Un tribunal de la Audiencia Provincial de Barcelona ha dado la razón a un padre que se negaba a pagar la universidad privada de su hija. Los jueces han considerado que los siete mil euros más gastos de transporte que pretendía imponer la madre como gasto compartido son considerados gastos extraordinarios aunque forme parte de su educación, ya que excede la capacidad económica de la familia.
Olga, la denunciante, tenía la custodia de la hija desde que se divorciaron de mutuo acuerdo en 1995, mientras que el padre, Luis María, se quedó con la custodia del menor de sus hijos.
La hija mayor estaba estudiando en una universidad privada en San Cugat del Vallés - cuyo coste eran 7.000 euros- porque no pudo acceder a una facultad pública por no alcanzar la nota de corte. Sin embargo, el tribunal catalán consideró que podía acceder a estudios superiores a través de otras vías de formación.
Se ha alegado que la hija trabajaba a través de conversaciones por Whatsapp mantenidas entre los dos hermanos en las que la hija afirmaba que trabajaba a diario. Sin embargo, dicha circunstancia no ha sido considerada como suficiente para acreditar la existencia de un trabajo estable que provea medios suficientes para vivir.
Los jueces consideraron que, aunque los gastos de estudio de los hijos se deben incluir en la pensión de alimentos, en este caso no deben englobarse en los ordinarios ya que, además, incluirlos requiere el consentimiento de ambos.
El padre ganaba 1.200 euros al mes
El Código Civil catalán sostiene que el cumplimiento de atenerse a el importe obligatorio de la pensión alimenticia depende de la situación económica de cada uno de los progenitores. El padre ganaba 1.200 euros al mes - 200 euros más que la madre-, hecho que los magistrados consideraron que justificaba una mayor contribución.
Sin embargo, tal y como dice en la resolución, Luis María alegaba que, aunque se hubiese fijado que él pagaría la mitad de los estudios universitarios de su hija, los 7.000 euros que se le exigían superaban notablemente su capacidad económica. El denunciado expresó que podría pagar dichos costes con el dinero que obtuviese si vendiesen el piso en común que tenían los divorciados.