La exministra de Exteriores Arancha González Laya se ha negado ante al juez a revelar quién, por encima de ella, dio la orden de acoger en España al líder del Frente Polisario Brahim Ghali. La llegada de Ghali a nuestro país en abril para ser tratado de una enfermedad en el Hospital San Pedro de Logroño generó una grave crisis diplomática con Marruecos, que reaccionó provocando la invasión de Ceuta por parte de más de 10.000 inmigrantes ilegales.
Las consecuencias internas de esa crisis son conocidas. La ministra fue sacrificada en el altar de la crisis de Gobierno del 10 de julio con el objetivo de apaciguar a la monarquía marroquí. Su sustituto, el ministro José Manuel Albares, se ha visto obligado a dedicar buena parte de su tiempo a reconducir las dañadas relaciones con Marruecos.
Laya ha amparado sus cinco negativas a contestar las preguntas del juez Rafael Lasala en un acuerdo aprobado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero el 15 de octubre de 2010.
Laya se parapeta
El documento tras el que se parapeta la exministra Laya consta únicamente de cuatro artículos. El primero de ellos incluye una lista de 14 materias que se consideran secretas y cuya revelación no autorizada "puede dañar o poner gravemente en riesgo la seguridad o defensa de España o de sus aliados y amigos".
Más allá de que la argucia legal de Laya llegue o no a tener recorrido en el tribunal que la investiga, lo que es evidente es que las 14 materias señaladas por el acuerdo del 15 de octubre de 2010 son tan ambiguas y genéricas como para permitir clasificar como secreta cualquier información, decisión o acuerdo adoptado por el Ministerio de Asuntos Exteriores que afecte a "intereses políticos, sociales, económicos y comerciales y las relaciones diplomáticas [de España] con terceros países".
Entre esas materias susceptibles de ser clasificadas como secretas o reservadas se encuentran las del apartado 2 ("información sobre posiciones españolas en conflictos internacionales o internos"), las del apartado 5 ("negociaciones y buenos oficios sobre secuestros y liberación de españoles o extranjeros así como la información relativa a extradiciones o traslado de personas condenadas") y las del apartado 6 ("contactos de mediación o buenos oficios [...] con terceros países y con grupos y líderes de oposición").
Secreto profesional ministerial
En la práctica, el acuerdo de 2010 permite que los ministros y funcionarios del Ministerio de Exteriores se acojan a una suerte de secreto profesional similar al de periodistas y abogados. Basta entonces con que ese ministro esgrima la afectación de "intereses" clave para España para ocultar a la Justicia aspectos relevantes sobre su actuación, incluso en el caso de investigaciones por delitos de prevaricación, encubrimiento y falsedad en documento privado, como es el caso de Laya.
Los hechos por los que está siendo investigada la exministra no son banales. Provocaron una crisis diplomática que todavía hoy está lejos de haber sido cerrada por completo y generaron una discrepancia entre los Ministerios de Interior y de Exteriores que, como es obvio, debió de ser resuelta por una autoridad superior a ambos. Quién es esa autoridad es lo que está intentando averiguar el juez y la pregunta a la que Laya se negó a contestar ayer.
¿Cómo será recompensado el silencio de Laya y la protección de ese míster X que ordenó acoger en España a Brahim Ghali a pesar de la presunta ilegalidad en la que incurría el Gobierno al hacerlo? Más allá de cómo se resuelva la investigación del caso, vale la pena recordarle al Gobierno que la Ley de Secretos Oficiales fue diseñada para proteger los intereses de España, no los suyos.
El escudo de Laya puede decaer con facilidad tan pronto como el juez considere necesario solicitar la desclasificación de toda la información relativa al viaje y estancia de Ghali en nuestro país. En un Estado de derecho que se precie no pueden existir secretos oficiales que impidan esclarecer presuntos delitos y quiénes los han cometido. Sean quienes sean.