ley 'Antiokupas' y forma parte ya de la Ley de Eficiencia de la Justicia que se ha remitido al Senado, donde el Partido Popular (PP) cuenta con mayoría absoluta y se espera que no sea revocada. La enmienda llega después de que el Partido Nacionalista Vasco (PNV) presentase esta modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el Pleno del Congreso de los Diputados del pasado 14 de noviembre.

La propuesta salió adelante tras el apoyo del PP, Junts per Catalunya, Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), EH Bildu, Unión del Pueblo Navarro (UPN) y Coalición Canaria (CC). Destacan los votos de las formaciones lideradas por Arnaldo Otegi y Gabriel Rufián que han reconocido que su apoyo se trata de un "error".

A su vez, en contra votaron el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), SUMAR, Podemos y el Bloque Nacionalista Gallego (BNG). Vox, por su parte, se abstuvo.

'Okupación' en España

Con esta nueva reforma de Ley se espera que se evite la larga burocracia que permitía que las ocupaciones ilegales se mantuviesen activas durante meses o incluso años sin el dueño poder hacer algo al respecto. El plazo medio para desalojar a un 'okupa' estaba cerca de los dos años, en concreto 23,2 meses.

La comunidad donde más se podía alargar era en Castilla y León, con 35,9 meses (casi tres años) mientras que País Vasco la que más rápido se podía alcanzar el desahucio, 20 meses.

Según datos del Ministerio del Interior, en 2023 se registraron 15.289 infracciones penales relacionadas con el allanamiento de inmuebles.