El Supremo rechaza paralizar los trámites para la exhumación de Franco
- Lo Contencioso-Administrativo desestima la medida cautelar de suspensión del proceso para sacarlo del Valle de los Caídos, como pedía la familia.
- La paralización podrá volver a ser solicitada cuando el Gobierno acuerde la ejecución del desenterramiento.
- El Supremo admite un recurso de la familia contra la exhumación de Franco y estudia paralizarla
El Gobierno de Pedro Sánchez ha superado la primera prueba de fuego del proceso de exhumación de Franco del Valle de los Caídos, lugar en el que fue enterrado el 23 de noviembre de 1975. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha acordado este lunes desestimar la petición de los nietos de Franco de que se paralice el proceso para el desenterramiento del exjefe del Estado, proceso que se encuentra en este momento en la fase de los trámites administrativos necesarios para poder sacar los restos de la cripta de la basílica.
En concreto, la familia Franco tiene recurrido ante el Tribunal Supremo el acuerdo tomado por el Consejo de Ministros el pasado 8 de noviembre por el que se adoptaron varias medidas tendentes a la ejecución de la exhumación. Una de ellas fue remitir al Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial el proyecto necesario para llevar a cabo el desenterramiento con el fin de que se tramite de conformidad con lo previsto en la Ley del Suelo y Rehabilitación urbana.
Otra de las medidas acordadas fue solicitar a la Dirección General de Salud pública de la Comunidad de Madrid, competente en materia de sanidad mortuoria, un informe no vinculante sobre el proyecto de exhumación. La citada dirección general ya ha contestado que la exhumación de los restos de Franco"no está sometida a ningún requisito administrativo sanitario", al haber transcurrido más de cinco años desde el enterramiento.
El Gobierno, finalmente, ordenó a la ministra de Justicia, Dolores Delgado, que promueva las actuaciones oportunas para el acceso a la basílica del Valle de los Caídos para efectuar la exhumación.
El Supremo ha considerado que todos esos actos son de mero trámite y no conllevan ningún perjuicio irreparable, por lo que ha estimado improcedente paralizar en este momento el procedimiento de exhumación.
Evitar hechos consumados
La posibilidad de volver a instar la suspensión de ese procedimiento sigue abierta para el momento en el que se vayan a producir actos de ejecución del desenterramiento, por lo que la decisión de este lunes no cierra la puerta a que el Supremo debata de nuevo en el futuro la paralización de la exhumación de Franco si la familia lo pide.
El Supremo advierte, en este sentido, al Gobierno de que cuando vaya a proceder a la ejecución de la exhumación debe dar la oportunidad a los interesados de recurrirlo y de pedir la medida cautelar de suspensión para que el tribunal pueda garantizar una tutela efectiva. Se trata, señalaron fuentes de la Sala, de evitar hechos consumados.
Por el momento, la Sala de lo Contencioso-Administrativo tiene admitido a trámite el recurso interpuesto por el letrado Luis Felipe Utrera-Molina contra el acuerdo del Gobierno del 8 de noviembre.
La demanda se refiere a las "irregularidades ya producidas en el marco del procedimiento de exhumación que, debiendo tener carácter colectivo respecto de todos aquellos inhumados en el Valle de los Caídos que no hubieran fallecido a consecuencia de la Guerra Civil, tan solo se ha incoado respecto de los restos mortales de Francisco Franco".
Ello pone en evidencia, afirma el letrado, "la existencia de una disposición de caso único que afecta al derecho a la intimidad personal y familiar de los recurrentes reconocido en el artículo 18 de la Constitución Española y en el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, toda vez que los recurrentes han manifestado de forma unánime su frontal oposición a la exhumación de los restos de su abuelo".
"La familia Franco", señala la defensa, "solicita el amparo de los tribunales de justicia ante los reiterados anuncios por parte de miembros del Gobierno de una inminente exhumación sin que ni siquiera se haya tramitado en su totalidad el procedimiento administrativo establecido por el real decreto-ley" aprobado por el Gobierno el 24 de agosto.