La querella de Sánchez contra el juez Peinado, sin precedentes y con poco recorrido jurídico
Nunca un magistrado había entrado en Moncloa para interrogar al jefe del Gobierno, ni éste ha reaccionado con una acción penal por prevaricación.
31 julio, 2024 02:00Cuando el juez Juan Carlos Peinado abandonó este martes el palacio de la Moncloa, apenas una hora después de haber entrado, nada le pudo llevar a pensar que la Abogacía del Estado estaba a punto de presentar una querella contra él por prevaricación.
Peinado recibió un trato exquisito. Se le permitió acceder sin identificarse al edificio presidencial, un entorno de máxima seguridad. A diferencia de todos los demás (abogados, fiscal, personal del Juzgado) no tuvo que entregar el teléfono móvil. Se aceptó su negativa a firmar la declaración de confidencialidad sobre las medidas de seguridad. Se hicieron los cambios que pidió en la sala preparada para la diligencia judicial, modificando la posición de las partes procesales y la situación de algunos asientos. La mayor parte del tiempo que Peinado estuvo en la Moncloa fue, de hecho, para colocar las cosas tal como reclamaba.
Finalmente tuvo frente a frente a Pedro Sánchez, al que recibió sentado detrás de una mesa.
Peinado, que ha dado muestras de vehemencia en otras ocasiones, también fue exquisito. Informó a Sánchez del objeto de la diligencia y le preguntó si tenía relación con los investigados.
En cuanto el presidente del Gobierno mencionó a Begoña Gómez como su esposa, el juez le puso de manifiesto la dispensa a declarar sobre los cónyuges prevista en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y Sánchez se acogió a ella.
Entonces Peinado declaró "se cierra la diligencia", sin formular ninguna pregunta ni dar pie a que nadie lo hiciera. La letrada de Vox no abrió la boca.
Eso fue lo que dio de sí la primera citación de un jefe del Gobierno en activo por un juez de instrucción para declarar sobre la investigación por corrupción abierta a su esposa. "Mucho ruido y pocas nueces", describió uno de los asistentes.
"Poco recorrido"
La reacción de Sánchez -cuyo relajamiento y tranquilidad durante el fugaz encuentro con el juez que investiga a su mujer llamó la atención de los asistentes, nada que ver con la versión que luego dio a la Prensa la representante del partido ultraderechista personado como acusación popular- fue tan insólita como la citación judicial. Y, a tenor de todas las fuentes jurídicas consultadas, también podrá hacer ruido, pero dará pocos frutos.
La querella del presidente del Gobierno contra Peinado, anunciada una hora después de que el instructor saliera del palacio, tiene "poco recorrido", coinciden distintos letrados y fiscales.
Incluso en el entorno de Moncloa se admite que "lo más probable" es que ni siquiera sea admitida a trámite por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La precipitación con que ha sido elaborada se pone de manifiesto en las erratas del documento -infrecuentes en los escritos procesales de la Abogacía del Estado- y en el hecho de que, por dos veces, yerra al calificar de "acusación particular" a la acusación popular que ejerce Vox (partido al que no cita).
La querella tacha de prevaricadora la resolución en la que el juez instructor citó a Pedro Sánchez como testigo al amparo del artículo 413 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regula la declaración del presidente del Gobierno sobre cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo.
La Abogacía del Estado sostiene que el instructor "contravino" a sabiendas la ley procesal penal porque, en su opinión, la declaración debió hacerse bajo el régimen del artículo 412, que permite al jefe del Gobierno "informar por escrito sobre los hechos de que tenga conocimiento por razón de su cargo".
Según la querella, "lo que adquiere relevancia, no se nos lleve a engaño, es lo hecho por la investigada en consideración a que su esposo es presidente del Gobierno, esto es, en atención a su cargo. No cabe disociar a una persona y pretender que se le va a preguntar como esposo".
A ello anuda la "arbitrariedad" de la citación presencial, que califica de "abuso" y que "se aparta de los métodos usuales de interpretación [de las normas], siendo su voluntad [del juez] la única explicación posible".
Las fuentes jurídicas consultadas no otorgan viabilidad a la querella porque consideran interpretable el régimen de la declaración testifical de las autoridades y creen que el criterio de Peinado no es irrazonable ni necesariamente contrario a Derecho.
También subrayan que la querella no justifica la afirmación sobre la privación de las "garantías procesales" por el hecho de que el presidente del Gobierno tenga que comparecer presencialmente ante un juez, en vez de contestar por escrito.
Y consideran que la aseveración de que la forma en que Peinado citó a Sánchez "está orientada a finalidades ajenas a las procesales" es tan grave que precisaría de una explicación que la querella soslaya por completo.
Las mismas fuentes añaden otras consideraciones relativas a la "inoportunidad estratégica" de la querella, que coloca al juez Peinado como "víctima de un ataque sin precedentes en el que toma parte el propio jefe del Ejecutivo", cuya esposa es, precisamente, la investigada.
"Esa querella puede funcionar como un 'bumerán' y generar un mayor respaldo al juez", indican.