Toledo reserva 285.394 euros para expropiar el terreno que ocupa el parking de Azarquiel
El Ayuntamiento de la capital inició en 2023 un procedimiento expropiatorio tras una sentencia que le obliga a restituir la posesión de la parcela a sus propietarios después de incumplir la administración local los convenios urbanísticos firmados en 2015 y 2018.
21 abril, 2024 09:20Poco más de 285.000 euros. Esta es la suma de dinero que el Ayuntamiento de Toledo ofrece por los cerca de 19.000 metros cuadrados de terreno que ocupa el aparcamiento disuasorio de Azarquiel, que son propiedad de Inversiones Doalca y sobre los que se ha iniciado un procedimiento expropiatorio por razones de utilidad pública. El asunto llega este lunes a la Comisión de Hacienda antes de ser elevado al Pleno del próximo jueves ya que la reserva del dinero supone la aprobación de una modificación de crédito con cargo al actual remanente de Tesorería. La operación cuenta con la conformidad del Interventor, aunque con observaciones ya que supone un gasto no previsto en los presupuestos de 2024 que implica una reducción de los márgenes de la capacidad financiera del Consistorio al abonarse con los remanentes de Tesorería.
“La cantidad que Inversiones Doalca pide al Ayuntamiento es muy superior a la que llega a la Comisión de Hacienda. Es exorbitante”, reconoce el concejal de Planeamiento, Florentino Delgado, que recuerda que, en el caso que no haya acuerdo, el justiprecio quedará en manos del Jurado de Expropiación Forzosa en primer término y en los juzgados de lo Contencioso si no se acepta la valoración de este órgano colegiado dependiente de la Administración General del Estado. Las diferencias de partida son abultadas puesto que la Propiedad entiende que la indemnización debe superar las seis cifras.
El Ayuntamiento de Toledo se ha visto obligado a intentar ‘municipalizar’ los terrenos para evitar la clausura del aparcamiento que a diario utilizan cientos de toledanos dada su ubicación estratégica -junto a la estación de tren y el remonte de Safont- y su carácter gratuito. Y es que en casi una década los sucesivos equipos de Gobierno han sido incapaces de cumplir con el convenio urbanístico firmado con la Propiedad en febrero de 2015 y renovado posteriormente en abril de 2018. Este último acuerdo establecía el plazo de dos y cuatro años respectivamente para la aprobación inicial y definitiva del nuevo Plan de Ordenación Municipal en el que debía asignarse un aprovechamiento urbanístico a la parcela en la que se habilitó el aparcamiento de 0,62 unidades de aprovechamiento por metro cuadrado. Estos derechos urbanísticos debían incorporarse al Plan Parcial Huerta del Rey (PP-5) o a cualquier otro suelo urbanizable si el futuro ordenamiento urbanístico finalmente no concedía edificabilidad al citado Plan Parcial.
Incumplimiento de plazos
En caso de incumplimiento de los plazos, como ha terminado por suceder, el convenio preveía la devolución de la posesión y plena disponibilidad de la parcela a la Propiedad. Es decir, desde abril de 2020, el Ayuntamiento se ha convertido en el ocupa de una parcela sobre la que no tiene ningún derecho. Así quedó constancia en una sentencia del Juzgado de los Contencioso Administrativo número 3 de Toledo fechada en septiembre de 2022, que estimó el recurso presentado por Inversiones Doalca Socimi, en la que condenaba a restituir la posesión del solar a los demandantes, la familia Araoz, en el estado en el que se encontrara. Ante la inacción municipal, el 24 de enero el mismo juzgado dirige una providencia al Ayuntamiento de Toledo por la que requiere a la administración local a que manifieste se ha cumplido con la sentencia o explique los motivos que se lo estaban impidiendo.
Tras esta resolución judicial y para evitar las consecuencias de lo sucedido por retrasar el cumplimiento de la sentencia de la colección Luis Alba, el anterior equipo de Gobierno iniciaba una semana más tarde, el 1 de febrero de 2023, el procedimiento expropiatorio con el fin de ejecutar la sentencia. En esa fecha el Ayuntamiento argumentó la necesidad de ocupar la parcela al considerar que el “aparcamiento de Azarquiel ha solucionado en gran medida el problema del estacionamiento de la zona de la estación del AVE y ha contribuido a facilitar las comunicaciones de la ciudad”.
Un año después, y tras dar audiencia a la propiedad, el procedimiento no parece que vaya a tener una solución pactada, porque Inversiones Doalca discrepa del Ayuntamiento en varios puntos que son fundamentales para calcular el montante de la indemnización. De hecho, las posturas están en la actualidad muy alejadas.
Superficie a expropiar
Uno de los desencuentros se refiere a la superficie que hay que expropiar. Los propietarios recuerdan que la finca tiene una superficie real de 31.575,45 metros cuadrados y nos los 18.059 metros cuadrados que aparecen como superficie catastral de la parcela que se pretende expropiar y que ocupa el aparcamiento. Inversiones Doalca argumenta que hay que llevar a cabo una expropiación completa de la finca ya que en virtud del Plan General Vigente toda ella tiene la calificación de “espacio libre no edificable y no es susceptible de participar en proceso reparcelatorio alguno, al no estar adscrita a espacio alguno dentro del Plan Especial del Casco.
En este sentido, subraya que la “conservación de la parte restante resulta antieconómica al no poder obtener ninguna utilidad a lo que hay que añadir que la configuración irregular de la parte restante hace inviable cualquier rendimiento urbanístico o agrario de la propiedad". Finalmente exponen que “la expropiación total de la parcela es una exigencia impuesta por el interés público conectado con la ejecución del planeamiento.
Asimismo, El Ayuntamiento de Toledo discrepa en la calificación de la parcela, clave en la valoración a efectos expropiatorios. Mientras que la Inversiones Doalca argumenta que se trata de suelo urbano consolidado, el Ayuntamiento sostiene que en virtud del PECHT que se trata de un espacio libre público no edificable asimilable a una zona verde. El Consistorio recuerda a la propiedad que “no puede considerarse la parcela suelo urbano consolidado puesto que los terrenos no cuentan con la condición de solar al no estar conectados ni a la red de abastecimiento de agua ni de saneamiento y no estar integrados en la malla urbana”.