Suspendido 'sine die' el juicio por la descapitalización de dos empresas de Valladolid
El juicio contra cuatro los presuntos 'liquidadores' de dos de las más importantes empresas vallisoletanas de transporte de mercancías, H. de la Calle y Argach Buru, acusados de descapitalizar las mismas una vez adquiridas e incluso dejar de pagar a sus empleados, ha quedado definitamente suspendido este martes, 'sine die', con motivo de la grave enfermedad sufrida por uno de los letrados de la defensa.
La vista ya había sido suspendida, provisionalmente, este lunes por tal motivo pero la Audiencia de Valladolid había emplazado nuevamente a las partes este martes para comprobar si la indisposición del letrado almeriense de uno de los acusados no era lo suficientemente importante como para impedir que el juicio diera comienzo con un día de retraso.
Sin embargo, la Sección Cuarta de lo Penal se ha visto obligada finalmente a posponer el proceso judicial, que podría no celebrarse hasta 2021, tras conocer la grave enfermedad cardiaca que padece el defensor de Juan José S.M, uno de los cuatro encausados, según confirmaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Con carácter provisional, Fiscalía solicita para los cuatro encausados, Pedro M.R, su hijo Pedro M.P, Juan José S.M. y Santiago D.O, una pena global de nueve años de cárcel por un delito de alzamiento de bienes y otro de apropiación indebida, junto con el pago de una multa de 3.600 euros y el pago de indemnizaciones por importe global de 2.538.645 euros, con responsabilidad civil de Hernández Guerrero SL. y JET43 SL.
Como grandes artífices de que la causa haya salido adelante, también figuran como acusadores particulares dieciséis extrabajadores de las dos extintas mercantiles, con peticiones de hasta 16 años de prisión para Pedro M.R, así como de 14 para su hijo Pedro M.P. y Juan José S.M. y siete para Santiago D.O, e indemnizaciones por la diferencia entre las cantidades reconocidas en las distintas sentencias, tanto de despido, como de reclamación de cantidad, y las efectivamente percibidas, por cada uno de ellos, por parte del Fogasa.
El fiscal del caso y la acusación particular sostienen que los acusados, a través de la empresa Hernández Guerrero S.L, con domicilio social en Huelva, se hicieron en 2012 con la propiedad de dos de las más importantes mercantiles dedicadas al transporte de mercancías por carretera de Valladolid, H. de la Calle S.A. y Argach Buru S.A, de las que conocían sus problemas de endeudamiento y mala situación financiera, y procedieron a su vaciado de bienes y fondos.
Siempre según los acusadores, actuando de común acuerdo y siempre bajo el mandato de Pedro M.R, los acusados llevaron a cabo una sistemática salida de bienes y fondos tanto de la rama de actividad de H. de la Calle como de Transportes Argach Buru, sin que estuviera justificada dicha salida por relación de negocio alguna y en beneficio propio y de terceras personas o entidades mercantiles con las que mantenían algún tipo de interés.
En concreto, se procedió a la liquidación o venta de los vehículos con los que se realizaba la actividad de las dos sociedades, desconociéndose el destino final de gran parte de tales vehículos y del
dinero obtenido, al no haberse documentado tales operaciones.
Dichos vehículos han sido valorados pericialmente en la cantidad de 798.400 euros, los pertenecientes a H. de la calle, y en 1.720.645 euros los de Argach Buru. En algunos casos el precio de las ventas, o al
menos una parte, se destinó a sociedades estrechamente relacionadas con los acusados.
Con arreglo a la mecánica descrita, los acusados fueron disponiendo de la gran mayoría de vehículos, así como de los fondos de ambas sociedades--sin que se haya podido determinar de manera exacta hasta el momento el importe de estos últimos--, descapitalizando las mismas, sin dar continuidad a las actividades propias de éstas y asumiendo el hecho de dejar de atender sus obligaciones con sus acreedores, incluyendo
proveedores y los propios trabajadores que dejaron de percibir sus emolumentos al menos desde el mes de octubre de 2012.
La mercantil Hernández Guerrero SL, constituida por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 1979 y con sede en Molina de Segura (Murcia), fue adquirida en el mes de marzo de 2012 por los acusados Pedro M.R. y Juan José S.M, pasando a ser el segundo de ellos administrador único mientras que el primero, en virtud de un poder general, asumió el control de la misma, cuyo domicilio social fue trasladado a Bonares (Huelva).
Ambos adquirieron a posteriori las empresas de transporte de mercancías por carretera de Valladolid Hermanos de la Calle S.A. y Argach Buru S.A, en el primer caso en una operación que ascendió a 360.000 euros por la que se hicieron con 26 cabezas tractoras, 25 plataformas de transporte, así como los muebles y demás enseres de la oficina ubicada en la avenida del Euro s/n (edificio Centrolid), además del fondo de comercio consistente en los clientes y el personal de la empresa integrado por 26 trabajadores.
También adquirieron Argach Buru S.A, constituida en 1982 y, al igual que la anterior, en una delicada situación económica que había llevado a la huelga a sus trabajadores. La empresa contaba con un centenar de vehículos (cabezas tractoras, remolques y plataformas), y su domicilio social estaba fijado en la calle Fernández Ladreda núm. 17, en el polígono industrial Argales.
Indemnizaciones millonarias
Junto a las penas individuales de nueve años de cárcel para cada uno de los presuntos implicados por los delitos presuntamente cometidos, las indemnizaciones solicitadas superan los 2.538.000 euros.
En concreto, se interesa con carácter principal la nulidad de las transmisiones de vehículos que eran propiedad de H. de la Calle a los efectos de que los mismos puedan volver a integrar el patrimonio de dicha sociedad.
De manera subsidiaria, y para el supuesto de que lo anterior no pudiera llevarse a cabo, se pide que los acusados, de manera conjunta y solidaria, indemnicen en el valor de tales vehículos que se ha determinado en 798.400 euros. También indemnizarán de manera conjunta y solidaria a H. de la Calle en la cantidad que se determine en fase de ejecución de sentencia por el importe de los fondos ilícitamente distraídos de la sociedad.
Del mismo modo, la acusación pública solicita que los acusados indemnicen a Argach Buru con 1.720.645 euros, correspondiente al valor de la flota de vehículos que se hizo desaparecer de la sociedad.
Así mismo, la sociedad JET 43 SL debería restituir la cantidad de 20.000 euros a Argach Buru--a la masa del concurso--correspondientes a la cantidad que percibió como consecuencia de la transferencia
realizada el 22 de agosto de 2012 por la compra de varios vehículos.