El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

Tribunales

El TSJM pide al Supremo que investigue al fiscal general por filtrar datos contra el novio de Ayuso

El instructor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Francisco José Goyena, sostiene que una nota de prensa cuya difusión ordenó García Ortiz "supone la divulgación de datos e información que no puede ser revelada a terceros".

15 julio, 2024 15:29

El magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Francisco José Goyena ha elevado a la Sala Penal del Tribunal Supremo las diligencias en las que se investiga la filtración a los medios de comunicación de datos sobre la denuncia por presuntos delitos fiscales interpuesta por la Fiscalía contra el empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta del Gobierno madrileño, Isabel Díaz Ayuso.

Goyena, instructor de las diligencias, ve indicios de responsabilidad por esas filtraciones en el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que no puede ser investigado por otro tribunal que no sea el Supremo, ante el que está aforado.

Es la primera vez que un tribunal propone abrir una causa penal al máximo responsable del Ministerio Público, al que se plantea ahora una delicada situación.

Hasta el momento, el Gobierno ha expresado su confianza en García Ortiz y él ha descartado que vaya a dimitir si la Sala Penal decide investigarle. Pero es indudable que se produciría una inédita situación de incertidumbre e inestabilidad en la Fiscalía General. 

García Ortiz esperaba la elevación del procedimiento al Supremo por parte del TSJM, que aprecia en el fiscal general indicios de, "al menos", un presunto delito de revelación de secretos por la difusión de datos relativos a la investigación tributaria abierta a la pareja de Ayuso en una nota informativa de la Fiscalía difundida el pasado 14 de marzo.

Goyena venía rechazando en términos contundentes todas las peticiones de la Fiscalía de archivo de la causa, inicialmente dirigida contra la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal de delitos económicos Julián Salto, autor de la denuncia contra el novio de Ayuso. González Amador se querelló contra ambos y el TSJM admitió a trámite esa querella hace dos meses.

La elevación de la causa al TS no ha sido ninguna sorpresa. El pasado 10 de junio, el propio García Ortiz dirigió un escrito a Goyena poniendo de manifiesto que, a su juicio, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid "carece de competencia" para investigar los delitos objeto de la querella de González Amador.

García Ortiz recordaba que ya en un acto institucional celebrado el pasado 15 de abril asumió en primera persona la responsabilidad de la difusión de la nota de prensa en la que el TSJM ve indicios de revelación de secretos.

Con esa nota se buscaba salir al paso de informaciones falsas de algunos medios, según los cuales el Ministerio Público había ofrecido un acuerdo de conformidad penal a González Amador y luego lo había retirado "por órdenes de arriba", con el fin de llevarle a juicio. 

La realidad era que el pacto había sido ofrecido por el abogado de González Amador en un correo electrónico enviado al fiscal Salto en el que se asumía que el empresario había cometido dos delitos fiscales.

Declaración Institucional del Fiscal General del Estado

García Ortiz insistía en la irrelevancia penal de los hechos: "Recibir libremente información veraz constituye un derecho fundamental", señalaba, y la nota de prensa "respondió a la función legalmente encomendada de informar a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan en el ámbito de la competencia del Ministerio Fiscal".

"Ningún secreto se desvela cuando las informaciones difundidas en una nota de prensa habían circulado ya amplia y propiamente en los medios de comunicación", subrayaba.

También sostenía que no podía "consentir ni tolerar" que se investigase a sus subordinaros "cuando no existe indicio alguno respecto a su participación en la filtración de una denuncia [contra González Amador] ni en la difusión de los correos electrónicos intercambiados con la defensa del presunto defraudador".

Y reiteraba que la nota de prensa "no se hubiera distribuido entre los medios de comunicación sin mi previa autorización y sin mis instrucciones expresas y directas".

Con la elevación del procedimiento al Tribunal Supremo, el TSJM ha acogido la posición de la defensa de González Amador y del Colegio de Abogados de Madrid, que ejerce la acusación popular. Ambos solicitaron la elevación de las diligencias al Tribunal Supremo al apreciar "indicios cualificados" contra García Ortiz,

En cambio, el fiscal superior de Extremadura, Francisco Javier Montero, que representa al Ministerio Público en este procedimiento, pidió el sobreseimiento ante la "inexistencia de indicio alguno" de revelación de secretos contra los dos fiscales querellados y el archivo definitivo en lo referido a la nota informativa de la Fiscalía, en la que no ve delito alguno.

Contenido "excesivo"

Goyena, que ha archivado las actuaciones respecto a Salto -no así para Rodríguez, "cuya participación en los hechos no ha quedado nítidamente establecida", dice- sostiene en su exposición razonada al Tribunal Supremo que "la elaboración, publicación y difusión de la nota [de prensa del 14 de marzo] excedió del ámbito de decisión de la Fiscalía provincial de Madrid" y "contó con el explícito consentimiento e indicaciones, incluso con el apremio, de la Fiscalía General del Estado".

Según el instructor del TSJM, la nota "contiene una exhaustiva, minuciosa y detallada narración, descripción y secuencia de los hechos, datos y circunstancias relativos a las diligencias de investigación incoadas por la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid [contra González Amador], conversaciones internas entre el fiscal encargado del asunto y la defensa del querellante, resultado de las mismas y que desembocan en la presentación de una denuncia por la Fiscalía y el
ofrecimiento de un acuerdo".

La difusión de esa información "no se corresponde con la alegada finalidad que apunta el Ministerio Fiscal", asegura Goyena, pues "aparte de exceder en su contenido a lo que aparece divulgado en la Prensa, supone la divulgación de datos e información que no puede ser revelada a terceros, al perjudicar a un tercero e incluso a un interés colectivo, si atendemos al derecho de defensa no sólo del particular, sino también en general y a lo que tendería la finalidad de la querella presentada por el Colegio de la Abogacía de Madrid". 

El instructor no indica en qué datos se "excedió" la nota informativa respecto a lo ya publicado en los medios.

La exposición razonada menciona, por error, como posible delito atribuible al fiscal general el tipificado en el artículo 419 del Código Penal -el delito de cohecho- en vez de el artículo 417, que castiga a la autoridad o funcionario público "que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados".

Según Goyena, la continuación de la investigación requeriría recabar la versión del fiscal general, cuya declaración "no puede ser asumida por este instructor, al venir
aforado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo".

"La práctica de diligencias adicionales sin su presencia o participación en el proceso podría causarle indefensión por cuanto, de resultar en alguna medida incriminatorias en su contra, no estarían sometidas a los principios de contradicción y defensa", señala.