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La justicia obliga a la Xunta a cambiar de turno a un bombero de Vigo para poder conciliar
El TSXG ha recordado la existencia del derecho fundamental a la igualdad, "que se manifiesta en el derecho a conciliar". Asimismo, ha recogido en su resolución que el Gobierno autonómico "no ha demostrado la existencia de un motivo organizativo que venga a excepcionar este derecho"
30 mayo, 2023 12:47El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dado la razón a un trabajador de la Consellería de Medio Rural, empleado en el Servicio de Protección y Defensa contra Incendios Forestales, que solicitaba un cambio de turno para poder conciliar su vida laboral y personal.
El demandante cuenta con la guardia y custodia de su hija menor, motivo principal para realizar la petición de cambio de turno y puesto laboral. Los magistrados, según ha informado el TSXG en un comunicado, han ratificado la decisión del Juzgado de lo Social número 7 de Vigo, que estableció que el trabajador tiene derecho a que lo cambien de turno y de puesto, además de a percibir una indemnización de 6.000 euros por daños y perjuicios.
El Tribunal gallego ha establecido que desde la Xunta de Galicia no se respondió a la demanda del trabajador de "adaptar su jornada y un cambio en sus condiciones laborales para conciliar su vida laboral (derecho fundamental)". Además, los magistrados recuerdan la existencia del derecho fundamental a la igualdad, "que se manifiesta en el derecho a conciliar".
"Hay una absoluta falta de contestación por parte de la empleadora a la petición formulada, de manera que el trabajador desconoce por qué se le deniega la adaptación", ha destacado el TSXG en su resolución. El escrito recoge también que la Xunta "no ha demostrado la existencia de un motivo organizativo que venga a excepcionar el derecho del actor a conciliar". "La vulneración del derecho fundamental conlleva el resarcimiento del daño que indiscutiblemente se ha producido", añade. Contra la sentencia del TSXG cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.