Propiedad intelectual, el debate que no cesa
Con motivo del Día Mundial de la Propiedad Intelectual, cuatro expertos reflexionan sobre el estado de la cuestión y la reciente reforma de la LPI
24 abril, 2015 02:00Llevamos mucho tiempo debatiendo en España sobre la propiedad intelectual. Definirla, acotarla y encontrar un sistema justo y eficaz para proteger los derechos de los autores sin vulnerar otros derechos y libertades son tareas enormemente complicadas. El 30 de octubre de 2014, el Congreso aprobó, con los votos del PP únicamente, la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual elaborada por el Gobierno. Este paquete de medidas consiguió lo imposible: poner de acuerdo a las entidades de gestión de derechos de autor y a las asociaciones de internautas y los autodenominados "defensores de la cultura libre". Todos criticaron la reforma. Unos opinan que se queda corta o que no es efectiva; otros, que se pasa de rosca.
En cualquier caso, el Ministro de Cultura, José Ignacio Wert, anunció que la reforma - "Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual" es su nombre técnico- se trataba de un "remedio puntual" y que se elaboraría una segunda reforma más profunda, en el plazo de un año. Ahora nos encontramos, en teoría, a medio camino entre las dos y además el domingo se celebra el Día Mundial de la Propiedad Intelectual, así que aprovechamos para recapitular sobre la cuestión con cuatro expertos en la materia. De una parte tenemos a Carlos López Sánchez, secretario general de SGAE y abogado, especializado en propiedad intelectual desde hace 20 años; y Carlos Garriga, responsable de comunicación de la Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual (ADEPI), que integra a las ocho entidades de gestión colectiva de derechos de autor más importantes del país. Enfrente tienen a Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, que lucha por la neutralidad política, económica y jurídica de Internet; y el abogado David Maeztu, especializado en derechos de autor y el mundo digital.
1. ¿Era necesaria la reforma de la LPI?
"El marco legal para la protección de la propiedad intelectual ya estaba bastante definido y claro", opina Maeztu. Según el abogado, "sólo había que retocar algunos detallitos" y opina que para ello no hace falta ninguna reforma, así que considera innecesaria tanto la del año pasado como la que está por venir.
Carlos López destaca insistentemente que "hay que ser prudente a la hora de lesgislar". Piensa que la reforma de la LPI ha sido "precipitada", teniendo en cuenta que la Unión Europea había dado de margen hasta abril de 2016 para que los estados miembros adaptaran sus leyes a su directiva relacionada con las entidades de gestión colectiva de derechos de autor. Por tanto, le habría gustado una mayor reflexión y consenso a la hora de redactar esta reforma.
Para Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, "la reforma es un parche, ya que dentro de unos meses saldrá una directiva europea que muy probablemente no coincidirá con la actual Ley de Propiedad Intelectual española y habrá que reformarla de nuevo". Lo peor de esta reforma, advierte, es que "institucionaliza el canon digital, criminaliza el enlace, restringe el derecho a la copia privada e intenta implantar la fallida tasa Google. De hecho, esta reforma ha creado una inseguridad jurídica que pone en peligro la innovación y el desarrolo de la Sociedad de la Información en España".
Según Garriga, "la reforma reduce injusta e injustificadamente las rentas de artistas, autores, editores y productores, destruye empleo y castiga nuestra expansión cultural en el exterior al romper los acuerdos de reciprocidad con los creadores de todo el mundo, cuyos derechos están ahora peor protegidos en España".
2. Compensación por copia privada
El canon digital, el gravamen de los dispositivos que permiten realizar copias de obras protegidas por derechos de autor, fue derogado por el actual Gobierno pocos días después de llegar al poder. Desde el 1 de enero de 2012, la compensación económica a los autores por las posibles copias privadas -amparadas por ley- de sus trabajos se realiza con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. "El cambio solo favorece a los fabricantes de teléfonos, tabletas y reproductores multimedia", denuncia Garriga y asegura que España es el único país de nuestro entorno que emplea dinero público para compensar a los autores.
En 2011, último año del canon digital, las entidades de gestión de derechos de autor percibieron por este concepto más de 100 millones de euros. Al año siguiente, con el nuevo sistema, esa cuantía se redujo drásticamente a 8 millones de euros, y en los dos años sucesivos, a 5. "La ridícula cantidad asignada, además de despojar de sus ingresos a los titulares de los derechos, ha impedido que las entidades de gestión mantengan sus programas de educación, formación, circuitos de actuación, asistencia social, sociosanitaria y de promoción de nuestra cultura en España y en el extranjero", señala el responsable de comunicación de ADEPI, ya que el 20% de lo que se recaudaba con la compensación por copia privada se destinaba por ley a estos fines.
Con la reforma, el Gobierno ha disminuido los supuestos en los que es lícita la copia privada y, para muchos, se trata de una artimaña para justificar la reducción de esta compensación. En otras palabras: si el usuario ya no está autorizado a realizar tantas copias como antes, es lógico que el Gobierno pague una menor compensación a los autores.
El secretario general de SGAE recuerda que el canon digital se consideraba una medida injusta porque pagaban justos -los que no realizan copias con los dispositivos adquiridos- por pecadores. "Que alguien me explique si no es más discriminatorio aún que ahora lo paguen todos los contribuyentes", critica López. Antes de la aprobación definitiva de la reforma, el Tribunal Supremo preguntó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si el nuevo sistema -y el hecho de que tenga un máximo marcado por los presupuestos de cada año- se ajusta a la normativa europea o no. El TJUE aún no se ha pronunciado.
Aunque es muy difícil encontrar un modelo justo para la compensación por copia privada, para Maeztu el mejor sería el que propone el fundador del movimiento por el software libre: "Incluso Richard Stallman, una persona poco sospechosa de defender a las empresas de telecomunicación, opina que el canon habría que pagarse con cargo a las conexiones de internet. También pagarían justos por pecadores, pero es la forma menos injusta para restablecer un equilibrio entre usuarios y autores".
El presidente de la Asociación de Internautas es más radical: "El sistema más razonable sería pagar la compensación por copia privada al comprar la original". Desde SGAE y ADEPI, sin embargo, consideran que lo "menos malo" era el sistema "tradicional", la aplicación de tasas a fabricantes e importadores de equipos, dispositivos y soportes.
3. Entidades de gestión: ventanilla única y transparencia
Aumentar el control y la transparencia de las entidades de gestión de derechos de autor es uno de los principales objetivos de la última reforma de la LPI. Por este motivo, la nueva norma impone que todas las entidades de este tipo converjan en una "ventanilla única" desde la que atender a sus usuarios. Es decir, centralizar sus servicios de manera que aquéllos tengan un único interlocutor con el que tratar. La reforma establece que esta ventanilla única ha de estar perfilada para el mes de mayo. De lo contrario, la Comisión de la Propiedad Intelectual tomará las riendas del asunto. SGAE duda de la efectividad de la nueva medida y recuerda que 50 parlamentarios del grupo socialista presentaron recientemente un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, ya que la obligatoriedad de la ventanilla única podría vulnerar la libertad de asociación.
En cuanto a la transparencia exigible a las entidades de gestión, López cree que son todo lo transparentes que han de ser, ya que no son organismos públicos, aunque su potestad para gestionar los derechos de propiedad intelectual provenga del Ministerio de Cultura. "No olvidemos que las entidades de gestión son personas jurídicas de derecho privado. Tienen sus propias formas de gobierno y control interno, y una asamblea de socios que se reúne como mínimo una vez al año para refrendar o sancionar la gestión de la directiva y aprobar las cuentas del ejercicio anterior".
4. Persecución de la piratería
Acerca de la persecución por parte de las autoridades de los sitios web que proporcionan enlaces a contenidos protegidos por derechos de autor alojados en otras webs o compartidos por usuarios en redes P2P, Maeztu emplea la siguiente comparación: "Si yo te digo la ubicación exacta de Mein Kampf en una biblioteca de Alemania, donde está prohibido, ¿acaso tengo yo la culpa de que el libro esté allí? Es más que discutible". En la misma línea, Domingo opina: "Desgraciadamente, hay quienes piensan que compartir el acceso al conocimiento es piratería aunque no haya ánimo de lucro. Es muy difícil combatir algo que no está correctamente definido".
A raíz de este debate, algunas sentencias judiciales están cambiando la definición y delimitación del concepto de comunicación pública, algo con lo que Maeztu no comulga. "Estos cambios no se están produciendo por razones exclusivamente jurídicas, sino por stisfacer a un lobby", asegura. No obstante, reconoce que estas medidas se toman para intentar frenar la "impunidad" con la que actúan los piratas, pero lamenta que choquen con derechos fundamentales como la privacidad.
Además, el abogado recuerda la filtración de "Sonyleaks" de hace pocos días, según la cual el responsable de antipiratería de Sony Pictures reconocía en un email que, en su opinión, los informes sobre piratería están elaborados con metodologías poco fiables.
En cualquier caso, desde que entró en vigor la reforma de Wert, las multas pueden llegar a los 600.000 euros para los sitios web que no hagan caso a los requerimientos de la Sala Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual, encargada de castigar a los infractores. Para Maeztu, las nuevas sanciones son desproporcionadas: "El problema, más que legal, es jurídico, ya que temas civiles se han querido llevar por lo penal. Antes se perseguía a los infractores con coche de policía, y ahora con tanques", ironiza el abogado. En cambio, las entidades de gestión no dejan de denunciar la ineficacia de la comisión y la demora con la que atiende las denuncias.
5. Tasa Google
La reforma de la LPI también ha introducido el llamado canon AEDE o tasa Google, que obliga a los agregadores de internet (como Google News o Menéame, que permiten buscar noticias publicadas en diferentes medios, ofreciendo los titulares y un breve extracto, así como el enlace a dicho contenido) a compensar económicamente a los medios editores de los artículos. "Es una propuesta absurda", opina Maeztu. "El Gobierno pretendía recaudar dinero de las telecos para determinados medios de comunicación, pero no lo ha conseguido".
Google, por no discutir, ha capado su sección de Noticias, que sigue funcionando a medias. Los enlaces a informaciones publicadas por los medios siguen apareciendo, solo que estos ya sólo van acompañados del titular y un extracto mucho más breve que antes. Y también ha eliminado la opción "Ver la noticia en otros medios", que permitía acceder a una lista de titulares y enlaces a los medios que habían informado de la misma noticia. Por supuesto, las noticias siguen apareciendo en el buscador general, con los mismos criterios de jerarquización de resultados que cualquier otro contenido. Asunto resuelto para Google, sin muchas complicaciones. "Y de otros agregadores de noticias modestos como Menéame no van a sacar todo el dinero que esperaban sacar de Google", explica el abogado.
6. En definitiva, ¿está bien protegida la propiedad intelectual en España?
López: "Una cosa es la teoría y otra, la práctica. Esta reforma tiene defectos, pero en cualquier caso su éxito habrá que juzgarlo en función de su efectividad. Si no se cumple, no habrá un nivel de protección de la propiedad intelectual aceptable".
Maeztu: "Creo que sí, hay mecanismos suficientes para la mayoría de los problemas y criterios interpretativos para los nuevos que van surgiendo. La ley es una herramienta reactiva, es decir: no puede adelantarse a los problemas". Según el abogado, plataformas como Spotify y la televisión de pago están contribuyendo a que se reduzca la piratería. "A partir de aquí, la situación mejorará", confía.
Domingo: "Hasta ahora hemos tenido que preocuparnos en la Asociación de Intenautas de evitar que el legislador viole derechos fundamentales con la excusa de defender los derechos de autor. Es necesario un amplio y profundo debate que permita conjugar los derechos de autor en este nuevo mundo digital. Y hasta ahora no ha habido voluntad política para ello. Se ha hecho más hincapié en preservar los intereses comerciales de los intermediarios que a los derechos de autor".
Garriga: "Algunas cuestiones han mejorado pero queda mucho camino por recorrer. Las últimas resoluciones confirman que la Justicia es consciente de la necesidad de actuar con contundencia para frenar la competencia desleal que supone la piratería para miles de pequeñas empresas y profesionales a los que condena a la precariedad de forma muy injusta, porque la causa no es la mayor o menor aceptación de su trabajo sino que otros lo exploten sin su permiso. Pero también es necesario explicar más y mejor, sobre todo a los más jóvenes, por qué la piratería nos perjudica a todos. Los talleres educativos para promover la concienciación de los menores sobre el valor del respeto a la propiedad intelectual que ha puesto en marcha la Coalición de creadores son un buen ejemplo de esa otra línea de trabajo tan importante".