La lectura de los argumentos de la Audiencia Provincial de Navarra, que han provocado la puesta en libertad de los cinco miembros de ‘La Manada’, aumentan aún más si cabe la sorpresa y la indignación por la decisión tomada. Gobierno, partidos y sindicatos califican la medida de incomprensible y creen que contribuye innecesariamente a alejar aún mas la justicia de los ciudadanos.
Nadie entiende la liberación de quienes en la madrugada del 7 de julio de 2016 sometieron a su víctima –una joven madrileña que a buen seguro se sentirá doblemente atacada tras la liberación de sus agresores– a todo tipo de actos sexuales humillantes en los que ella pasó a convertirse en un simple objeto de deseo. Ha sido el triunfo de la tesis del “jolgorio”, defendida por el magistrado Ricardo González que en esta ocasión contó con el sorprendente apoyo de la juez Raquel Fernandino para lograr dejarlos en libertad.
El riesgo de fuga desaparece como por ensalmo
El auto no ha servido para explicar de manera convincente uno de los argumentos expuestos por la fiscal del caso: por qué si el tribunal acordó (el 9 de julio de 2016) y prorrogó (el 14 de julio de 2017) la prisión provisional incondicional de los entonces investigados apreciando riesgo de fuga ahora –después de una sentencia condenatoria a 9 de años de prisión– esa apreciación ha desaparecido como por ensalmo.
Que sepamos, las circunstancias de arraigo social o familiar de ‘La Manada’ son las mismas antes que ahora, y si la Audiencia de Pamplona consideró que había un peligro de fuga ante la sola investigación de los hechos, con más razón debería considerarlo con una condena de una entidad nada desdeñable.
Nos parecen insustanciales las referencias a la insolvencia de los acusados, especialmente desde el punto de vista de la fianza de 6.000 euros que les han impuesto para quedar en libertad. Realmente, cuesta mucho menos un vuelo al otro lado del charco y mucho menos todavía un pasaje de barco al otro lado del Estrecho.
El contundente voto particular
Y los razonamientos sobre la pérdida del anonimato para justificar la imposibilidad de reiteración delictiva son aún más inconsistentes. ¿Acaso sólo es posible delinquir contra la indemnidad sexual de día y a cara descubierta? Los miembros de La Manada, al menos indiciariamente, han acreditado un historial de prácticas sexuales que haría temblar a cualquier persona sensata.
Y así lo destaca el voto particular de José Francisco Cobo, presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra y ponente de la sentencia condenatoria. “Teniendo en cuenta –señala– las características y gravedad del delito por el que han sido condenados los acusados, y ponderando las circunstancias del caso y las personales de dichos procesados, se revela como razonable y proporcionado prorrogar la cárcel” de los cinco implicados en la brutal agresión.
Las calles de España han vuelto a ser este viernes un clamor contra la puesta en libertad de ‘La Manada’. “La Manada son ocho, cinco violadores y tres jueces”, rezaban las pancartas. La principales capitales han mostrado su repulsa por lo que califican de una “exhibición grosera” de “la peor justicia patriarcal”. Esa “justicia machista” que cree que la victima de una agresión sexual de estas características puede alcanzar fácilmente el “sosiego” –expresión utilizada por los magistrados favorables a la excarcelación– estando en libertad los depredadores que la atacaron.
Es evidente que, visto lo visto, no puede haber “sosiego” para la joven madrileña que se tropezó con el diablo en aquel oscuro portal de Pamplona.