La ley hipotecaria de Economía pasa su primer test en el Congreso
El proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario, que entre otras cosas prohibirá las ventas vinculadas, ha superado este jueves su primer examen en el Congreso tras rechazar el Pleno la enmienda a la totalidad presentada por Unidos Podemos.
15 febrero, 2018 11:41Para superar el debate de totalidad y rechazar la enmienda de la coalición de izquierdas, el Gobierno ha contado con el respaldo de PP, Ciudadanos, PDeCAT PNV, UPN, Coalición Canaria y Foro Asturias, mientras que PSOE y Nueva Canarias han optado por abstenerse. La propuesta de Unidos Podemos únicamente ha contado con el respaldo de Esquerra Republicana, Compromís y EH Bildu.
Sin embargo, la oposición ha forzado que la tramitación parlamentaria de la norma tenga que acabar en el Pleno del Congreso antes de ser remitida al Senado, y no en la Comisión de Economía, como querían PP, Ciudadanos y CC. Ello exigirá al PP buscar más apoyos dada la diferente aritmética parlamentaria de las dos instancias.
UNA TRASPOSICIÓN TARDÍA DE LA DIRECTIVA
La propuesta del Gobierno amplía el límite de los bancos a la hora de ejecutar una hipoteca (ahora puede hacerlo con tres meses de impago), facilita la conversión del préstamo con interés variable a fijo y obliga a la entidad a comunicarle en detalle todo tipo de cláusulas, como cláusulas suelo, y a asegurar que el cliente, notario mediante, se declare conocedor de su naturaleza y de su comportamiento ante diferentes escenarios.
La norma, que supone la trasposición de la directiva europea de créditos hipotecarios, tenía que haberse aprobado antes de marzo de 2016. Al no haberse cumplido este trámite, España tiene abierto un procedimiento de infracción, aunque el Gobierno confía en poder aprobar la norma antes de que finalice el proceso a fin de evitar una posible multa.
Guindos ya anunció durante la presentación de la iniciativa en noviembre que el Gobierno contaba con los apoyos suficientes para superar los diferentes trámites parlamentarios, los mismos que habían posibilitado la aprobación de los Presupuestos de 2017: Ciudadanos, PNV, UPN, Foro Asturias, Coalición Canaria y Nueva Canarias.
LÍMITE A LOS RECARGOS AL CONVERTIR HIPOTECAS
La propuesta del Gobierno establece nuevos plazos al vencimiento anticipado de una hipoteca, limita los intereses de demora -tres veces el interés legal vigente y se aplicarán sobre el principal pendiente de pago-- y facilita la conversión del préstamo hipotecario en divisa extranjera a otra moneda, así como el cambio de préstamo hipotecario con interés variable a fijo.
Actualmente, los bancos pueden decretar el vencimiento anticipado de un préstamo y ejecutar la hipoteca a partir del tercer mes de impago, un umbral que el Gobierno eleva hasta el 2% del préstamo, intereses incluidos, o nueve cuotas durante la primera mitad del contrato, y el 4% o doce mensualidades en la segunda.
Para cambiar un préstamo hipotecario con interés variable a uno fijo, la comisión máxima de reembolso anticipado para una novación o cambio de entidad en la que se pacte un tipo fijo será del 0,25% en los tres primeros años, y a partir de entonces desaparecerá.
En el caso de hipotecas a tipo variable, la comisión por reembolso anticipado será de cero a partir del quinto (0,25% de límite) o el tercer año de vigencia del contrario (0,5%), en función de lo pactado. En cuanto a los préstamos a tipo fijo, la comisión por reembolso anticipado será de un 4% como máximo en los diez primeros años y del 3% a partir de entonces.
CONOCIMIENTO DE TODAS LAS CLÁUSULAS
Por otra parte, la norma incluye la posibilidad a ambas partes de adherirse de forma voluntaria a un contrato tipo en el que se establezcan las cláusulas fundamentales del contrato, y obliga a la entidad a remitir siete días naturales antes de firmar el contrato una ficha con las principales características del contrato, cláusulas suelo incluidas, con estimaciones en distintos escenarios de interés.
En esos siete días, el consumidor deberá acudir al notario para responder a las preguntas que le plantee y donde le explicará todas las cláusulas sensibles, debiendo firmar un acta, gratuita para el prestatario, en la que manifestará conocimiento de toda la información necesaria.
SE PROHÍBEN LAS VENTAS VINCULADAS
Además, se prohíbe ofrecer la venta vinculada de productos con las hipotecas, como en el caso de seguros del hogar, salvo excepciones autorizadas por el Banco de España o si se prueba que benefician al consumidor. Es decir, no están permitidas las operaciones en las que solamente es posible contratar el préstamo hipotecario si se hace conjuntamente con una serie de productos.
Sin embargo, sí están permitidas las ventas combinadas, que son aquellas en las que el consumidor tiene la opción de contratar por separado el préstamo hipotecario o con un conjunto de productos. En este caso, la entidad está obligada a presentar dos presupuestos, uno que incluya los productos que se comercializan con la hipoteca y otro sin ellos.