Una querella contra Ione Belarra obliga a la Sala Penal a llamar a un juez de la Civil por falta de jueces
En una medida insólita, un magistrado de la Sala Primera tendrá que completar el tribunal que decidirá si abre una causa penal a la ministra.
24 enero, 2022 02:52Noticias relacionadas
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha tenido que acudir a la Sala Civil para poder conformar el tribunal que decidirá si abre una causa penal a la ministra de Asuntos Sociales Ione Belarra, por presuntos delitos de calumnias.
Es una decisión insólita -aunque prevista en las normas de funcionamiento del alto tribunal que aprueba la Sala de Gobierno- ante la falta de un número suficiente de jueces de la Sala Penal que no hayan tenido ninguna vinculación con el asunto.
La Fundación Foro Libertad y Alternativa, constituida el pasado mayo por el filósofo Fernando Savater, políticos como Jaime Mayor Oreja, María San Gil y Alejo Vidal-Quadras o la cantante Ainhoa Arteta, entre otros, presentó una querella contra Belarra después de que la ministra y secretaria general de Unidas Podemos acusara de prevaricación a los jueces de la Sala Penal que condenaron al exdiputado Alberto Rodríguez y éste perdiera su escaño.
Alberto Rodriguez fue condenado a pesar de las pruebas que demuestran que él no estuvo allí. El objetivo era quitarle el escaño.
— Ione Belarra (@ionebelarra) October 22, 2021
El Supremo presiona a la Presidencia del Congreso para retirárselo aunque ambos saben que no es lo que dice la sentencia.
Prevaricación.
Las afirmaciones de la ministra fueron inmediatamente contestadas por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, que se reunió de forma extraordinaria para expresar su "absoluto y rotundo rechazo" a las manifestaciones de Belarra, "si cabe con mayor intensidad y rotundidad que en otras ocasiones, especialmente porque más allá de generar una sospecha inaceptable respecto del proceder del más alto tribunal de la nación, llegan a atribuir la comisión de un delito a sus magistrados, afirmación que excede absolutamente los límites del derecho a la libertad de expresión".
La realidad es que las pruebas valoradas por la Sala Penal del Tribunal Supremo desmienten a Belarra.
Pese a que la dirigente de Unidas Podemos ha reiterado que Alberto Rodríguez "ha sido condenado sin pruebas" porque, según ella, "no estaba" en el lugar en el que, con motivo de una manifestación contra el entonces ministro de Educación José Ignacio Wert, se produjo un enfrentamiento con la Policía, lo cierto es que los videos y fotografías aportados al proceso muestran que el exdiputado sí estaba allí. El Tribunal Supremo le condenó por la patada que propinó a uno de los agentes que resultó herido en ese incidente.
La Fundación Foro Libertad y Alternativa atribuye a Belarra un delito de calumnias contra una institución del Estado y cinco delitos de calumnias contra los jueces que emitieron el fallo condenatorio.
A su parecer, "no puede dudarse de que se está imputando la comisión de un delito de prevaricación al Tribunal Supremo, como institución, y a los magistrados que votaron a favor de la ponencia mayoritaria que conllevó la condena de Alberto Rodríguez, individualmente" y ello pese a que Belarra "tiene sobrado conocimiento de la falsedad de la imputación o, cuando menos, actúa con desprecio extremo y temerario hacia la verdad".
"Las manifestaciones presuntamente calumniosas de la querellada no se producen de manera aislada", añade la querella, "sino que se dan en un contexto en el que desde el partido político Podemos, del que Belarra es secretaria general, se tergiversa groseramente el fundamento de la sentencia de condena a Alberto Rodríguez, haciéndola pasar por una sentencia dictada sin pruebas y movida por un ánimo de venganza, tratando de deslegitimar de manera genérica la Justicia y, en concreto, al Tribunal Supremo, así como a determinados magistrados de la Sala Penal, presentándolos como instrumentos de lo que en su propia comunicación denominan ‘la derecha y ultraderecha’".
La Sala Penal aún no se ha pronunciado sobre la admisión a trámite de la querella, presentada el 26 de octubre pasado, debido a las dificultades surgidas en la formación del concreto tribunal que tiene que decidir si abre o no una causa criminal a Belarra.
Aunque la Sala de admisión, integrada por cinco magistrados, siempre está presidida por el presidente, Manuel Marchena, éste se abstuvo por haber formado parte del tribunal que condenó a Alberto Rodríguez.
También se abstuvieron los otros seis miembros del tribunal que juzgó al exdiputado, así como el magistrado instructor, Antonio del Moral.
En un afán de ser escrupulosos, también se ha excluido a otros dos magistrados que, como miembros de la Junta Electoral Central, pueden tener que intervenir en el proceso de nombramiento del sucesor de Rodríguez en el escaño parlamentario.
Y, finalmente, tampoco se ha podido contar con los magistrados que integran la Sala de recursos.
El balance de estas exclusiones es que, de los 16 miembros de la Sala Penal, sólo han quedado cuatro para decidir sobre la admisión de la querella del Foro Libertad y Alternativa.
Ello ha hecho necesario tener que llamar al magistrado más antiguo de la Sala Civil del Tribunal Supremo, Francisco Arroyo, para que se integre en el tribunal de la Sala Penal que resolverá, que estará presidido por Pablo Llarena.
Fuentes de la Sala Penal señalan que, aunque está previsto en las normas de reparto del Tribunal Supremo, no se recuerda un precedente en el que haya habido que aplicar este mecanismo.