La Xunta actualiza los precios máximos de viviendas de protección autonómica tras 12 años
El cambio, que entra en vigor este miércoles, busca dar viabilidad a su promoción e impulsar la edificación
10 agosto, 2021 18:04SANTIAGO DE COMPOSTELA, 10 Ago. (EUROPA PRESS) –
El Instituto Galego da Vivenda e Solo publica este martes en el Diario Oficial de Galicia (DOG) una resolución con la que hace público el acuerdo del Consello del pasado 22 de julio por el que se fijan los precios máximos de venta y renta de las viviendas protegidas de protección autonómica en primera o posteriores transmisiones.
El texto recoge que los precios máximos de referencia para las viviendas protegidas llevan más de 12 años sin actualizarse, "lo que provoca que, en muchos casos, no sea viable su construcción, por lo que es necesario actualizar estos módulos con el objeto de impulsar su edificación".
Además, también apela al pacto de vivienda de Galicia 2021-2025, que incide en "la necesidad de revisar los precios de las viviendas protegidas para darle viabilidad a su promoción".
Por todo esto, la reunión semanal del Gobierno gallego adoptó un acuerdo el pasado 22 de julio por el que se fijan unos precios que serán de aplicación a las viviendas de protección autonómica que se califiquen provisionalmente a partir de este miércoles.
Los precios
De este modo, los precios máximos de venta en primera transmisión se determinarán en función del área geográfica donde estén situadas las viviendas, y el precio del metro cuadrado de superficie útil.
El texto fija para el régimen especial 1.500 euros por metro cuadrado de superficie útil, 1.325 en la zona 1 y 1.085 euros en la 2; para el general 1.585 euros por metro cuadrado de superficie útil, 1.450 en la zona 1 y 1.200 en la 2; para el régimen concertado 1.774 euros por metro cuadrado de superficie útil, 1.522 euros en la zona 1 y 1.350 en la 2.
"Cuando la promoción incluya garajes o trasteros, con independencia de que estén o no vinculados a la vivienda, el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil de estos, que figurará en la calificación provisional de la vivienda, no podrá exceder el 60% del precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil de la vivienda", añade, antes de referir unas cantidades concretas.
Los precios máximos de venta en segundas y ulteriores transmisiones será "el que corresponda a las viviendas del mismo tipo que se califiquen provisionalmente en la misma área geográfica en el momento de la transmisión".
Por su parte, el precio máximo de renta será el resultante de aplicar el 4% al precio máximo de venta en primera transmisión que correspondería a la vivienda protegida que se alquile, según el área geográfica en que se sitúe. La renta podrá actualizarse anualmente de conformidad con lo previsto en la legislación de arrendamientos urbanos. El arrendador podrá repercutir al inquilino los gastos que permita la legislación aplicable.