Una mujer que pasó 5 meses en prisión acusada de pertenecer a la mafia recibirá 10.000 € de indemnización tras ser absuelta
- Pasó 149 días en el régimen carcelario más severo. En ese periodo, su hijo de 14 años, al que no podía ver, quedó huérfano de padre.
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Una mujer que fue absuelta tras pasar cinco meses en el régimen más severo de prisión será indemnizada con 10.000 euros. Así consta en una reciente sentencia de la Audiencia Nacional, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
Fue detenida el 18 de octubre de 2011 e investigada por, supuestamente, pertenecer a la Camorra, una rama de la mafia italiana. Estuvo en prisión provisional desde aquella fecha hasta el 15 de marzo de 2012. Es decir, un total de 149 días. O lo que es lo mismo: cuatro meses y 29 días.
La investigación corrió a cargo del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, que propuso que se sentase en el banquillo de los acusados junto a otras 19 personas. No obstante, todos ellos fueron absueltos en el año 2016.
Un complejo turístico en Adeje
En aquella sentencia, la Sección Tercera de la Sala Penal concluyó que no quedaron acreditados los hechos que atribuía la Fiscalía a este grupo. En resumen, formar parte de un clan mafioso dedicado al blanqueo de capitales en las Islas Canarias mediante inversiones inmobiliarias, como la construcción y explotación del Complejo Residencial Marina Palace de Adeje.
Según la tesis de la Fiscalía, estas obras se realizaron con dinero procedente del tráfico de drogas. Pero, como indicó la sentencia absolutoria, los testimonios prestados por dos testigos, que se presentaron como miembros arrepentidos del clan, fueron "genéricos", "imprecisos" y, a veces, "contradictorios".
"No existe ni tan siquiera una previsión cuantificable del dinero supuestamente blanqueado y, menos aún, en qué se ha traducido de una manera individualizada la citada actividad (...) No existe un sistema o entramado societario creado con una finalidad exclusiva y bajo la cobertura de uno o alguno de los acusados, que obedezcan a un plan preconcebido dirigido a la ocultación de bienes, sino que se trata de sociedades creadas con alguna anterioridad a los hechos, que nada tiene que ver con los mismos".
Una vez fue absuelta, la mujer solicitó una indemnización al Ministerio de Justicia. La ley las contempla en los casos en los que un investigado haya estado en prisión provisional y acabe exonerado.
La defensa de la mujer subrayó que, "además de padecer el hecho de la prisión provisional, se vio sometida a un régimen de privación de libertad más riguroso, con mayores limitaciones de comunicación y traslado a la Península, donde no pudo recibir la visita de su hijo de 14 años y su familia, ya que carecían de recursos".
Además, tras recuperar la libertad bajo fianza, tuvo que comparecer en 216 ocasiones ante el Juzgado y tuvo sus cuentas bloqueadas. No sólo las suyas, sino las de su hijo, que también reclamó una indemnización por el "alejamiento" de su madre que sufrió. Además, al poco de ingresar la mujer en prisión, murió el padre del menor. En total, ambos solicitaban ser resarcidos con un total de más de 200.000 euros.
En un primer momento, en abril de 2024, la Administración concedió a la mujer una indemnización de 3.700 euros. "Atendidas las circunstancias concurrentes, resulta evidente el daño moral que generó la medida de prisión provisional durante 149 días en la esfera personal y familiar de la reclamante", establecía aquella resolución, que concluyó, no obstante, que no existían circunstancias que agravaran su padecimiento, como un funcionamiento anormal de la Justicia.
La mujer, no obstante, recurrió esta decisión ante la Audiencia Nacional, que ordena ahora aumentar en 6.000 euros esa cantidad, hasta llegar a los 9.700 euros, debido a la "sintomatología ansioso-depresiva" que sufre la demandante debido a su estancia en prisión. La sentencia también recoge que su hijo padeció "episodios de ansiedad durante la estancia en prisión de la madre", así como "confusión e incertidumbre" y "dificultades en el desarrollo psicosocial".