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LA TRIBUNA

La anunciada lucha contra las 'fake news': Quis custodiet ipsos custodes?

El autor muestra sus argumentos contrarios a un cambio en el Código Penal para 'proteger' a los ciudadanos de información no veraz.

17 abril, 2020 03:13

El ministro de Justicia ha anunciado una revisión de nuestros instrumentos legales para garantizar el derecho a recibir información veraz. Cualquier iniciativa tendente a fortalecer la vigencia de un derecho fundamental es motivo de loa.

Con todo, me temo que la deriva anunciada, otro posible engorde del ya obeso Código Penal, es desacertada y que nuestro ordenamiento jurídico ya prevé suficientes mecanismos para combatir una realidad que no es nueva, pero que en los últimos años se ha reproducido a la velocidad de los gremlins tras tomar contacto con H2O, merced a la capacidad de difusión de las redes sociales. Sin embargo, no se puede luchar con el Derecho contra la fibra óptica; menos aún si ello puede suponer un colapso -otro más- inasumible para la Administración de Justicia.

Vaya por delante que he aplaudido varias de las iniciativas del nuevo ministro, pero el anuncio objeto de comentario me parece desacertado y debería ser reconsiderado. No se puede legislar al compás de los impulsos -por muy justos que parezcan- y menos aún si los estímulos que darían lugar a la iniciativa legislativa tienen lugar durante la vigencia de un estado de alarma.

El Derecho -especialmente el penal- no es el bálsamo de Fierabrás. Constituye adentrarse en una discusión propia de la logomaquia (esto es, atender a las palabras y no al fondo del asunto) anunciar la revisión de instrumentos legales cuando, por un lado, uno es consciente de que la solución pasa por la educación de la ciudadanía desde edades tempranas; y, por otro, tanto la Ley Orgánica 1/1982, de protección del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, como el Código Penal, ya prevén mecanismos de tutela civiles y penales.

La clave, como he avanzado, está en la educación. No es asumible que un Estado democrático de Derecho seleccione qué información puede recibir la ciudadanía porque esta -es la cruda realidad- no está preparada para analizar la verosimilitud de una noticia ni contrastar mínimamente la fiabilidad de la fuente.

No es asumible que un Estado democrático de Derecho seleccione qué información puede recibir la ciudadanía

El gobierno -aunque no lo dice- parte de una premisa absolutamente cierta que causa sonrojo: una gran parte de la sociedad española no lee y padece serios problemas de comprensión lectora, asumiendo como cierta, además, cualquier información por el mero hecho de su publicación.

Sin ir más lejos, hemos asistido ruborizados a una cadena de comentarios airados en redes sociales con ocasión de una noticia claramente sarcástica, titulada “El Gobierno compra 50 millones de narices con gafas por error“, que fue publicada en un medio estrictamente satírico acompañada de un cómico fotomontaje de miembros del gobierno portando gafas y narices de plástico con mostacho postizo incorporado, al más puro estilo de Groucho Marx.

¿Es esta la sociedad que nuestros dirigentes desean que se perpetúe? Una sociedad incapaz de discernir, de analizar, de formar una opinión libre y propia acudiendo a fuentes fiables de contraste; una sociedad que se rige por el frenético reenvío acrítico de whatsapp. El gobierno debería proveer a la ciudadanía de herramientas de autotutela (enseñarle a pensar) antes de plantearse acudir a la heterotutela (pensar por ella, acudiendo a los tribunales).

A la problemática anterior se une el sempiterno problema expresado por Juvenal: Quis custodiet ipsos custodes? (¿quién vigilará a los propios vigilantes?). ¿Cómo puede el ciudadano elegir entre diversas opciones si el poder ejecutivo filtra la información, apresurándose a acudir a los tribunales (incluso obteniendo medidas cautelares como el secuestro de la publicación)?

Sería un arma de doble filo, pues se amordazaría la otra cara del derecho que se quiere proteger, el derecho a transmitir información veraz reconocido igualmente en el artículo 20.1.d) de la Constitución, y semejante mordaza cercenaría, precisamente, el derecho a recibir tal información.

*** Jaime Campaner Muñoz es abogado y profesor de Derecho procesal y penal (UIB).

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