El decreto de Sánchez para incluir a Iglesias en el CNI puede ser recurrido ante el Constitucional
Las fuentes jurídicas consultadas aseguran que el decreto no cumple con los dos requisitos que marcan este tipo de ley.
19 marzo, 2020 02:39Noticias relacionadas
La decisión de Gobierno de usar el decreto ley sobre el coronavirus para incluir al vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, en la comisión del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) puede ser recurrido ante el Tribunal Constitucional al no cumplir con los requisitos de este tipo de articulado legal.
El profesor de Derecho Procesal Penal de la Universidad a Distancia de Madrid, Fernando Rodríguez, explica a EL ESPAÑOL que no ve "fundamento jurídico a lo que ha hecho el Gobierno", y que podría ser un "parche" para sortear el recurso que presentó la oposición la primera vez que Pedro Sánchez intentó añadir a Iglesias en dicha comisión a través del decreto publicado en el BOE el pasado 25 de febrero.
El decreto ley debe cumplir dos requisitos que marca la Constitución: que sea de extraordinaria y urgente necesidad y que no puede regular materias que estén relacionadas con derechos fundamentales.
De acuerdo con Rodríguez, la modificación de la Ley del CNI a través de este decreto "no encaja en ninguno de los dos supuestos". "Hay viabilidad para presentar un recurso de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional".
Recurso de inconstitucionalidad
Para recurrir la normativa, se requiere de un grupo de 50 diputados o senadores, o bien el Defensor del Pueblo puede elevarlo al tribunal.
Cuando el presidente del gobierno hizo el primer decreto para incorporar a su vicepresidente segundo en la comisión del CNI, Vox, PP y el Partido Laócrata lo recurrieron al haber incurrido en el error de incluir a Iglesias sin cambiar previamente la ley ordinaria que regula el CNI y que establece que ha de haber un solo vicepresidente. En el caso en concreto, corresponde a Carmen Calvo.
Los recurrentes "fueron al contencioso del Supremo -añade el profesor en Derecho Procesal Penal-, pero el nuevo decreto se podría recurrir por inconstitucionalidad al no cumplir los requisitos de extraordinaria y urgente necesidad y de derechos fundamentales".
A través de la disposición final segunda de un decreto económico previsto para afrontar el coronavirus, Sánchez modifica el artículo 6 de la Ley reguladora del CNI para poder añadir a su vicepresidente segundo así como otros dirigentes de su confianza y su jefe de Gabinete, Iván Redondo, y tumbar la limitación de un solo vicepresidente, como estipula la ley vigente.
La modificación aprobada en el Consejo de Ministros significa formar parte de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia, que es el órgano que controla el seguimiento de los objetivos y la información del CNI, además de encargarse de la coordinación de los servicios de inteligencia y los servicios de información de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Vigencia de 30 días
El decreto Ley tiene una vigencia de 30 días para que el Congreso de los Diputados se pronuncie a favor o en contra.
El Gobierno de Sánchez cuenta con la mayoría parlamentaria para que se apruebe la medida e Iglesias pueda tener acceso a la comisión que supervisa los documentos secretos de Estado.
En este caso, solo cabría presentar un recurso de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional.