
Una persona mirando unas facturas, en una imagen de archivo.
Ya es oficial: la ayuda de la Seguridad Social de hasta 1.450 euros que puedes obtener si cumples estos requisitos
En Alicante, el pasado mes de enero un total de 94.398 personas fueron beneficiadas.
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Llegar a fin de mes es una meta que se hace cada vez más difícil de alcanzar para muchos alicantinos: la subida de los alquileres, la inflación y los gastos cotidianos consumen nuestras nóminas sin que nos demos cuenta.
Para hacer frente a esta situación, el Gobierno de España estableció el llamado Ingreso Mínimo Vital (IMV) en junio de 2020 como una medida estructural y un apoyo adicional para paliar los efectos de la crisis económica generada por la pandemia de COVID-19.
Desde entonces, esta ayuda se ha mantenido debido a la alta demanda de familias vulnerables y a su importancia como ingreso complementario para subsistir.
En Alicante, el pasado mes de enero un total de 94.398 personas fueron beneficiadas, según la última estadística que ha publicado el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
La cuantía media de la prestación asciende a 562,95 euros al mes por hogar en Alicante y benefició a 31.100 hogares, el 60 % con menores.
¿Qué es el IMV?
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva, lo que significa que no es necesario haber cotizado previamente para acceder a ella. Se concede en función de los ingresos y el patrimonio de la persona o unidad de convivencia, y las cuantías varían según el número de miembros de la familia y sus circunstancias.
Por otro lado, es compatible con otros ingresos y con el empleo, aunque con ciertos límites. Para solicitarlo, es necesario hacerlo a través de la Seguridad Social, ya sea de forma online o en sus oficinas.
Pero, ¿Quién puede acceder al Ingreso Mínimo Vital?
Requisitos
De acuerdo con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, los requisitos para solicitar el IMV incluyen tanto criterios generales como condiciones específicas.
Uno de los principales requisitos es contar con residencia legal y efectiva en España durante al menos el año previo a la solicitud. Sin embargo, existen excepciones para víctimas de violencia de género y explotación sexual.
Además, los solicitantes deben cumplir con los siguientes criterios:
• Tener entre 23 y 65 años.
• Disponer de ingresos y patrimonio por debajo de los límites establecidos (se pueden consultar en la página del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones).
• Demostrar independencia residencial.
• Estar inscrito como demandante de empleo.
• No ser administrador de una sociedad mercantil.
El Ingreso Mínimo Vital puede recibirse tanto de manera individual como dentro de una unidad de convivencia. Se considera unidad de convivencia a una pareja que comparte domicilio, lo que permite acceder a un importe específico de la prestación.
De cara a 2025, el Gobierno ha anunciado un incremento del 9 % en los importes del IMV, fijando la Renta Básica Garantizada individual en 658,81 euros mensuales. Con este ajuste, las cuantías de la ayuda para el próximo año quedarían establecidas de la siguiente manera:
• Renta Básica Garantizada (beneficiario individual): 658,81 euros al mes.
• Dos personas (dos adultos o un adulto y un menor): 856,46 euros al mes.
• Tres personas (un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos): 1.054,10 euros al mes.
• Cuatro personas (un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos): 1.251,75 euros al mes.
• Cinco personas o más (un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores, o por cuatro adultos y un menor): 1.449,39 euros al mes.