
Imagen de archivo de un aula de instituto. Shutterstock
Condenan a unos padres a pagar 42.000€ por las lesiones que causó su hijo a una compañera al golpearla con un tipex
La familia de la víctima también demandó a la Consejería de Educación, por falta de vigilancia de los profesores, pero el auto descarta cualquier negligencia.
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Unos padres tendrán que abonar más de 42.000 euros por las lesiones que causó su hijo a una compañera de clase al golpearla con un tipex. Así lo ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Se condena a los padres de un menor y a su aseguradora SegurCaixa Adeslas a indemnizar con exactamente 42.127,74 euros a una joven que perdió parcialmente la visión de un ojo tras recibir el impacto de un corrector de tinta (típex) durante una clase en un instituto público de la Comunidad, que en la sentencia no figura.
Hay que remontarse siete años atrás, en octubre de 2018, y cuando la afectada tenía 15 años. En un cambio de clase, un compañero agitó un típex, el objeto que se usa para eliminar fallos en la escritura, y salió disparado. Con tan mala suerte que impactó en el ojo de la chica. Esto le provocó lesiones graves, hasta el punto de que tuvieron que someterse a una intervención quirúrgica. Ahora tiene que usar siempre lentillas y problemas estéticos.
La familia de la víctima también demandó a la Consejería de Educación, por falta de vigilancia de los profesores, pero el auto descarta cualquier negligencia.
“Creemos que ante una clase de unos 24 alumnos, con una edad aproximada de 15 años, donde en el intercambio de clase tras finalizar un examen es notorio que se relajan las formalidades que hasta ese momento se suelen mantener de ordinario en ella, donde no hay signos previos de agresión, la interacción entre dos alumnos que no se llevan mal - pues bien al contrario consta en el expediente y en las declaraciones que mantenían una buena amistad - resulta imposible de controlar por un profesor”, asegura la sentencia.
La negligencia provocada por el adolescente tiene que se asumida por los padres, ya que el tribunal les convierte en responsables civiles subsidiarios junto con la aseguradora, aunque no impone costas procesales a ninguna de las partes
El tribunal rechaza, eso sí, los 50.000 euros solicitados por la pérdida de calidad de vida, por considerarlos no suficientemente justificados. La sentencia es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo o la propia Sala de Casación del TSJ de Castilla y León.