Imagen de archivo de voto por correo en unas elecciones en España.

Imagen de archivo de voto por correo en unas elecciones en España. Efe

Madrid Comunidad

Cómo solicitar el voto por correo para las elecciones en la Comunidad de Madrid del 4 de mayo

Ya se puede pedir vía 'online' o en todas las oficinas de Correos el voto por correo para las elecciones autonómicas en Madrid hasta el 24 de abril (inclusive).

15 marzo, 2021 11:50

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Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas en la Comunidad de Madrid, que se celebrarán el próximo 4 de mayo. Puede hacerse de forma presencial en todas las oficinas de Correos de España o a través de la web de Correos sin necesidad de pisar una oficina.

Los electores podrán solicitar por correo desde este lunes 15 de marzo hasta el próximo 24 de abril (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad de Madrid en la web de Correos o acudiendo a una oficina. La documentación será enviada a los domicilios entre el 14 y el 27 de abril. 

Online

Para solicitar online el voto por correo es necesario disponer de un certificado DNI electrónico o un certificado digitual válido. Si lo tiene, deberá completar los datos requeridos, firmar electrónicamente y descargar la solicitud. 

La Oficina del Censo Electoral deberá aprobar la solicitud, para que le remita a la dirección que ha indicado en su solicitud la documentación para realizar el voto.

Este es el método ideal para evitar desplazamientos y minimizar al máximo el contacto social en plena pandemia de Covid-19 en la Comunidad de Madrid y el resto de España. 

¿Quién puede hacerlo?

- Los electores residentes en España. Una vez presentada la solicitud vía web, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no podrá votar en la mesa electoral el día de la votación.

- Los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España, con derecho de voto en las elecciones convocadas.

El voto vía online no puede ser solicitados por los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni por los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia.

Presencial

La solicitud de voto por correo también puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

Al igual que en el formato online, una vez solicitado el voto por correo no podrá votar en la mesa electoral el 4 de mayo.