La juez de Madrid Rosa Freire ha inadmitido a trámite los incidentes de recusación planteados por el Partido Popular contra ella para apartarla de la investigación en la causa que se investiga la destrucción de los ordenadores del extesorero de partido, Luis Bárcenas, teledirigido desde la sede de la formación presidida por Mariano Rajoy.
En un auto, la titular del Jugado de Instrucción número 32 de Madrid directamente inadmite a trámite el incidente de recusación planteado al intentarla vincularla de alguna forma con el PSOE e intentar demostrar su falta de imparcialidad en la investigación.
"Que la instructora haya sido propuesta para ocupar una determinada vacante en la Audiencia Nacional por un exparlamentario del PSOE y que, además, el PSOE la escogiera como portavoz en el debate parlamentario originado en torno a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, constituyen dos datos que, en conjunción, ponen de manifiesto una relación más que evidente con el principal adversario político del PP", recogía el escrito de recusación.
"Instrumento de mentes privilegiadas"
En el auto, la juez señala que el PP sostiene que ella se ha convertido en un “eficaz instrumento de la acción política del PSOE. “Desconozco si esto significa a ojos del recusante que soy extraordinariamente inteligente o que, por el contrario, soy un instrumento en manos de mentes privilegiadas, seguramente masculinas”, señala la magistrada.
A su entender, no se cumple ninguna de los requisitos para la admisión a trámite de la recusación y por tanto debe ser inadmitida. Según fuentes jurídicas, el PP recurrirá la decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid.
El partido planteó una recusación después de que Freire dictara el auto de transformación en procedimiento abreviado -el paso previo a la apertura del juicio oral- contra el PP y varios trabajadores del partido por entregar al juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz los dos ordenadores que había utilizado Bárcenas con los discos duros destruidos, en la causa que se investigaba la presunta financiación ilegal del partido. Ruz remitió los hechos a los madrileños juzgados de Plaza de Castilla al ver indicios de la existencia de un delito de daños informáticos y otro de encubrimiento al haber destruido el contenido de los ordenadores del extsorero a sabiendas que había una investigación judicial sobre la caja b que manejaba éste.
El PP considera que la magistrada fue propuesta por el exparlamentario del PSOE y vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a propuesta de este partido, Álvaro Cuesta, para ocupar una plaza en la Audiencia Nacional. Entiende además que la juez "mantiene una evidente relación con el señor Cuesta Martínez, con quien coincide regularmente en distintos eventos y ponencias”, según pudo tener conocimiento recientemente a través de algún medio de comunicación.
"Ni serio ni riguroso"
Ante estas afirmaciones, la instructora niega tales hechos y asegura que no tiene ninguna vinculación “ni evidente ni profunda” con Cuesta, sino que ella se presentó a una plaza bajo un concurso como lo hicieron otros candidatos.
“Frente a la publicidad y transparencia de mi actividad profesional, no puede apoyarse el partido recusante en que no tuvo conocimiento, como pretende, hasta las tertulias de determinados medios de televisión durante el mes de agosto. Sostener esto sería tanto como dejar en manos de Eduardo Inda -periodista-, que mediante su oficio de tertuliano habitual, opinando lo que le parece, pudiese determinar el 'dies a quo' para el ejercicio de una acción de recusación que, como bien sabe el recusante, afecta directamente a una garantía de independencia y de protección del ejercicio de la función jurisdiccional, cual es el derecho al juez natural, el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley. Esto no sería serio ni riguroso”, afirma en la resolución.
La titular del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid explica que la recusación debe plantearse desde el momento que la parte tiene conocimiento de algún dato que ponga en duda la imparcialidad del magistrado. Así, explica que desde que el pasado 20 de enero la Audiencia Provincial de Madrid reabrió la causa por la destrucción de los ordenadores -archivada por su Juzgado previamente-, ni el PP ni ninguno de los investigados pusieron de manifiesto en ningún momento que hubiesen recibido un trato inadecuado o sesgado por parte de la instructora.
“De todo lo cual parece que se puede derivar que el PP esperó a conocer el resultado de la resolución que resolviese su solicitud de sobreseimiento para hacer valor, caso que no fuese favorable a sus pretensiones, no sólo a través de una legítima actividad impugnatoria, otras estrategias derivadas de la información pública y accesible sobre la instructora de la que ya disponía”, recoge la resolución judicial.
La fuente de información es el PP
Según la instructora, el PP sabía la información de que ella había optado a la plaza de la Audiencia Nacional pero en su momento no le pareció motivo de recusación. Sin embargo, después de que la causa no se haya archivado sino que la juez haya decidido continuar con el procedimiento, el partido se basa en noticias de prensa publicadas después de su resolución para alegar que acababa de tener conocimiento de su conexión con el vocal del CGPJ a propuesta del PSOE, Álvaro Cuesta.
Sin embargo, la juez destaca que el periodista de la información en la que se basa el PP para plantar la información habla de “fuentes del PP”, concretamente el periodista dice que fuentes de los servicios jurídicos “se están planteando ahora recusar a la magistrada, al considerar que está contaminada por instruir esta causa por ser afín a las posiciones políticas del PSOE”.
Es decir -recoge la juez-, “la fuente de información es el PP y no al revés como pretende. Y fue sin duda el auto de julio en el que se desestimó su petición de sobreseimiento, y se acordó abrir la fase intermedia contra él, por un delito de daños informáticos, lo que determinó a plantear la recusación en base a las informaciones de las que ya disponía, y que no hubiera hecho valer de ser otro el sentido de la resolución”.
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