Fernando Ferrín Calamita, en una imagen de archivo.

Fernando Ferrín Calamita, en una imagen de archivo. Efe

Tribunales

16 meses de cárcel por un delito de odio a un exjuez contrario a la adopción por parejas homosexuales

La Audiencia de Murcia condena al exmagistrado Ferrín Calamita por la carta abierta que dirigió a la menor cuya adopción trató de entorpecer.

11 mayo, 2023 21:52

El exmagistrado Fernando Ferrín Calamita, que perdió su condición judicial tras ser condenado por prevaricación por obstaculizar la adopción de una menor por una pareja de lesbianas, ha sumado este jueves una nueva condena debida a una carta abierta dirigida a esa niña que publicó en Facebook en julio de 2020.

La Audiencia de Murcia ha considerado que el contenido de esa carta constituye un delito de odio y ha impuesto a Ferrín Calamita una pena de 16 meses de prisión, una multa de 900 euros y 5 años de inhabilitación especial para cualquier profesión educativa.

Ferrín Calamita deberá, además, indemnizar con 3.000 euros a cada una de las madres de C. debido a los daños morales sufridos por ambas.

[El Supremo niega la reincorporación al juez que retrasó una adopción por una pareja de lesbianas]

Fernando Ferrín fue condenado en 2009 por la Sala Penal del Supremo a 10 años de inhabilitación especial para el cargo de juez por un delito de prevaricación dolosa porque, como juez de familia de Murcia, trató de retrasar la adopción de C. por parte de la compañera sentimental de la madre biológica.

El alto tribunal endureció la pena inicialmente impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que había apreciado un delito más leve -retardo malicioso en la administración de Justicia- y le había condenado a dos años y tres meses de inhabilitación como juez.

El Supremo consideró que las decisiones adoptadas por el juez no fueron unas "injustas resoluciones retardatorias" sino también un "despliegue de activa obstrucción beligerante" para impedir la aplicación de la ley, tratando de cuestionar la idoneidad para la adopción por la orientación sexual de la mujer solicitante.

En abril de 2018, una vez cumplida la pena de inhabilitación, Ferrín Calamita pidió reincorporarse a la Judicatura y el Consejo General del Poder Judicial se lo negó. El Tribunal Supremo confirmó la decisión del CGPJ basándose en la "gravedad del delito" de prevaricación.

Ferrín Calamita quedó, así, fuera de la carrera judicial. El 18 de julio de 2020 escribió en Facebook una Carta abierta a C. que ahora le ha costado otra condena, esta vez por un delito de odio. 

Carta a C.

"Si no recuerdo mal, naciste en febrero de 2006, por lo que ahora tendrás 14 años", escribió Calamita.

"No nos conocemos personalmente. Yo fui el juez de familia de Murcia que tramitó la solicitud de adopción presentada en mayo de 2006 por Vanesa, basada en el hecho de ser cónyuge de tu madre, Susana, como si ese solo dato le otorgase un derecho absoluto a la adopción, que no existe y sí el tuyo al desarrollo armónico de tu personalidad".

"Ha llegado a mi conocimiento recientemente que se han divorciado y te han abandonado y entregado a los servicios sociales. Lo siento mucho. El tiempo me ha venido a dar la razón, por desgracia. He hecho gestiones para averiguar tu paradero, pero lógicamente no me han facilitado ningún dato en ese organismo de la Consejería de la CARM [Comunidad Autónoma de la Región de Murcia] que ahora se llama de Familias y LGTBI".

"El caso es que tienes ya más de 12 años. Que sepas que tienes derecho a ser oída por un juez y que, cuando cumplas los 16, puedes instar la emancipación o habilitación de edad y ejercitar acciones legales acto seguido contra el Estado y/o la CARM y contra tus dos 'mamás'".

"A tu disposición para lo que te pueda ayudar, tanto en lo personal como en lo profesional jurídico. Se ha menoscabado tu dignidad y tus derechos básicos como persona, sujeto de derechos. Una grave injusticia", finalizaba la carta.

Petición de disculpas

El 8 de junio de 2021, con posterioridad a la denuncia que interpuso contra él la Fiscalía, Ferrín Calamita volvió a escribir en Facebook para "reconocer un error y pedir sinceras disculpas por el mismo".

Manifestó que, "atendiendo a fuentes sin fiabilidad contrastada", "cometí el error de hacer determinados comentarios, afirmando hechos personales de Vanesa y Susana (madres de C.) que pueden no ajustarse a la realidad y que de ser así han podido causar un daño injusto a las dos personas aludidas, que como todas merecen el respeto intrínseco a su dignidad humana".

El exjuez les ofrecía sus disculpas y reclamaba "humildemente su perdón". "Únicamente decir que en absoluto el móvil ha sido el odio, rencor, animadversión o intención de dañar o difamar", aseguraba.

Delito de odio

Pero la Sección Segunda de la Audiencia de Murcia lo ha visto de otro modo. En una sentencia contra la que cabe recurrir ante el TSJ de Murcia, los magistrados afirman que el exjuez tuvo la intención de "lesionar la dignidad de las personas mediante acciones que entrañan humillación por su orientación o identidad sexual".

Para la Audiencia, la Carta abierta a C. "contiene expresiones que van dirigidas a ofender a todas las personas pertenecientes al colectivo homosexual, en cuanto pone en duda el correcto desarrollo de la menor por el único hecho de haber convivido y haber sido educada por dos progenitoras del mismo sexo".

La sentencia señala que, aunque la libertad de expresión protege las ideas que "contrarían, chocan o inquietan al Estado o a una parte cualquiera de la población", "existe un discurso del odio no protegido, que desborda la tutela que dispensa el legítimo ejercicio" del derecho fundamental.

La Sala incardina en ese discurso de odio el uso de las comillas en "dos mamás", signo ortográfico que, según los magistrados, Ferrín emplea para "poner en duda la posibilidad de que alguien pueda tener dos progenitores del mismo sexo".

Para la Sala, "no cabe ninguna duda de que pretendía menospreciar y humillar a dos mujeres por su pertenencia a un determinado grupo".

"Con claro desprecio a la verdad", señala, "acusa a esas dos personas de haber abandonado a una hija". Y añade que "la carta no va dirigida a una niña anónima que ha podido ser criada por dos personas del mismo sexo, sino, precisamente, a la menor por cuyo retraso en la tramitación del expediente de adopción el ahora acusado fue condenado".

El daño "ha podido afectar a la niña. Pero, de manera indudable, las expresiones contenidas (poniendo en duda la capacidad para criar a una niña, utilizando expresiones claramente injuriosas como las relativas a haber abandonado a una hija) van dirigidas hacia las madres, y no por cualquier razón, sino por su condición de homosexuales y la supuesta incapacidad de éstas, simplemente por ese motivo ('el tiempo me ha venido a dar la razón'), de ejercer bien esa función".

La sentencia señala que Ferrín "tiene pleno derecho, y no un derecho cualquiera, sino un derecho fundamental a pensar que las personas del mismo sexo no deberían tener derecho a contraer matrimonio ni a tener hijos, por más que esas ideas puedan resultar arcaicas para un sector de la población en un país como el nuestro pionero en el reconocimiento de derechos a las personas gais, lesbianas y bisexuales".

"Pero no puede realizar proclamas sabiendo que, en atención al contenido falso de la información publicada, al medio o modo en el que dicha información es publicada, así como la propia resonancia social de su caso y de su actuación judicial anterior, va a provocar actuaciones de odio por parte de algunos de sus seguidores en la red social y, dada su difusión, va a humillar y menospreciar a las perjudicadas, como así sucedió", concluye.