El caso de Katia, la mujer con 30 operaciones en el cerebro, llega al Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Admite el recurso de esta mujer a la que sometieron a embolizaciones casi mensuales durante 3 años en Alicante. El TSJ solo le reconoció una pequeña indemnización.
15 mayo, 2023 06:20El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha admitido a trámite el recurso presentado por Katia Michele Campos, la mujer que acumuló 30 embolizaciones en el cerebro en menos de cuatro años y a la que la justicia reconoció malas prácticas en su tratamiento médico, realizado en su mayor parte tras una derivación del Hospital General de Alicante. Este fallo, sin embargo, no señala a un responsable directo más allá de una pequeña indemnización que corresponde a la Administración, por lo que Katia lleva años peleando para que se reabra su caso.
Tras varios intentos fallidos en España, el pasado mes de octubre presentó en Europa la documentación exponiendo su situación. La respuesta llegó hace unas semanas con una carta firmada por la Secretaría del máximo órgano de justicia europeo, en la que se le informaba de que se estudiaría su caso "tan pronto como sea posible, según los documentos e informaciones proporcionados por usted".
Este "procedimiento", según se señala en la misiva, "es, en principio, escrito", por lo que "no es necesario que comparezca personalmente, a no ser que el Tribunal la invite a ello expresamente". También apunta que "podrá solicitarle información a lo largo del procedimiento" con el objetivo de aclarar algunos de los puntos a tratar.
El caso de Katia cuenta con abundante documentación, teniendo en cuenta que se originó a mediados de los años 90, cuando tuvo una crisis convulsiva con pérdida de conciencia y acabó ingresada en el Hospital General de Alicante. Fue entonces cuando le diagnosticaron una malformación arteriovenosa (MAV) cerebral, una rara enfermedad (afecta a menos del 1 % de la población) que consiste en la aparición de una maraña de vasos sanguíneos anormales que conectan las arterias y las venas del cerebro.
Estas malformaciones provocan que los tejidos que los rodean no reciban suficiente oxígeno, y los vasos que las componen pueden romperse en cualquier momento, por lo que existen muchas posibilidades de sufrir una hemorragia en la zona, con accidentes cardiovasculares o daños cerebrales.
La Sanidad pública valenciana le empezó a practicar entonces un tratamiento basado en embolizaciones puntuales, es decir, en la introducción de partículas en el cerebro para impedir el flujo en vasos sanguíneos. Entre 1995 y 2006 se sometió a siete operaciones de este tipo.
De la pública a la privada
El 25 de enero de 2006 la Sanidad valenciana deriva a Katia, a través de un plan de choque de la Seguridad Social, a la privada. La responsable pasa a ser Dagda Platinum S.L., una sociedad precisamente vinculada al médico que la estaba tratando en la pública, el doctor Juan Carlos Vázquez, según explicaron en su momento los representantes jurídicos de Katia a EL ESPAÑOL.
Al parecer, la empresa no contaba con los medios necesarios para hacerse cargo de su situación, por lo que pasa a alquilar las instalaciones del hospital Medimar.
A partir de entonces a Katia se le somete a una serie de embolizaciones periódicas entre 2006 y 2009: 30 en total, prácticamente una al mes, "cuando la literatura científica dice que lo normal es que sean mucho más puntuales", explicó su abogado.
En las intervenciones con el doctor Vázquez se utiliza además un producto denominado Histoacryl (una especie de pegamento para tejidos), cuyo uso no había sido "indicado para neuroembolizaciones", tal como apunta la compañía farmacéutica que lo desarrolla, B. Braun, en un escrito remitido a la representación legal de Katia. Asimismo, en esas operaciones la paciente firma consentimientos informados que más tarde se demostraría que eran "insuficientes", según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana.
Por cada una de estas embolizaciones Dagda Platinum recibía la correspondiente retribución de la Administración, estimada en unos "4.500 o 5.000 euros", según comentan fuentes conocedoras de las actuaciones.
El tratamiento comntinúa igual hasta que, poco después de su última embolización, Katia tiene una hemorragia cerebral. El 21 de abril de 2009 es trasladada por el Servicio de Atención Médica de Urgencia (SAMU) al Hospital General de Alicante, con un cuadro de cefalea grave y mareos. La paciente tiene que estar varias horas a la espera de intervención porque no aparecen las angiografías en su historia clínica.
Esta situación provoca un retraso de varias horas en la operación ("unas 8 o 9", cifra el abogado de Katia) que "hace que su estado se agrave". De hecho, tras pasar por quirófano se queda con secuelas: una hemiplejía en el lado izquierdo (disminución de la fuerza motora o parálisis parcial que afecta un brazo y una pierna) que ha derivado en una hemiplejia (parálisis total de una mitad del cuerpo).
La reclamación y la sentencia
Todos estos hechos motivaron una reclamación administrativa a la Sanidad valenciana, presentada el 14 de octubre de 2015. Durante esos años Katia empieza su rehabilitación y las embolizaciones se paralizan completamente. Todos estos tratamientos se hacen desde el Hospital General de Alicante y Dagda Platinum ya no tiene ninguna vinculación con la paciente. La Generalitat no responde a la reclamación.
Finalmente, el 15 de mayo de 2017 el abogado de Katia presenta una demanda en la sala de lo contencioso administrativo del TSJ, Sección Segunda, que dicta sentencia 24 de julio de 2019: estima parcialmente la demanda y obliga a la Administración a indemnizarla con 40.000 euros. Los daños que reclamaba la parte demandante ascendían a 600.000.
La compensación se rebaja porque, aunque el fallo considera probado que existen "claras infracciones de la lex artis (la denominación jurídica de los niveles de calidad exigibles a los servicios profesionales) en relación con el elevadísimo número de embolizaciones" que se le habían practicado a la paciente, "la relación de causalidad no resulta unívoca respecto de la misma, y posterior hemiparesia (y secuelas subsiguientes)".
"La hemorragia es propia de la Malformación Arterio-Venosa, de gran tamaño, abierta, como dice el cirujano y se manifiesta en los propios informes aportados por la propia actora", añade.
Y, aunque el TSJ cree que "el curso causal pudo verse influido en alguna medida por la realización de las embolizaciones en número y frecuencia que no se ha justificado, así como por la existencia de una demora en la valoración de la situación" de la paciente, "el resultado dañoso sufrido por la Sra. Michel Campos a partir de la hemorragia y las secuela posteriores tienen como causa principal y prevalente la existencia del MAV".
Aún así el tribunal concluye que "todo ello ha supuesto un mal funcionamiento de los servicios públicos de salud, y ha contribuido en la producción del daño, por lo que debe ser indemnizado", aunque sin citar un responsable directo más allá de la Administración y con la indemnización a la baja. Este fallo fue recurrido en el Tribunal Supremo pero se rechazó sin entrar en el fondo del asunto al considerar que "no hay interés casacional".
El laberinto del responsable penal
Antes de presentar la demanda contra la Administración valenciana, Katia abre en 2013 la vía penal contra el doctor que la había tratado, Juan Carlos Vázquez, pero se sobresee en 2014 por falta de pruebas. Aún así el juez determina que, si en el futuro se aportan nuevos elementos de interés, la investigación podría volver a abrirse.
En febrero de 2019 el abogado de Katia aporta hasta cinco nuevas pruebas, entre las que se incluye un informe del Grupo Español de Neurorradiología Intervencionista (GENI) que relata cómo se deberían de haber realizado las intervenciones, y una respuesta de la farmacéutica del medicamento utilizado en las embolizaciones de Katia, en la que se señala que el producto no estaba indicado para ellas y que su uso era "responsabilidad del médico".
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El juzgado de instrucción decidió reabrir entonces la causa. La parte querellada señala que eso no era documentación nueva pero el juez lo rechaza, con el apoyo de un informe de la Fiscalía.
Los representantes jurídicos del doctor Vázquez recurrieron esta decisión en la Audiencia Provincial. Los magistrados consideraron que los elementos aportados no son "nuevos, sino reinterpretaciones de los anteriores", pero cometen un error y desestiman el recurso de la parte demandada.
Esto motiva un auto de aclaración en el que la Audiencia corrige el sentido de su resolución. El caso vuelve entonces a la situación de sobreseimiento provisional y archivo. En ningún momento se le ha tomado declaración a la afectada, como ella misma denuncia.
Finalmente, y tras intentarlo con el Constitucional, Katia ha tenido que recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para tratar de dar salida a un caso que lleva arrastrando desde hace más de una década sin una respuesta satisfactoria.