Cita previa para la Renta: ¿conoces los requisitos para ser atendido en persona?

Cita previa para la Renta: ¿conoces los requisitos para ser atendido en persona?

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Cita previa para la Renta: ¿conoces los requisitos para ser atendido en persona?

Desde el 8 de mayo se puede pedir cita para confeccionar y presentar la declaración de la Renta de forma presencial... aunque no todo el mundo puede utilizar este servicio ya que hay que cumplir una serie de requisitos.

8 mayo, 2018 04:00

 Este servicio permite obtener lugar, día y hora para presentar la declaración de la Renta en los centros de la Agencia Tributaria o entidades colaboradoras. Hacienda advierte de que no permite realizar gestiones en las oficinas de la Agencia Tributaria distintas a la confección de la declaración de la Renta.

Podrán solicitar cita previa para confeccionar la declaración de Renta los contribuyentes que hayan obtenido en 2017:

Rendimientos del trabajo, con el límite de 65.000 euros anuales Rendimientos del capital mobiliario, con el límite de 15.000 euros anuales. Rendimientos del capital inmobiliario con el límite de 1 bien inmueble con 1 contrato de alquiler.  Ganancias y pérdidas patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta (IIC, fondos de inversión y premios), subvenciones (salvo de actividades económicas) y transmisión de vivienda habitual con exención total. Imputación del régimen de rentas inmobiliarias. Todas las rentas anteriores derivadas del régimen de atribución de rentas.

También se confeccionan las declaraciones con rentas procedentes de:

Rendimientos de actividades empresariales en módulos (con sus subvenciones). Resto de ganancias y pérdidas patrimoniales (transmisión de inmuebles incluida la vivienda habitual con exención parcial por reinversión, acciones u otros bienes) con el límite conjunto de 2 operaciones.

Para utilizar este servicio hay que cumplir una serie de requisitos, que están detallados en esta tabla:

 

NATURALEZA DE LAS RENTAS

CITA PREVIA PARA RENTA 2017

RENTA WEB PRESENCIAL

RENTA WEB TELEFÓNO - CAT-

La Agencia Tributaria le llama

Plan LE LLAMAMOS

Llámenos cuando quiera

Sin cita

A. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO

Límite 65.000 €

Límite 65.000 €

Sin Límite

B. RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO

Límite 15.000 €

Límite 15.000 €

Sin Límite

C. RENDIMIENTOS DE CAPITAL INMOBILIARIO

(máx. 1 inmueble alquilado y/o contrato alquiler)

SÍ 

(máx. 1 inmueble alquilado y/o contrato alquiler)

(máx. 1 inmueble alquilado y/o contrato alquiler)

E. RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Profesionales

NO

NO

NO

Empresariales

Estimación directa

NO

NO

NO

Estimación objetiva (módulos)

NO

NO

F. GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES

Transmisiones de vivienda habitual y de otros bienes excepto fondos de inversión

 (máx. 2 transmisiones)

NO

NO

Ganancias sujetas a retención o ingreso a cuenta (fondos de inversión, premios) y derechos de suscripción

SÍ (salvo fondos si base retención art. 97.2 RIRPF)

SÍ (salvo fondos si base retención art. 97.2 RIRPF)

Renta básica de emancipación y subvenciones (salvo de actividad económica)

SÍ 

Ganancias y pérdidas patrimoniales sin transmisión

SÍ (salvo subvenciones actividad económica en estimación directa)

SÍ (salvo subvenciones actividad económica)

 (salvo subvenciones actividad económica)

Régimen de atribución de Rentas

Según la naturaleza de las rentas:

Rendimientos del capital mobiliario

SÍ (con los límites del ap. B)

SÍ (con los límites del ap. B)

SÍ (sin límites)

Rendimientos del capital inmobiliario

SÍ (con los límites del ap. C)

SÍ (con los límites del ap. C)

SÍ (sin límites)

Rendimientos de actividades económicas

SÍ (con los límites del ap. E)

NO

NO

Ganancias y pérdidas patrimoniales

SÍ (con los límites del ap. F)

NO

NO

Imputación de rentas inmobiliarias

Imputaciones agrupaciones de interés económico y UTES

NO

NO

NO

Imputaciones de rentas en el régimen de transparencia fiscal internacional, por cesión de derechos de imagen, por participar en las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) constituidas en paraísos fiscales

NO

NO

NO

Deducción por doble imposición inernacional

NO

NO

Rentas exentas con progresividad

Regularización claúsula suelo

Rectificaciones y complementarias del ejercicio

 (salvo rentas no perfil teléfono)

SÍ (salvo rentas no perfil teléfono)

Por otro lado, el Colegio de Gestores Administrativos de Madrid ha iniciado por octavo año su 'Turno de Oficio de Renta', una campaña en la que 50 colegiados harán gratis la Declaración de la Renta.

Los especialistas en materia fiscal elaborarán la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sin coste para los contribuyentes y con todas las garantías a partir del día 10 de mayo, aunque la cita previa se puede solicitar desde hoy mismo.

Este servicio, al que se han acogido ya más de 9.000 personas en ediciones anteriores, se puede solicitar en el teléfono gratuito 901 44 40 40 y se ofrecerá en la sede de la ONCE en Madrid y en el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.