Alberto Rodríguez, en el Congreso de los Diputados.

Alberto Rodríguez, en el Congreso de los Diputados. Efe

Política 23-J

Alberto Rodríguez será diputado sólo 585 días para denunciar el "secuestro" de su escaño en 2021

En octubre de 2021, Meritxell Batet le retiró su acta de diputado después de que fuese condenado por el Supremo por agredir a un policía.

22 junio, 2023 19:17
Javier Corbacho Luis Casal

El exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez ha anunciado este jueves que, si resulta elegido el próximo 23-J como número 1 de Sumar por Tenerife, sólo será miembro del Congreso durante 585 días. El exsecretario de Organización de la formación morada abandonó en 2021 el que era su partido tras ser condenado por el Tribunal Supremo por haber agredido a un policía en 2014. La presidenta de la Cámara Baja, Meritxell Batet, le retiró el escaño por esos hechos.

¿Por qué sólo será diputado 585 días? "Es justo el tiempo que duró el robo y secuestro del escaño de los más de 64.000 canarias y canarios que me votaron en la legislatura pasada", ha explicado Rodríguez esta mañana. "Cuando ese período termine y si la ciudadanía canaria así lo decide, ocupará ese escaño Carmen Pestano", ha añadido.

En octubre de 2021, la socialista Meritxell Batet, retiró el acta de diputado a Rodríguez. El motivo fue la condena que le había impuesto el Supremo, unos días antes, por un delito de atentado a la autoridad. Aquella decisión provocó la primera gran crisis entre los socios de Gobierno en el hemiciclo y, a la postre, la renuncia del diputado de su cargo en Unidas Podemos por considerar que su partido le había utilizado.

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En octubre de 2022, coincidiendo con el aniversario de su escaño vacío, Rodríguez lanzó por sorpresa Drago Verdes Canarias (entonces, Proyecto Drago), un nuevo partido político "de obediencia canaria" para presentarse a las elecciones del 28-M. Entre sus filas se encontraba Héctor Morán, uno de los asesores de máxima confianza de Yolanda Díaz. Se pagaba poco que acabaría en Sumar, como acabó sucediendo.

Ahora, bajo nuevas siglas y ninguna cuenta pendiente con la Justicia, Rodríguez es libre de presentarse a las listas para el Congreso. Ya lo hizo en solitario en mayo, pero no logró representación.

La condena

Los jueces del Supremo concluyeron que Alberto Rodríguez agredió a un policía durante una manifestación, celebrada en 2014 en La Laguna (Tenerife), que protestaba contra la visita a la localidad del ministro del PP José Ignacio Wert, entonces titular de Educación.

Además de la de prisión —que el Supremo sustituyó, a efectos de ejecución, por una multa de 540 euros, que Rodríguez abonó—, la Sala de lo Penal le impuso otra pena, de carácter accesorio: la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo. Es decir, para el derecho a ser elegido para un cargo público durante el mismo tiempo de la anterior condena (mes y medio).

En base a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), Batet le retiró el acta a Rodríguez, lo que abrió un hondo conflicto entre PSOE y Unidas Podemos. Este último partido amagó, incluso, con interponer una querella contra la presidenta de la Cámara Baja. Finalmente, no la presentó.

La LOREG establece en su artículo 6 que son "inelegibles" para un cargo representativo "los condenados por sentencia firme" a una pena de cárcel durante el mismo periodo que dure esta.

Y añade que "las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad", lo que provoca, por tanto, que una condena a equis tiempo de cárcel —cualquier duración, ya que la Ley Electoral no distingue— sea incompatible con el ejercicio de un cargo electo, como es el de diputado.

Tal y como publicó EL ESPAÑOL, la candidata de Podemos Canarias que seguía a Alberto Rodríguez en la papeleta electoral renunció a ocupar el escaño vacío y la siguiente ni siquiera se pronunció. La Junta Electoral Central tampoco puede imponer plazos ni obligar a ningún candidato a manifestarse. De esta forma, se creó una situación excepcional, de la que no existen precedentes jurídicos.

Ahora, el Tribunal Constitucional estudiará la retirada del escaño a Rodríguez, tras haber admitido a trámite su recurso. Se trata, como admitió el TC, de un asunto de "especial transcendencia constitucional", ya que tampoco existen precedentes.

Y, aunque reconoció que su condena se basó en una "prueba de cargo válida", la Fiscalía del Constitucional se mostró a favor de que el máximo intérprete de la Carta Magna dé amparo a Rodríguez en aquella época, conocido como El Rastas de Podemos—, abriendo la puerta a que se reconozca que sus derechos fueron vulnerados al privarle del escaño. No obstante, el tribunal de garantías no abordará este asunto hasta pasadas las elecciones generales del próximo 23 de julio.