Ana Julia será juzgada por asesinato y contra la integridad moral
Ana Julia Quezada, autora confesa de la muerte violenta del niño de ocho años Gabriel Cruz en Níjar (Almería) en febrero, ha conocido este lunes que será enjuiciada por un jurado popular y que está procesada por la presunta comisión de delitos de asesinato y contra la integridad moral pero no por el delito de detención ilegal que hasta ahora se le imputaba.
Así lo ha anunciado a los medios de comunicación a las puertas de la Ciudad de la Justicia de Almería el juez instructor de la causa penal, el magistrado Rafael Soriano, quien ha precisado que se espera que la investigación en torno al crimen pueda estar concluida "a finales de año".
"Hoy se inicia la tramitación del procedimiento por la ley del jurado, que llevará su tiempo, y esperemos que, antes de fin de año, podamos tener completada la instrucción y se pase la causa a la Audiencia Provincial para enjuiciamiento", ha trasladado.
Si bien no ha precisado el juez el porqué del sobreseimiento del delito de detención ilegal por el que también estaba investigada Quezada, fuentes judiciales han detallado que este queda "subsumido" en el delito de asesinato. "Forma parte de la dinámica comisiva del asesinato coger a una persona de un sitio para llevarla a otro y matarla y, en este caso, no existe ese elemento de tener encerrado a alguien que exige la detención ilegal", ha explicado el abogado de la acusación particular, Paco Torres.
Así, durante la comparecencia en dependencias del Juzgado de Instrucción 5 de Almería, que no se ha prolongado más allá de una hora, Ana Julia Quezada ha conocido cuáles son los hechos que consideran acreditados las partes que están personadas en la causa al tiempo que se le ha informado de que tanto Ministerio Fiscal como acusaciones particular y popular le atribuyen el subtipo agravado del delito de asesinato previsto en el artículo 140 del Código Penal y penado con la prisión permanente revisable.
Mientras que la asociación 'Clara Campoamor' y los abogados de los padres del pequeño Gabriel sí consideran que, además, hay ensañamiento, la Fiscalía no lo aprecia así y solo estima, a priori, que existe alevosía.
Con respecto al comportamiento que mantuvo Ana Julia Quezada durante los 13 días en los que se mantuvo activo un amplío operativo de búsqueda del niño con respecto a Ángel Cruz y a Patricia Ramírez, el Ministerio Público considera que habría incurrido en dos delitos de lesiones psíquicas mientras que la acusación particular lo califica como dos delitos contra la integridad moral.
Cabe recordar que en el auto de ingreso en prisión, el juez instructor remarcó que la procesada "mantuvo el engaño" a lo largo de los días, "aumentándolo hasta el punto de colocar ella misma una camiseta del menor en el monte" para, así, poder "despistar a los agentes de la autoridad que practicaban la búsqueda" hasta encontrar el "momento de poder hacer desaparecer el cuerpo" del pequeño.
Según ha explicado una vez concluida la comparecencia a los periodistas su delegada en Andalucía, Patricia Catalina López, la asociación 'Clara Campoamor' sólo va a acusar por el presunto delito de asesinato, el cometido directamente sobre el menor, y no por el "daño moral" causado por Ana Julia Quezada a sus padres, "quienes --ha remarcado-- están perfectamente representados por sus abogados y el Ministerio Fiscal".
Prisión permanente revisable
López sí ha adelantado, tras precisar que encuadra la muerte violenta de Gabriel Cruz en los artículos 139.1, 139.2 y 140.1 del Código Penal, que va a interesar la pena de prisión permanente revisable para la única procesada. "Los hechos que presuntamente ha cometido son verdaderamente atroces y creemos que hay ensañamiento y, por supuesto, subtipo agravado", ha remarcado.
Por su parte, en declaraciones a los medios de comunicación, Francisco Torres, ha corroborado el encuadre de los hechos en el artículo 140.1 y ha confirmado que solicitarán la misma condena.
"Posicionarse en una u otra postura con respecto a la prisión permanente revisable es demencial. Nosotros pediremos la pena legal que hoy por hoy se establece para este supuesto en el que la víctima es un menor de 16 años y eso no quiere decir que a la vuelta de meses esto cambie. Hoy legalmente es esa la pena que hay que pedir", ha señalado.
Nuevas diligencias de prueba
Durante la comparecencia, las partes también ha solicitado las práctica de diligencias de prueba complementarias y, en el caso de la Fiscalía, ha reiterado su petición para que Ángel Cruz y Patricia Ramírez sean explorados para determinar las posibles secuelas que a nivel psicológico hallan podido quedar tras el proceso que han atravesado desde la desaparición de su hijo el 27 de febrero en Las Hortichuelas de Níjar (Almería) hasta el descubrimiento del cadáver el 11 de marzo.
Torres ha anunciado, en esta línea, que han interesado una pericial forense de parte "para poner en cuestión" la autopsia realizada por el Instituto de Medicina Legal (IML) y "avalar la tesis del ensañamiento". Ha revelado que, para ello, tiene que serles aportado el DVD del TAC realizado al cuerpo sin vida del pequeño, que fue exhumado a mediados de agosto para su incineración y trasladadas sus cenizas al mar.
"En una o dos semanas podrán estar las periciales médicas", ha trasladado para urgir celeridad a un procedimiento que, a su juicio, lleva "seis meses de retraso". "El 14 de marzo la Guardia Civil dijo en rueda de prensa que la investigación estaba concluida y han pasado seis meses innecesarios, tres para incinerar los restos mortales. Esperamos mayor velocidad a partir de ahora porque ya deberíamos estar discutiendo la composición del jurado", ha añadido.
De acuerdo con la Ley del Jurado Popular, las partes tienen aún plazo de cinco días para solicitar diligencias de prueba. A partir de ahí, el juez instructor deberá emitir un auto de apertura de juicio oral una vez que las diferentes partes personadas presenten sus escritos de acusación y defensa.
Posteriormente, las diligencias se remitirán a la Audiencia Provincial de Almería donde el magistrado-presidente del tribunal que resulte designado habrá de redactar un auto de hechos justiciables que recogerá los hechos por los que será juzgada la presunta autora de los mismos.
Indicios contra la presunta autora
El juez sostiene que "resulta presuntamente incuestionable la participación" de Quezada en la muerte del menor y asegura que de su comportamiento "se infiere una malvada voluntad dirigida especialmente a asegurar la comisión del crimen". Indica que, como parte de ese "macabro plan criminal", se intentó dotar de una coartada haciendo labores de pintura en la finca de Rodalquilar, en Níjar y que, además, "dio una falsa apariencia de preocupación por la desaparición y suerte del niño", al que se llevó "mediante engaño o promesa de devolverlo prontamente a jugar".
Apunta que Ana Julia Quezada "aprovechó un momento temporal en que sabía que iba a estar a solas con el niño", y destaca que enterró su cuerpo sin vida en un "hoyo que previamente había hecho con una pala" y luego quiso deshacerse del cadáver en un invernadero de acuerdo a las escuchas acordadas por el juzgado instructor y cuyo contenido está en una pieza separada.
"Las pruebas revelan, presuntamente, una falta de sentimientos y humanidad que ella misma ha calificado, que, de ser ciertas, serían de pura crueldad", concluye para remarcar las "abrumadoras pruebas contra ella" no solo "porque ella misma ha reconocido el luctuoso suceso" sino también por las intervenciones acordadas judicialmente y a las pruebas recopiladas por los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.