Hombre rellenando la declaración de la Renta.

Hombre rellenando la declaración de la Renta. Grok

Sociedad

Adiós al borrador de la declaración de la Renta: estos son los datos a revisar para evitar la multa de Hacienda

Te contamos las causas por las que hay que mirar con lupa el borrador de la declaración y qué puntos conviene examinar.

Más información: Confirmado por Hacienda: esta es la fecha tope para que te devuelva el dinero de la declaración de la Renta

Publicada

La declaración de la Renta es un trámite complejo. Por tanto, y para quitárselo cuanto antes de encima, muchos contribuyentes optan por presentarla tal y como está en el borrador que facilita la Agencia Tributaria (AEAT).

Sin embargo, Hacienda no es infalible. Y aunque para muchos parezca un 'gran hermano' que todo lo sabe, no tiene todos los datos relativos al contribuyente. Que ella no los tenga, no significa que no haya que incluirlos. Porque, de no hacerlo, las multas que pueden venir oscilan entre los 150 euros o 250 euros.

El borrador de la declaración de la Renta incluye los datos personales y económicos de los ciudadanos. En este año, los relativos a 2024. Te contamos cuáles son los aspectos que conviene revisar antes de enviarla la declaración a Hacienda.

¿Qué hay que revisar antes de confirmar el borrador?

La respuesta a esta pregunta se resume en una palabra: todo. Desde los datos personales hasta los económicos, como las aportaciones a planes de pensiones, por ejemplo, o las deducciones estatales y autonómicas que corresponde aplicar.

Si se está dentro del plazo estipulado para presentar la declaración, bastará con presentar una nueva declaración que sustituya al borrador con los errores subsanados. Pero si se detecta el error una vez ha concluido dicho plazo, se abren dos caminos

Por un lado, si se ha pagado de más a la Agencia Tributaria, o Hacienda ha devuelto menos de lo que corresponde, habrá que solicitar una rectificación. ¿Cómo? Presentando un escrito ante la AEAT explicando el error; o bien, presentando una declaración rectificativa a través de Renta Web. Eso sí, siempre aportando la documentación donde se aprecia el error.

Por otro, si el error ha supuesto pagar menos de lo que se debía, se debe presentar una declaración complementaria. De nuevo, a través de Renta Web.

¿Cuáles son los errores o fallos más comunes?

Aunque puede parecer raro, Hacienda puede errar en los datos personales y familiares. Sobre todo si se ha cambiado de domicilio o de estado civil, o si se han tenido hijos o personas mayores dependientes a su cargo. Lo mismo puede suceder si, por ejemplo, ha aumentado el grado de discapacidad. En el caso de una separación, hay que revisar si los bienes están bien asignados. O si se incluye la pensión compensatoria si es menester.

Por lo que respecta a los inmuebles, conviene revisar que los rendimientos se imputan de forma correcta. Aquí conviene poner el foco en el porcentaje de titularidad en el caso de bienes gananciales.

Asimismo, hay que recordar que tanto trastero como dos plazas de garaje que se hayan comprado a la par que la vivienda habitual no tributan. Puede darse el caso de que en el borrador no están vinculados.

Otro vistazo habrá que echar a los rendimientos de los inmuebles declarados sobre todo si ha habido un divorcio, o se ha recibido una herencia.

Es posible que en el borrador se advierta de que no están determinados datos, como los ingresos por inmuebles alquilados. Conviene introducirlos, porque Hacienda puede obtener esos datos por otras vías, como las declaraciones de los arrendatarios, o los consumos de agua y electricidad.

También hay que declarar la venta o donación de bienes. Y hay que tener en cuenta los gastos de este tipo de operaciones. De no hacerlo, se reduce la ganancia sujeta al IRPF.

¿Cómo tributa la inversión?

Con el capital (que no con la iglesia) hemos topado, se podría decir emulando a la famosa frase que se atribuye falsamente a Cervantes en el Quijote. Y es que, en el capítulo de inversiones, Hacienda puede no dar del todo en el clavo.

Conviene recordar que si durante 2022 se han vendido acciones adquiridas antes de 2018, el contribuyente deberá calcular la ganancia indicando el valor de compra de dichos títulos.

Asimismo, debe tener en cuenta que, aunque no tenga la obligación de declarar, debe pensárselo si ha obtenido pérdidas o rendimientos de capital mobiliario negativos.

¿Has cambiado de coche en busca de un vehículo más eficiente? En este caso, lo percibido por el plan Moves habrá que incluirlo en la declaración como ganancias de patrimonio. Hay que comprobar si están en el borrador. Lo mismo sucede con otras ayudas o subvenciones.

Revisar las deducciones

Por último, otro capítulo importante es el de las deducciones. Y aquí el campo abarca tanto a las familiares, las de maternidad, o las autonómicas. Por ejemplo, en el caso de las familiares, habrá que comprobar que Hacienda ha incluido las de discapacidad o por familia numerosa.

Es posible que, en el caso de la deducción por maternidad, no se haya incluido en el borrador aun habiendo sido madre trabajadora. Si no se ha solicitado el pago anticipado, debe incluirse.

Y todos los contribuyentes tienen, en ciertos casos, derecho a aplicar aquellas deducciones propias de cada CCAA si cumplen determinados requisitos: familia numerosa, monoparental, por nacimientos, alquiler de vivienda, libros de texto, guardería, aprendizaje de idiomas…

¡Ojo! Aquí no se trata de un olvido de Hacienda. De hecho, no están incluidas en el borrador. Para aplicarlas, hay que incluirlas en Renta Web.